Consultora Informática Andes Digital Limitada
Instrumento
- Fecha
- 11 de agosto de 2020
- Repertorio
- 25585-2020
- Notario
- JOSE LEONARDO BRUSI MUÑOZ
- Oficio
- 42° Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $450.000 CLP
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| Consultora Informática Andes Digital Limitada | socio | 76975787-2 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJOSE LEONARDO BRUSI MUÑOZ, Notario Público de la 42° Notaría de Santiago, suplente del titular don ÁLVARO GONZALEZ SALINAS, Agustinas 1070, 2º piso, Santiago, certifica: Con fecha 31 de Julio de 2020, bajo el repertorio N° 25.585-2020, ante titular, donde comparecen i) Rodrigo Alfredo Díaz Castro, en representación de César Gonzalo Luengo Castro, domiciliados ambos en Avenida Lo Ovalle N° 305, San Ramón; ii) Lorena Paula Valenzuela Castaños, en representación de Tomás Gabriel Olivares Valenzuela, domiciliados ambos en Brown Norte 868, Depto. 210, Ñuñoa; y iii) Cristián Alejandro Leiva Sánchez, domiciliado en Santa Julia 278, Depto. 506A, quienes por sí o en representación de los únicos socios de Consultora Informática Andes Digital Limitada, RUT 76.975.787-2, inscrita a Fs. 82.742, N° 42.401, Registro de Comercio Conservador Bienes Raíces Santiago, Año 2018. Modificaciones consisten en: i) Cesión de derechos sociales que se detalla en la escritura extractada, en virtud de la cual socio Cristián Alejandro Leiva Sánchez cedió, vendió y transfirió en partes iguales a César Gonzalo Luengo Castro y Tomás Gabriel Olivares Valenzuela, la totalidad de los derechos sociales que poseía en la Sociedad, esto es, un tercio de los derechos sociales. Producto de lo anterior, el socio Cristián Alejandro Leiva Sánchez se retira de la Sociedad, aceptándolo los demás socios; y ii) Como consecuencia de la cesión de derechos antes mencionada, los socios de la Sociedad acordaron modificar el Artículo Séptimo de los estatutos sociales, reemplazándolo íntegramente por el siguiente: “ARTÍCULO SÉPTIMO. CAPITAL: El capital de la Sociedad asciende a la suma de $450.000, que los socios aportaron de la siguiente manera: /a/ CÉSAR GONZALO LUENGO CASTRO, $225.000, equivalentes al 50% del capital social; /b/ TOMÁS GABRIEL OLIVARES VALENZUELA, $225.000, equivalentes al 50% del capital social. Socios limitan su responsabilidad al monto de sus aportes”. En lo demás siguen vigentes disposiciones sociales. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 11 de agosto de 2020.