CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

EMF SpA

RUT 10976744-1 CVE 1799686
Capital
$5.000 CLP
Fecha instrumento
31 de julio de 2020
Notaría
Santiago
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
31 de julio de 2020
Notario
VERONICA TORREALBA COSTABAL
Oficio
Titular IVAN TORREALBA ACEVEDO 33º Notaría Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$5.000 CLP
Domicilio
Santiago
Duración
Indefinida

Objeto social

La Sociedad tendrá por

Administración

Capital: US$5.000.- dividido en 500.- acciones, de una misma serie, sin valor nominal, las que se suscriben y pagan de la siguiente forma: a) Isabel Margarita Larraín Bahamondes, suscribe y paga al contado y en moneda extranjera en este acto en caja social 250.- acciones, al valor de US$10.- por cada acción, cantidad que suma US$2.500.-; b) Ignacio Errazuriz Montt, suscribe y paga al contado y en moneda extranjera en este acto en caja social 250.- acciones, al valor de US$10.- por cada acción, cantidad que suma US$2.500

Personas y entidades (1)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
Ignacio Errazuriz Montt socio 14534289-9

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

VERONICA TORREALBA COSTABAL, Notario Público Suplente del Titular IVAN TORREALBA ACEVEDO 33º Notaría Santiago, Huérfanos 979, oficina 501, CERTIFICO Por escritura pública de fecha 31 de Julio de 2020, ante mí, doña Isabel Margarita Larraín Bahamondes, RUT N.º 10.976.744-1 y don Ignacio Errazuriz Montt, RUT: 14.534.289-9, ambos domiciliados en calle Candelaria Goyenechea N°3868, of. 64, Comuna de Vitacura, Región Metropolitana, acordaron constituir sociedad por acciones, cuyos estatutos son del siguiente tenor. Razón Social: “EMF SpA”. Domicilio: Santiago, sin perjuicio de las sucursales o agencias que puedan establecerse en otras ciudades. Duración: Indefinida. Objeto: La Sociedad tendrá por objeto: a) La realización de todo tipo de inversiones en el extranjero, en todo tipo de bienes muebles e inmuebles corporales o incorporales, y en especial en derechos, acciones, bonos y demás valores mobiliarios, títulos de créditos, efectos de comercio, moneda extrajera, derechos en sociedades de cualquier naturaleza, planes de ahorro y otros, e, integrar o constituir sociedades; b) Efectuar operaciones en el extranjero que comprenderán adquirir, enajenar, arrendar ceder o la adquisición a cualquier empresa o persona natural de cuentas por cobrar, documentadas con facturas, letras de cambio, pagares u otros documentos, con o sin responsabilidad para el cedente y adelantando o no el valor de dichos documentos; otorgar financiamiento con garantía constituida sobre los referidos documentos y también la simple administración de cuentas por cobrar; c) Administrar inversiones en el extranjero y percibir sus frutos o rentas; y d) Las demás actividades que sean complementarias a dichos objetos. Para el cumplimiento de su objeto especifico, la sociedad podrá actuar siempre por cuenta propia o ajena y formar o integrar personas jurídicas de cualquier naturaleza de las cuales podrá asumir incluso su administración. Capital: US$5.000.- dividido en 500.- acciones, de una misma serie, sin valor nominal, las que se suscriben y pagan de la siguiente forma: a) Isabel Margarita Larraín Bahamondes, suscribe y paga al contado y en moneda extranjera en este acto en caja social 250.- acciones, al valor de US$10.- por cada acción, cantidad que suma US$2.500.-; b) Ignacio Errazuriz Montt, suscribe y paga al contado y en moneda extranjera en este acto en caja social 250.- acciones, al valor de US$10.- por cada acción, cantidad que suma US$2.500.- Administración: La administración de la sociedad, la representación judicial y extrajudicial, y el uso de la razón social corresponderá a uno o más administradores o gerentes, designados por sus accionistas, por escritura pública anotada al margen de la inscripción social que actuando individual o conjuntamente y anteponiendo a su firma la razón social, podrán ejecutar todos los actos y contratos inherentes al giro de la sociedad. La designación o reemplazo del o los administradores de la sociedad se hará por los accionistas en la respectiva Junta de Accionistas, que podrá celebrarse en Chile o el extranjero, la que deberá protocolizarse o reducirse a escritura pública, y de cuyo contenido deberá tomarse nota al margen de la inscripción del extracto de la sociedad en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago. Se deja expresa constancia que, la primera designación de administrador o gerente de la sociedad se realizó en el articulado transitorio de los estatutos. Demás estipulaciones escritura extractada. - Santiago 10 de Agosto 2020.