INVERSIONES DON PEPE SpA
Instrumento
- Notario
- MARCELA MEDINA RICCI
- Domicilio
- San Miguel
Sociedad
- Capital
- $1.122.927 CLP
- Domicilio
- Santiago
- Duración
- Indefinida
Objeto social
La sociedad tendrá por objeto la realización de todo tipo de inversiones, mobiliarias e inmobiliarias, por cuenta propia o de terceros, de carácter transitorio o permanente
Administración
GERMÁN ALFREDO NOVION VERDUGO, con amplias facultades
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARCELA MEDINA RICCI, Notario Público de San Miguel, con asiento en San Ramón, y oficio en Avenida Santa Rosa número 7.955, certifica: Por escritura pública, hoy ante mí, GERMÁN ALFREDO NOVION VERDUGO e “INVERSIONES VISIONARIO SpA”, ambos domiciliados en Avenida La Dehesa N°181, oficina 803, Lo Barnechea, Sgto., R.M., modificaron sociedad “INVERSIONES DON PEPE SpA” RUT N°78.296.820-3, e inscrita a fojas 31.529 N°18.935, en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 1992. Modificación consiste en: Transformación “INVERSIONES DON PEPE SpA” en Sociedad de Responsabilidad Limitada: Nombre: "INVERSIONES DON PEPE LIMITADA". Administración: GERMÁN ALFREDO NOVION VERDUGO, con amplias facultades. Capital: $1.122.927, que los socios han aportado íntegramente en dinero efectivo con anterioridad a esta fecha, mediante el reconocimiento que la sociedad hace de la participación que cada uno de los comparecientes tenía en el capital de la sociedad transformada. De esta forma, para todos los efectos legales, se entiende que el capital de la sociedad es aportado por los socios, en dinero en efectivo, con anterioridad a esta fecha y en los porcentajes siguientes: a) GERMÁN ALFREDO NOVION VERDUGO, el 90% del capital social, equivalente a $1.010.634; y b) “INVERSIONES VISIONARIO SpA”, el 10% del capital social, equivalente a $112.293. Objeto social: La sociedad tendrá por objeto la realización de todo tipo de inversiones, mobiliarias e inmobiliarias, por cuenta propia o de terceros, de carácter transitorio o permanente. Duración: 5 años contados desde la fecha de la presente escritura, plazo que se entenderá tácita y automáticamente prorrogado en términos iguales, sucesivos e indefinidos, a menos que una de las partes manifieste su intención de no perseverar en la misma, mediante el otorgamiento de una escritura de declaración, la que deberá anotarse al margen de la sociedad en el Registro de Comercio con a lo menos tres meses antes del vencimiento de la misma o de su prórroga según corresponda. Domicilio: Santiago, sin perjuicio de poder establecer agencias o sucursales en otras ciudades del país o del extranjero. Santiago, 11 de agosto del 2020. MARCELA MEDINA RICCI. N.P.