SOCIEDAD DE TRANSPORTE DE PASAJEROS COSTA AZUL LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 28 de julio de 2020
- Comuna
- Santiago de don Hernán Cuadra Gazmuri
Sociedad
- Ley aplicable
- ley 3918
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJUAN CARLOS ÁLVAREZ DOMÍNGUEZ, abogado, Notario Suplente de la Primera Notaría de Santiago de don Hernán Cuadra Gazmuri, domiciliado en Huérfanos N° 1160, oficinas 101 y 102, Santiago, certifico: por escritura pública de fecha 28/07/2020, ante mi, don Sergio Fernando Muñoz Padrón, doña Soledad Arlene Muñoz López, don Víctor Ignacio Muñoz Padrón y don Antonio Marcelo Muñoz Padrón, calle Los Castaños mil noventa y tres, comuna de Puente Alto, celebraron contrato de Cesión de Derechos Sociales y Modificación del contrato social de “SOCIEDAD DE TRANSPORTE DE PASAJEROS COSTA AZUL LIMITADA” a fojas cuarenta y tres mil ochocientos sesenta número treinta y dos mil trescientos noventa del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año dos mil once, en el siguiente sentido: Cesiones de Derecho: Sergio Fernando Muñoz Padrón vendió, cedió y transfirió el 50% de sus derechos sociales a Víctor Ignacio Muñoz Padrón, en $500.000.- pagados al contado. Don Sergio Fernando Muñoz Padrón vendió, cedió y transfirió un 40% de sus derechos sociales a Antonio Marcelo Muñoz Padrón, en $400.000.- pagados al contado. Modificación Sociedad: Se sustituye la cláusula primera del pacto social por la siguiente: “Primero: Constitución de Sociedad: Entre doña Soledad Arlene Muñoz López, don Víctor Ignacio Muñoz Padrón y don Antonio Marcelo Muñoz Padrón, se ha constituido una sociedad comercial de responsabilidad limitada, que se regirá por las normas especiales de la ley 3918 y sus modificaciones y por las estipulaciones especiales de esta escritura.” La administración y representación de la sociedad y el uso de la razón social según lo estipulado en el ARTICULO SEXTO de la Constitución de Sociedad, corresponderá a don Víctor Ignacio Muñoz Padrón en conjunto con Antonio Marcelo Muñoz Padrón, y por si sola a doña Soledad Arlene Muñoz López, quienes anteponiendo a su firma personal la razón social, la representarán y obligarán con las más amplias facultades y atribuciones. Santiago, a 31 de Julio de 2020. J.C. Alvarez D.