CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

GGM SpA

RUT 12244467-8 CVE 1801876
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
10 de agosto de 2020
Notaría
Santiago
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
10 de agosto de 2020
Notario
GINO PAOLO BENEVENTI ALFARO
Oficio
45° Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP
Domicilio
Ciudad y comuna de Santiago
Duración
Indefinida

Objeto social

consultoría, asesorías, gestión y capacitación en recursos humanos, y cualquier otra actividad atingente y)o relacionada con las anteriores, que los accionistas acuerden, bastando la aprobación de la junta de accionistas sin requerir cambio de los estatutos sociales

Administración

XIMENA ANDREA ALBORNOZ ROZAS con todas las facultades y prerrogativas que se señalan en el artículo segundo transitorio de estos estatutos

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

GINO PAOLO BENEVENTI ALFARO, abogado, Notario Público Interino de la 45° Notaría de Santiago, calle Paseo Huérfanos N°979, 7° piso, comuna de Santiago, Región Metropolitana: Certifica: Por escritura pública de hoy, ante mí: XIMENA ANDREA ALBORNOZ ROZAS, chilena, divorciada, empresaria, C.I. N°12.244.467-8, Tegualda 1829, DP. 1006, Ñuñoa, Región Metropolitana; constituye sociedad por acciones. Nombre: "GGM SpA", fantasía "GRUPO GESTION MAS SpA". Domicilio: Ciudad y comuna de Santiago, sin perjuicio sucursales otros lugares país y extranjero. Duración: Indefinida. Objeto: consultoría, asesorías, gestión y capacitación en recursos humanos, y cualquier otra actividad atingente y/o relacionada con las anteriores, que los accionistas acuerden, bastando la aprobación de la junta de accionistas sin requerir cambio de los estatutos sociales. Capital: $1.000.000.- dividido 100 acciones nominativas misma serie, sin valor nominal que suscribe y paga socia constituyente, dinero efectivo y contado en este acto ingresan caja social. Capital social totalmente suscrito y pagado. Administración: XIMENA ANDREA ALBORNOZ ROZAS con todas las facultades y prerrogativas que se señalan en el artículo segundo transitorio de estos estatutos. Demás estipulaciones constan en escritura extractada.- Santiago, 10 de agosto 2020.-