TRANSPORTE EL PERAL SpA
Instrumento
- Fecha
- 12 de agosto de 2020
- Repertorio
- 974
- Notario
- PATRICIO MUÑOZ LEYTON
- Domicilio
- Titular de las comunas de San Javier y Villa Alegre
- Comuna
- San Javier
Sociedad
- Capital
- $5.000 CLP
Administración
- Articulo Decimo Primero: correspondiente a la administración y uso de la razón social correspondía a don LUIS ESTEBAN GONZALEZ SEGOVIA exclusivamente. Con todas las facultades establecidas en la constitución de la sociedad. Lo que se modifica en este acto y se establece como administradora y uso de la razón social a doña JACQUELINE DE LAS MARIAS GONZALEZ AREVALO, cedula nacional de identidad número 10.126.403-3, ya individualizada, quien en forma exclusivamente. Con todas las facultades establecidas en la constitución de la sociedad, especialmente en las relativa a la representación de la “SOCIEDAD DE TRANSPORTE EL PERAL S. p. A. o TRANSPORTE EL PERAL S. p. A” ante las entidades bancarias que corresponda. ACEPTACION DEL CARGO: en este acto doña JACQUELINE DE LAS MARIAS GONZALEZ AREVALO, cedula nacional de identidad número 10.126.403-3, ya individualizada, viene en aceptar el cargo de administradora de “SOCIEDAD DE TRANSPORTE EL PERAL S. p. A o TRANSPORTE EL PERAL S. p. A” y hacer uso de la razón social de la misma con las facultades otorgadas en la escritura de constitución de la sociedad; Los comparecientes en su calidad de únicos socios e interesados en la sociedad vienen MODIFICAR el pacto social en relación con lo siguiente: TITULO TERCERO: De la
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPATRICIO MUÑOZ LEYTON, Abogado, Notario Público Suplente Del Titular de las comunas de San Javier y Villa Alegre, don Fernando Coloma Amaro, domiciliado en su oficio de calle Sargento Aldea N° 2625, San Javier, certifica que por escritura pública de 12 de Agosto de 2020, Repertorio 974, ante mí, don LUIS ESTEBAN GONZALEZ SEGOVIA, chileno, casado, agricultor, cédula nacional de identidad número 9.343.592-3, con domicilio en la Chacra El Peral sin número, de la Comuna de San Javier, en representación de “TRANSPORTE EL PERAL S.p.A.” y don ESTEBAN BRIHAYAN GONZALEZ GONZALEZ, chileno, soltero, empresario, cedula nacional de identidad número 17.147.460-4, domiciliado en la Chacra El Peral sin número, de la Comuna de San Javier, y doña JACQUELINE DE LAS MARIAS GONZALEZ AREVALO, chilena, empresaria, labores de casa, cedula nacional de identidad número 10.126.403-3, domiciliada en la Chacra El Peral sin número, de la Comuna de San Javier; ANTECEDENTES: Uno) Que con fecha 30 de marzo de dos mil diecisiete, por instrumento privado protocolizado con el numero trecientos treinta y cuatro en el Registro correspondiente al mes de marzo en San Javier nueve de marzo de 2017, otorgada en la Notaria de San Javier, ante don Fernando Coloma Amaro, Don LUIS ESTEBAN GONZALEZ SEGOVIA, constituyo Sociedad por Acciones “TRANSPORTE EL PERAL S.p.A.”.- Su extracto corre inscrito a fojas 24 vuelta, número 22, del Registro de Comercio correspondiente al año 2017, del Conservador de Bienes Raíces y Comercio de San Javier, publicado en el Diario Oficial número 41.707, de fecha 13 de marzo de 2027. Dos) El capital inicial de la Sociedad TRANSPORTE EL PERAL S.p.A.” es la suma de cinco millones de pesos ($5.000.000), divididos en 100 acciones ordinarias nominativas, sin valor nominal y el RUT de la Sociedad “TRANSPORTE EL PERAL S.p.A.” es el número 76.740.992-3.- CESION DE DERECHOS: Que por el presente instrumento los socios estando de común acuerdo, vienen en MODIFICAR el Pacto Social constitutivo vigente a la fecha, en la forma siguiente: a) El socio don LUIS ESTEBAN GONZALEZ SEGOVIA, ya individualizado, procede a vender, ceder y transferir sus derechos y acciones sociales equivalentes al 20% del capital social o 20 acciones a don ESTEBAN BRIHAYAN GONZALEZ GONZALEZ, quien compra acepta y adquiere para sí.