MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SERVICIOS DE SANITIZACIÓN PROFESIONAL LTDA.

RUT 77183962-2 CVE 1800723

Instrumento

Notario
NESTOR ARAYA BLAZINA
Domicilio
Iquique

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

NESTOR ARAYA BLAZINA, Notario Público Iquique, Serrano 386, CERTIFICA: Por escritura hoy ante mí: MANUEL CAÑAS ESTEVEZ, ISIDORA PAZ CAÑAS PEÑAFIEL, ambos domiciliado en Iquique Avenida Proyectada 2140 departamento 103 de la Torre Alerce, Condominio Jardines de Huayquique y PATRICIO HERNAN GAMERO CARMONA, domiciliado en Iquique, Avenida La Tirana 5470, modificaron sociedad SERVICIOS DE SANITIZACIÓN PROFESIONAL LTDA., o SANYPRO LTDA., sentido PATRICIO HERNAN GAMERO CARMONA vende, cede y transfiere a MANUEL CAÑAS ESTEVEZ, quien compa y adquiere para si, el 80% del total de su participación en la sociedad, que corresponde a 40% de los derechos sociales, en el precio y forma pago señala en escritura extractada, y; PATRICIO HERNAN GAMERO CARMONA vende, cede y transfiere a ISIDORA PAZ CAÑAS PEÑAFIEL, quién compra y acepta para sí, el 20% del total de su participación en la sociedad, que corresponde a 10% de los derechos sociales, en el precio y forma pago señala en escritura extractada, consecuencia quedan como únicos y exclusivos socios de la sociedad SERVICIOS DE SANITIZACIÓN PROFESIONAL LTDA., o SANYPRO LTDA., MANUEL CAÑAS ESTEVEZ, con una participación de un 90% en los derechos sociales e ISIDORA PAZ CAÑAS PEÑAFIEL, con una participación de un 10% en los derechos sociales.- Socios modifican clausula cuarta en el sentido que “La administración y el uso de la razón social corresponderá a ambos socios quienes actuando conjuntamente o separa e indistintamente y anteponiendo a su firma la razón social representaran a la sociedad pudiendo, obligarla válidamente en toda clase de actos y contratos y sin que la enumeración sea taxativa, con las amplias facultades enunciadas en la cláusula cuarta del pacto social, las que se entienden vigentes y sin modificación”. En todo lo que no se modifica sigue vigentes estipulaciones del pacto social, y la sociedad continuará operando sin solución de continuidad, y será responsable de los impuestos en los términos señalados en el artículo 69 del Código Tributario.- Iquique, 31 de julio de 2.020.