CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

MACARENA CANALES MANRIQUEZ SpA

CVE 1799310
Capital
$2.000 CLP
Fecha instrumento
10 de agosto de 2020
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
10 de agosto de 2020
Notario
JOSE ROBINSON DOLMESTCH URRA
Domicilio
Osorno

Sociedad

Capital
$2.000 CLP
Domicilio
Osorno
Duración
tres años prorrogables

Objeto social

La elaboración de pan, productos de pastelería y dulces, comercialización y venta de los mismos, pudiendo realizarse bien de forma directa o a través de terceros. Servicios en cafetería, así como la comercialización de productos nacionales que tengan relación con el ramo de la charcutería en general. De igual forma, la compra, venta y distribución de bebidas gaseosas, golosinas, bebidas naturales y en general, cualquier otra actividad análoga o conexa con las antes indicadas, siempre y cuando sean de lícito comercio y necesaria para la consecución del giro social que en la actualidad o en el futuro, y cualquier otro negocio que acordaren los accionistas, sin que la enumeración sea taxativa

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JOSE ROBINSON DOLMESTCH URRA, Abogado, Notario Público Titular Osorno, M.A. Matta 680, certifica: Por escritura pública de fecha 10 de agosto de 2020, ante mí, doña MACARENA DEL PILAR CANALES MANRIQUEZ, chilena, empresaria, casada, cédula nacional de identidad número quince millones setecientos veintiocho mil setecientos diecinueve guión dos, con domicilio en la ciudad de Osorno, constituye una sociedad por acciones al monto de su aporte. Girará bajo el nombre de "MACARENA CANALES MANRIQUEZ S.p.A.”, Domicilio: Osorno, Capital: $2.000.000 dividido en 100 acciones ordinarias nominativas, de una igual serie y sin valor nominal. enterados en efectivo y en el acto. Objeto: La elaboración de pan, productos de pastelería y dulces, comercialización y venta de los mismos, pudiendo realizarse bien de forma directa o a través de terceros. Servicios en cafetería, así como la comercialización de productos nacionales que tengan relación con el ramo de la charcutería en general. De igual forma, la compra, venta y distribución de bebidas gaseosas, golosinas, bebidas naturales y en general, cualquier otra actividad análoga o conexa con las antes indicadas, siempre y cuando sean de lícito comercio y necesaria para la consecución del giro social que en la actualidad o en el futuro, y cualquier otro negocio que acordaren los accionistas, sin que la enumeración sea taxativa. Duración: tres años prorrogables. Demás estipulaciones en escritura extractada. Osorno 10 de agosto 2020.