Instrumento
- Fecha
- 10 de agosto de 2020
- Notario
- JOSE ROBINSON DOLMESTCH URRA
- Domicilio
- Osorno
Sociedad
- Capital
- $2.000 CLP
- Domicilio
- Osorno
- Duración
- tres años prorrogables
Objeto social
La elaboración de pan, productos de pastelería y dulces, comercialización y venta de los mismos, pudiendo realizarse bien de forma directa o a través de terceros. Servicios en cafetería, así como la comercialización de productos nacionales que tengan relación con el ramo de la charcutería en general. De igual forma, la compra, venta y distribución de bebidas gaseosas, golosinas, bebidas naturales y en general, cualquier otra actividad análoga o conexa con las antes indicadas, siempre y cuando sean de lícito comercio y necesaria para la consecución del giro social que en la actualidad o en el futuro, y cualquier otro negocio que acordaren los accionistas, sin que la enumeración sea taxativa
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJOSE ROBINSON DOLMESTCH URRA, Abogado, Notario Público Titular Osorno, M.A. Matta 680, certifica: Por escritura pública de fecha 10 de agosto de 2020, ante mí, doña MACARENA DEL PILAR CANALES MANRIQUEZ, chilena, empresaria, casada, cédula nacional de identidad número quince millones setecientos veintiocho mil setecientos diecinueve guión dos, con domicilio en la ciudad de Osorno, constituye una sociedad por acciones al monto de su aporte. Girará bajo el nombre de "MACARENA CANALES MANRIQUEZ S.p.A.”, Domicilio: Osorno, Capital: $2.000.000 dividido en 100 acciones ordinarias nominativas, de una igual serie y sin valor nominal. enterados en efectivo y en el acto. Objeto: La elaboración de pan, productos de pastelería y dulces, comercialización y venta de los mismos, pudiendo realizarse bien de forma directa o a través de terceros. Servicios en cafetería, así como la comercialización de productos nacionales que tengan relación con el ramo de la charcutería en general. De igual forma, la compra, venta y distribución de bebidas gaseosas, golosinas, bebidas naturales y en general, cualquier otra actividad análoga o conexa con las antes indicadas, siempre y cuando sean de lícito comercio y necesaria para la consecución del giro social que en la actualidad o en el futuro, y cualquier otro negocio que acordaren los accionistas, sin que la enumeración sea taxativa. Duración: tres años prorrogables. Demás estipulaciones en escritura extractada. Osorno 10 de agosto 2020.