MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

PARK TECHNOLOGY LIMITADA

RUT 76863293-6 CVE 1800416
Capital
$20.000.000 CLP
Fecha instrumento
11 de junio de 2020
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
11 de junio de 2020
Notario
VERÓNICA TORREALBA COSTABAL
Oficio
Titular de la 33º Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$20.000.000 CLP
Domicilio
Su domicilio estatutario será en la ciudad de Santiago, Región Metropolitana
Duración
La sociedad tendrá un plazo de duración de dos años, a contar de la fecha de esta escritura, plazo renovable tácita y sucesivamente, por periodos iguales, si ninguno de los socios manifiesta su voluntad de ponerle término al final del respectivo periodo, mediante el otorgamiento de escritura pública anotada al margen de la inscripción conservatoria social, con una anticipación de al menos seis meses al periodo que estuviere en curso; iv)

Objeto social

La compra, venta, importación, exportación, distribución, comercialización, arrendamiento, reparación y mantención, por cuenta propia o de terceros, en Chile o en el extranjero, de equipos y programas computacionales y de procesamiento de texto o datos, sean estos nuevos o usados software, suministros, piezas, insumos, accesorios y equipos de computación en general; la fabricación y armado de computadores y la representación en Chile en el extranjero de marcas comerciales relativas al objeto social; Dar y)o contratar préstamos o créditos a personas relacionadas o terceros en moneda nacional y)o extranjera, sin perjuicio de cualquier otra actividad que los socios de común acuerdo determinen; v)

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

VERÓNICA TORREALBA COSTABAL, Notario Público Suplente del Titular de la 33º Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos 979, Of. 501, certifica: por escritura pública de fecha 11 de Junio de 2020, ante mí, compareció don CARLOS JAVIER SALOMÓN MASSÚ YARUR, en representación de INVERSIONES SAN CHARBEL LIMITADA y don LUIS ALBERTO AKEL VALECH, en representación de PARKROSE CHILE S.A., en calidad de únicos y actuales socios de PARK TECHNOLOGY LIMITADA, la que figura inscrita a Fs. 22.989, N° 12.202, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año 2018, con domicilio en Las Tranqueras N° 447, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago, quienes adoptaron los siguientes acuerdos que se extractan: I. Transformar la sociedad mediante el cambio de especie o tipo social en una Sociedad por Acciones, la que pasará a denominarse PARK TECHNOLOGY SpA que se entenderá ser, para todos los efectos legales, la misma persona jurídica, cuyos estatutos a continuación se extractan: i) Razón Social: “PARK TECHNOLOGY SpA”; ii) Domicilio: Su domicilio estatutario será en la ciudad de Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio de establecer oficinas, agencias, representaciones o sucursales en otras ciudades del país o en el extranjero; iii) Duración: La sociedad tendrá un plazo de duración de dos años, a contar de la fecha de esta escritura, plazo renovable tácita y sucesivamente, por periodos iguales, si ninguno de los socios manifiesta su voluntad de ponerle término al final del respectivo periodo, mediante el otorgamiento de escritura pública anotada al margen de la inscripción conservatoria social, con una anticipación de al menos seis meses al periodo que estuviere en curso; iv) Objeto: La compra, venta, importación, exportación, distribución, comercialización, arrendamiento, reparación y mantención, por cuenta propia o de terceros, en Chile o en el extranjero, de equipos y programas computacionales y de procesamiento de texto o datos, sean estos nuevos o usados software, suministros, piezas, insumos, accesorios y equipos de computación en general; la fabricación y armado de computadores y la representación en Chile en el extranjero de marcas comerciales relativas al objeto social; Dar y/o contratar préstamos o créditos a personas relacionadas o terceros en moneda nacional y/o extranjera, sin perjuicio de cualquier otra actividad que los socios de común acuerdo determinen; v) Capital: El capital social asciende a la suma de $20.000.000.-, dividido en 20.000 acciones, todas nominativas, de igual valor cada una de ellas, de una misma y única serie, y sin valor nominal, las que se suscriben y pagan en la forma establecida en el artículo primero transitorio de estos estatutos. El capital deberá estar enterado y pagado dentro del término de tres años contados a partir de la fecha del presente instrumento, y podrá pagarse en dinero efectivo o en bienes incorporales muebles, incluyendo acciones o derechos de toda clase de sociedades. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 11 de agosto de 2020.