RENTAS AMBER LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 28 de julio de 2020
- Notario
- JORGE REYES BESSONE
- Oficio
- Notaría de San Miguel
- Comuna
- San Miguel
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
Objeto social
Responsabilidad de los socios limitada hasta el monto de sus respectivos
Administración
Se modifica el Artículo Séptimo del Título Tercero de los Estatutos Sociales relativo a la administración y representación de la sociedad y uso de la razón social, agregando que en caso de incapacidad, falta, impedimento, muerte, o renuncia, de doña Luz María del Rosario Ibáñez Contreras, lo que no será necesario acreditar ante terceros, la administración y uso de la razón social corresponderá a don Anthony John Francis Dawes Martindale, a don Sebastian Anthony Martindale Dawes Ibáñez, a doña Emily May Dawes Ibáñez, y a doña Amanda Verónica Dawes Ibáñez, quienes actuando conjuntamente dos cualesquiera de ellos y anteponiendo sus firmas a la razón social representaran a la sociedad con las mismas facultades indicadas en sus Estatutos. 3) Modificación de Estatutos: Se modifican los artículos 5° y 7° de los Estatutos Sociales por los siguientes: ARTÍCULO QUINTO-. El capital de la sociedad será la suma de $1.000.000.-, cantidad que los socios han enterado y pagado, con anterioridad a esta fecha, en dinero efectivo, de la siguiente manera: a) Doña LUZ MARÍA DEL ROSARIO IBÁÑEZ CONTRERAS aporta la cantidad de 520.000.-, equivalentes a un 52% de participación en el capital social; b) INVERSIONES REDWOOD SpA, aporta la cantidad de 160.000.-, equivalentes a un 16% de participación en el capital social; c) Doña EMILY MAY DAWES IBÁÑEZ, aporta la cantidad de 160.000.-, equivalentes a un 16% de participación en el capital social; y, d) Doña AMANDA VERÓNICA DAWES IBÁÑEZ, aporta la cantidad de 160.000.-, equivalentes a un 16% de participación en el
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJORGE REYES BESSONE, Notario Público Titular de la Notaría de San Miguel, con domicilio en Gran Avenida José Miguel Carrera N°4886, comuna San Miguel, Región Metropolitana, certifica: Por escritura pública de fecha 28 de julio de 2020, ante mí, Luz María Del Rosario Ibáñez Contreras, Sebastian Anthony Martindale Dawes Ibáñez, Inversiones Redwood SpA Emily May Dawes Ibáñez Amanda Verónica Dawes Ibáñez, todos los anteriores domiciliados para estos efectos en calle Las Arañas N°2.163, comuna de La Reina, Región Metropolitana, y de paso en ésta, acordaron modificar la sociedad “RENTAS AMBER LIMITADA”, inscrita a fojas 41.328 número 29.438 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2005. Modificaciones consisten en: 1) Modificación de Socios: Por escritura pública de fecha 24 de diciembre de 2019, otorgada en la Notaría de San Miguel de don Jorge Reyes Bessone, se constituyó la sociedad Inversiones Redwood SpA, cuyo capital fue suscrito en su totalidad por don Sebastian Anthony Martindale Dawes Ibáñez, y pagado mediante el aporte en dominio del total de sus derechos sociales en la sociedad Rentas Amber Limitada. En virtud de lo anterior, don Sebastian Anthony Martindale Dawes Ibáñez dejó de ser socio de Rentas Amber Limitada, siendo reemplazada por Inversiones Redwood SpA. 2) Modificación de la administración: Se modifica el Artículo Séptimo del Título Tercero de los Estatutos Sociales relativo a la administración y representación de la sociedad y uso de la razón social, agregando que en caso de incapacidad, falta, impedimento, muerte, o renuncia, de doña Luz María del Rosario Ibáñez Contreras, lo que no será necesario acreditar ante terceros, la administración y uso de la razón social corresponderá a don Anthony John Francis Dawes Martindale, a don Sebastian Anthony Martindale Dawes Ibáñez, a doña Emily May Dawes Ibáñez, y a doña Amanda Verónica Dawes Ibáñez, quienes actuando conjuntamente dos cualesquiera de ellos y anteponiendo sus firmas a la razón social representaran a la sociedad con las mismas facultades indicadas en sus Estatutos. 3) Modificación de Estatutos: Se modifican los artículos 5° y 7° de los Estatutos Sociales por los siguientes: ARTÍCULO QUINTO-. El capital de la sociedad será la suma de $1.000.000.-, cantidad que los socios han enterado y pagado, con anterioridad a esta fecha, en dinero efectivo, de la siguiente manera: a) Doña LUZ MARÍA DEL ROSARIO IBÁÑEZ CONTRERAS aporta la cantidad de 520.000.-, equivalentes a un 52% de participación en el capital social; b) INVERSIONES REDWOOD SpA, aporta la cantidad de 160.000.-, equivalentes a un 16% de participación en el capital social; c) Doña EMILY MAY DAWES IBÁÑEZ, aporta la cantidad de 160.000.-, equivalentes a un 16% de participación en el capital social; y, d) Doña AMANDA VERÓNICA DAWES IBÁÑEZ, aporta la cantidad de 160.000.-, equivalentes a un 16% de participación en el capital social. SÉPTIMO-. La administración y representación judicial y extrajudicial de la Sociedad y el uso de la razón social corresponderá a doña Luz María del Rosario Ibáñez Contreras. En caso de incapacidad, falta, impedimento, muerte, o renuncia, de ésta, que no será necesario acreditar ante terceros, la administración y uso de la razón social corresponderá a don Anthony John Francis Dawes Martindale, a don Sebastian Anthony Martindale Dawes Ibáñez, a doña Emily May Dawes Ibáñez, y a doña Amanda Verónica Dawes Ibáñez, quienes actuando conjuntamente dos cualesquiera de ellos y anteponiendo sus firmas a la razón social representarán a la sociedad con las más amplias facultades de administración y disposición, pudiendo ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos o convenciones de cualquier naturaleza que sean, que se relacionen directa o indirectamente con el objeto social. Responsabilidad de los socios limitada hasta el monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 11 de agosto de 2020.