QUIMICOS MARCELO JARA ORTEGA E.I.R.L.
Instrumento
- Fecha
- 6 de agosto de 2020
- Repertorio
- 14881
- Notario
- PEDRO HERNAN LARRERE CASTRO
- Domicilio
- Castro
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $2.000.000 CLP
- Ley aplicable
- Ley 19.499
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPEDRO HERNAN LARRERE CASTRO, Notario Público Titular Castro, calle Balmaceda 286, Castro, certifico: Por escritura pública otorgada ante mí, con fecha 06 agosto 2020, MARCELO ANTONIO JARA ORTEGA, ser chileno, divorciado, técnico químico, cédula de identidad 11.313.863-7, domiciliado O’Higgins 234, comuna Chonchi, y representante legal de la empresa QUIMICOS MARCELO JARA ORTEGA E.I.R.L., conforme a lo dispuesto en la Ley 19.499, sanea vicio escritura pública de fecha 18 noviembre 2019, otorgada ante Notario Público de Santiago, Patricio Hernán Cathalifaud Moroso, cuyo extracto se omitió publicar legalmente, pero si fue inscrito en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, a fojas 99878, número 48842 con fecha 17 de diciembre de 2019, extracto cuyo tenor es el siguiente: “EXTRACTO. PATRICIO HERNÁN CATHALIFAUD MOROSO, chileno, abogado, Notario Público, Titular de la 12º Notaria de Santiago, con oficio en calle Teatinos 331, comuna de Santiago, CERTIFICO: Por escritura pública de fecha 18 de Noviembre de 2019, otorgada ante mí, don MARCELO ANTONIO JARA ORTEGA, chileno, técnico químico, divorciado, domiciliado en O’Higgins Nº 234, Chonchi, Chiloé, y de paso en ésta, c.n.i. Nº 11.313.863-7, viene a SANEAR escritura pública de Empresa Individual de Responsabilidad Limitada denominada "QUIMICOS MARCELO JARA ORTEGA E.I.R.L.", nombre fantasía "PROQUITEX E.I.R.L.", constituida con fecha 22 de marzo del 2012, ante la Notario de Santiago doña María Gloria Acharan Toledo, bajo el Repertorio N° 14.881. Su extracto fue inscrito a fojas 20.057 N° 14067 del año 2012 del Registro de Comercio de Santiago.- Capital: $2.000.000, enterado totalidad en caja empresa.- Saneamiento consiste: El compareciente único constituyente viene en sanear la E.I.R.L. singularizada en la cláusula primera, en el sentido de modificar la cláusula tercera de dicho instrumento, la que se refiere al objeto y giro de la empresa, quedando ésta en la forma que sigue: "El objeto o giro de la Empresa será la comercialización, importación y exportación de productos químicos, textiles y afines para uso casero, personal o industrial, sin perjuicio de otras actividades relacionadas dentro del giro profesional de técnico químico". En este acto el compareciente ya individualizado, viene a acogerse a la ley 19.499, sobre saneamiento de vicios de nulidad de sociedades y modificaciones al Código de Comercio y otros cuerpos legales para inscribir y publicar válidamente el Extracto de la sociedad citada.- Demas estipulaciones constan en escritura extractada.- Santiago, 25 de Noviembre del año 2019.” Castro, 14 de agosto 2020.