IMPORTADORA Y EXPORTADORA CANTERAS ANDINAS LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 27 de julio de 2020
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalVERONICA TORREALBA COSTABAL, Notario Suplente de la 33 Notaría de Santiago, de don IVÁN TORREALBA ACEVEDO, con oficio en Huérfanos 979 oficina 501, Santiago, certifica: Certifica: Por escritura pública otorgada hoy, ante mí, CONSTANTINO ENRIQUE CRUZ UNZUETA, cédula nacional de identidad número 6.064.520-5; ASESORIAS E INVERSIONES CRUZ DEBESA SpA, rol único tributario número 76.758.010-k y doña FRANCISCA MARIA CRUZ DEBESA, cédula nacional de identidad número 16.656.434-4, todos domiciliados en Avenida Pitreño número 12.681, Comuna de lo Barnechea, Región Metropolitana, modificaron IMPORTADORA Y EXPORTADORA CANTERAS ANDINAS LIMITADA, inscrita a fojas 46.348 número 33.099 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2007, en los siguientes términos: Cesión de Derechos. A.- FRANCISCA MARÍA CRUZ DEBESA, vende, cede y transfiere a don CONSTANTINO ENRIQUE CRUZ UNZUETA, quién compra, acepta y adquiere para sí, el 1% de los derechos sociales. El precio de la cesión es la suma única y total de $361.000.-, que el cesionario paga a la cedente en el acto, en dinero efectivo. B.- Doña FRANCISCA MARÍA CRUZ DEBESA, vende, cede y transfiere a ASESORIAS E INVERSIONES CRUZ DEBESA SpA, quién compra, acepta y adquiere para sí, el 49% de los derechos sociales. El precio de la cesión es la suma única y total de $35.798.400.-, que la cesionaria se obliga a pagar a la cedente dentro del plazo de 2 años contados desde fecha escritura extractada. Como consecuencia de las cesiones de derechos, la participación de los socios en el capital social queda como sigue: a) ASESORIAS E INVERSIONES CRUZ DEBESA SpA, con el 99% por ciento de los derecho sociales; b) don CONSTANTINO ENRIQUE CRUZ UNZUETA, con el 1% de los derechos sociales. Demás estipulaciones de orden interno, constan en escritura extractada. Santiago, 27 de julio de 2020.