CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

EMPORIO ESTACION LIMITADA

CVE 1801255
Fecha instrumento
14 de agosto de 2020
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
14 de agosto de 2020
Notario
María Patricia Donoso Gomien
Oficio
27ª Notaria Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Domicilio
Santiago
Duración
La sociedad tendrá un plazo de Dos años, prorrogables por periodos iguales, a menos que uno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término, mediante declaración efectuada por escritura pública anotada al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio y notificada su voluntad por carta certificada a los otros socios, todo con una anticipación mínima de tres meses

Objeto social

términos generales; Comercializadora, distribuidora, importadora y exportadora de productos de alimentación, limpieza y otros, la sociedad podrá dedicarse a cualquier otro objeto específico que los socios acuerden

Administración

Corresponderá ejercerla en forma amplia a doña MARCELA VERONICA MOLINA MUNITA, quien anteponiendo a su firma la razón social de la compañía, la representará y obligará, con amplias facultades y en especial, sin que la enumeración sea taxativa o limitativa

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

María Patricia Donoso Gomien, Notario Publico Titular 27ª Notaria Santiago, oficio Orrego Luco 0153, comuna Providencia, certifico: por escritura pública de fecha de hoy ante mí, Doña MARCELA VERONICA MOLINA MUNITA, domiciliada en Manuel Montt 760, local 4, Providencia, Región Metropolitana, y doña MILDRED JOSEFINA RIOS GONZALEZ, domiciliada en General Jofre 67, Dpto. 1108, Región Metropolitana; constituyeron sociedad responsabilidad limitada. El nombre y la razón social será EMPORIO ESTACION LIMITADA, pudiendo actuar también como EMPORIO ESTACION, incluso ante Bancos e Instituciones Financieras, incluso ante Bancos e Instituciones Financieras. OBJETO: términos generales; Comercializadora, distribuidora, importadora y exportadora de productos de alimentación, limpieza y otros, la sociedad podrá dedicarse a cualquier otro objeto específico que los socios acuerden. DOMICILIO: La sociedad tendrá su domicilio en la ciudad de Santiago, sin perjuicio de que pueda poner sucursales o agencias en cualquier punto del país, o fuera de él. CAPITAL: El capital de la sociedad será la suma de un millón de pesos que se aportará por los socios de la siguiente forma: a) Doña MARCELA VERONICA MOLINA MUNITA, ingresa a las arcas sociales en este acto en dinero efectivo, la suma de quinientos mil pesos, suma que corresponde al cincuenta por ciento de los derechos de la sociedad que se constituye.- b) Doña MILDRED JOSEFINA RIOS GONZALEZ, ingresa a las arcas sociales en este acto en dinero efectivo la suma de quinientos mil pesos, suma que corresponde al cincuenta por ciento de los derechos de la sociedad que se constituye. RESPONSABILIDAD: La responsabilidad de los socios queda limitada exclusivamente al monto de sus respectivos aportes. ADMINISTRACION Y USO DE LA RAZÓN SOCIAL: Corresponderá ejercerla en forma amplia a doña MARCELA VERONICA MOLINA MUNITA, quien anteponiendo a su firma la razón social de la compañía, la representará y obligará, con amplias facultades y en especial, sin que la enumeración sea taxativa o limitativa. DURACIÓN: La sociedad tendrá un plazo de Dos años, prorrogables por periodos iguales, a menos que uno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término, mediante declaración efectuada por escritura pública anotada al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio y notificada su voluntad por carta certificada a los otros socios, todo con una anticipación mínima de tres meses. Demás estipulaciones, escritura extractada. Santiago, 14 de Agosto del año 2020.