CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

MINERA ARCO DE ORO LIMITADA

RUT 76630823-6 CVE 1799532
Capital
$20.000.000 CLP
Fecha instrumento
10 de agosto de 2020
Notaría
Santiago
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
10 de agosto de 2020
Notario
MARIA PATRICIA DONOSO GOMIEN
Oficio
Vigésima Séptima Notaria de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$20.000.000 CLP
Duración
Indefinida
Ley aplicable
Ley 3.918

Objeto social

la explotación de toda clase de negocios relacionados a la minería en general como: la exploración y extracción de minerales, en concesiones mineras propias o de terceros; la compra, venta y explotación de pertenencias mineras, concesiones de áridos y minerales, la explotación y comercialización de éstos áridos y minerales; incluyéndose para tales fines, la constitución de concesiones mineras y en general, todo negocio o actividad, en la actualidad o en el futuro, que acordaren los

Administración

Corresponde a ARCOS DE ORO SpA, ya individualizada, y a SANTA CRUZ SpA, RUT Nº 76.225.869-2, administración que deberán ejercer conjuntamente, ya sea de modo directo, o bien a través de personas especialmente designadas para ello por instrumento privado protocolizado o por escritura pública, con aquellas facultades que expresamente se les otorguen.- 6.-Limitación responsabilidad: Socios limitaron expresamente su responsabilidad a capital efectivamente aportado a Sociedad

Personas y entidades (2)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
ARCOS DE ORO SpA socio 76630823-6
SANTA CRUZ SpA socio 76225869-2

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MARIA PATRICIA DONOSO GOMIEN, abogado, Notario Público Titular, Vigésima Séptima Notaria de Santiago, Orrego Luco número 0153, Providencia, Región Metropolitana, certifica: por escritura pública de hoy, ante mí, ARCOS DE ORO SpA, RUT Nº 76.630.823-6, ambos Huérfanos 835, of. 801, Santiago, Región Metropolitana; y MARTIN ANIBAL STONE ROOSEVELT, C.I. Nº 11.847.126-1, Avenida Suecia número 15 of. 33, Providencia, Región Metropolitana, constituyeron Sociedad de Responsabilidad Limitada, según disposiciones Ley 3.918, de cuyos estatutos extracto lo siguiente: 1.-Nombre: El nombre de la sociedad será “MINERA ARCO DE ORO LIMITADA”, nombre comercial “ARCO DE ORO LTDA.”; 2.- Objeto: la explotación de toda clase de negocios relacionados a la minería en general como: la exploración y extracción de minerales, en concesiones mineras propias o de terceros; la compra, venta y explotación de pertenencias mineras, concesiones de áridos y minerales, la explotación y comercialización de éstos áridos y minerales; incluyéndose para tales fines, la constitución de concesiones mineras y en general, todo negocio o actividad, en la actualidad o en el futuro, que acordaren los socios.- 3.-Duración: La sociedad tendrá duración indefinida.- 4.-Capital: El capital de la Sociedad es la cantidad de $20.000.000, que se aporta en siguiente modo: i) ARCOS DE ORO SPA hace aporte en especie valorizado en $15.000.000, ya enterados, equivalentes 75% derechos sociales; y ii/ MARTIN ANIBAL STONE ROOSEVELT hace aporte en especie valorizado en $5.000.000, ya enterados, equivalentes 25% derechos sociales. Pago de aportes consta en escritura.- 5.-Administración: Corresponde a ARCOS DE ORO SpA, ya individualizada, y a SANTA CRUZ SpA, RUT Nº 76.225.869-2, administración que deberán ejercer conjuntamente, ya sea de modo directo, o bien a través de personas especialmente designadas para ello por instrumento privado protocolizado o por escritura pública, con aquellas facultades que expresamente se les otorguen.- 6.-Limitación responsabilidad: Socios limitaron expresamente su responsabilidad a capital efectivamente aportado a Sociedad.- Demás estipulaciones no son materia de extracto, constan en escritura extractada.- Santiago, 10 de agosto de 2020.