- El precio de la cesión realizada por don LUIS ESTEBAN GONZALEZ SEGOVIA, a don ESTEBAN BRIHAYAN GONZALEZ GONZALEZ, venta correspondiente a CINCO MIL ACCIONES del capital social es por la suma de UN MILLON DE PESOS ($1.000.000), que se pagan en este acto, en dinero en efectivo, que la vendedora declara recibir a su entera y total satisfacción, no teniendo reclamo alguno que formular al respecto. Por consiguiente y, como consecuencia de la presente modificación queda conformada con dos socios en la referida sociedad, donde don LUIS ESTEBAN GONZALEZ SEGOVIA, con ochenta (80) acciones sociales, y a don ESTEBAN BRIHAYAN GONZALEZ GONZALEZ con veinte (20) acciones sociales, con lo cual se reúne el total del capital social.- La cesión comprende todos los derechos y obligaciones presentes o futuras que corresponden o pudieren corresponder al cedente en la Sociedad, sin reservas ni exclusiones de ninguna naturaleza Los comparecientes en su calidad de únicos socios e interesados en la sociedad vienen MODIFICAR el pacto social en relación con lo siguiente: TITULO TERCERO: De la Administración.- Articulo Decimo Primero: correspondiente a la administración y uso de la razón social correspondía a don LUIS ESTEBAN GONZALEZ SEGOVIA exclusivamente. Con todas las facultades establecidas en la constitución de la sociedad. Lo que se modifica en este acto y se establece como administradora y uso de la razón social a doña JACQUELINE DE LAS MARIAS GONZALEZ AREVALO, cedula nacional de identidad número 10.126.403-3, ya individualizada, quien en forma exclusivamente. Con todas las facultades establecidas en la constitución de la sociedad, especialmente en las relativa a la representación de la “SOCIEDAD DE TRANSPORTE EL PERAL S. p. A. o TRANSPORTE EL PERAL S. p. A” ante las entidades bancarias que corresponda. ACEPTACION DEL CARGO: en este acto doña JACQUELINE DE LAS MARIAS GONZALEZ AREVALO, cedula nacional de identidad número 10.126.403-3, ya individualizada, viene en aceptar el cargo de administradora de “SOCIEDAD DE TRANSPORTE EL PERAL S. p. A o TRANSPORTE EL PERAL S. p. A” y hacer uso de la razón social de la misma con las facultades otorgadas en la escritura de constitución de la sociedad; Los comparecientes en su calidad de únicos socios e interesados en la sociedad vienen MODIFICAR el pacto social en relación con lo siguiente: TITULO TERCERO: De la Administración.- Articulo Decimo Primero: correspondiente a la administración y uso de la razón social correspondía a don LUIS ESTEBAN GONZALEZ SEGOVIA exclusivamente. Con todas las facultades establecidas en la constitución de la sociedad. Lo que se modifica en este acto y se establece como administradora y uso de la razón social a doña JACQUELINE DE LAS MARIAS GONZALEZ AREVALO, cedula nacional de identidad número 10.126.403-3, ya individualizada, quien en forma exclusivamente. Con todas las facultades establecidas en la constitución de la sociedad, especialmente en las relativa a la representación de la “SOCIEDAD DE TRANSPORTE EL PERAL S. p. A. o TRANSPORTE EL PERAL S. p. A” ante las entidades bancarias que corresponda. ACEPTACION DEL CARGO: en este acto doña JACQUELINE DE LAS MARIAS GONZALEZ AREVALO, cedula nacional de identidad número 10.126.403-3, ya individualizada, viene en aceptar el cargo de administradora de “SOCIEDAD DE TRANSPORTE EL PERAL S. p. A o TRANSPORTE EL PERAL S. p. A” y hacer uso de la razón social de la misma con las facultades otorgadas en la escritura de constitución de la sociedad. Demás estipulaciones, en escritura extractada. - San Javier, 12 de Agosto de 2020.