CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

HUMANITY CARE SpA

RUT 8777107-5 CVE 1800357
Capital
$29.000.000 CLP
Fecha instrumento
30 de julio de 2020

Instrumento

Fecha
30 de julio de 2020
Notario
ANTONIETA MENDOZA ESCALAS
Oficio
16 notaría Santiago

Sociedad

Capital
$29.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ANTONIETA MENDOZA ESCALAS, Notario Público Titular 16 notaría Santiago, San Sebastián 2750, Las Condes, certifico: por instrumento privado de fecha 30 de julio de 2020, debidamente autorizado en esta notaría y protocolizado bajo el número 3687/2020, ante mí: doña Viviana Cristina Suárez Corvalan, chilena, divorciada, publicista, C.I Nº 8.777.107-5, con domicilio en Calle Los Plátanos Nº4.574, Peñalolén, Santiago. Región Metropolitana, constituye sociedad por acciones Nombre: “HUMANITY CARE S.p.A”, y cuyo nombre de fantasía “HUMANITY CARE”. El objeto será: a) Efectuar servicios profesionales de educación y capacitación en el exterior; b) Agencia de orientación y asesoramiento educacional tradicional y diferencial; c) y en general todo lo relacionado y pertinente al rubro de la enseñanza; d) Asesoría en contratación y colocación de profesionales, técnicos, o personas con oficios relativos a la industria del cuidado personal; e) generación de espacios y centros de cuidados de tránsito y de larga estadía para personas adultas mayores y personas con capacidades especiales; f) comercio de productos producidos por personas con capacidades diferentes y adultos mayores. El capital de la sociedad es $29.000.000.- dividido en 1.000 acciones. El capital que se suscribe y paga corresponde el 35% a doña Viviana Suárez Corvalán, el 20% a doña Paola Isabella Perellano Poblete, el 10% a don Eugenio Horacio Campos Opazo, el 35% a don Juan carlos Hayes Morales. El domicilio legal de la sociedad será en la comuna y ciudad de Santiago, sin perjuicio de las agencias, sucursales o representaciones que pueda establecer, en el país o en el extranjero. REPRESENTANTE LEGAL: Don Viviana Cristina Suárez Corvalan. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, agosto 12 de 2020.