SOCIEDAD AGRICOLA Y COMERCIAL LAS TINAJAS LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 2 de julio de 2020
- Repertorio
- 1966/2020
- Notario
- ANGELICA ANDREA CASTRO GUTIERREZ
- Domicilio
- Santa Cruz
- Comuna
- Jorge Carvallo Velasco de
Sociedad
- Capital
- $30.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalANGELICA ANDREA CASTRO GUTIERREZ, Notario Público de Santa Cruz, Suplente del Titular de la Segunda Notaría de ésta ciudad don Jorge Carvallo Velasco, según Decreto Económico protocolizado bajo el número 484 al final del presente Registro de Instrumentos Públicos, con oficio en Calle Claudio Cancino 60, Pasaje Marcel, certifica: Por escritura pública hoy ante mí, Repertorio 1966/2020 los señores NANCY ISABEL CÁCERES CASTRO, 18 de Septiembre Nro. 1899, Chépica, Provincia de Colchagua; SUSANA ELISA CÁCERES CASTRO, La Orilla de Auquinco sin número, Chépica, Provincia de Colchagua; CARMEN LUISA CÁCERES CASTRO, 18 de Septiembre Nro.2086, Chépica, Provincia de Colchagua; MARÍA TERESA CÁCERES CASTRO, Población Villa Centro sin número, Chépica, Provincia de Colchagua; RODRIGO OCTAVIO CÁCERES CASTRO, Cantarrana Nro. 678, San Fernando, Provincia de Colchagua, de paso en ésta; y MARÍA DORALISA CASTRO TOBAR, 18 de Septiembre Nro. 1899, Chépica, Provincia de Colchagua, por fallecimiento de socio y administrador Octavio Cáceres Pérez, modificaron sociedad de responsabilidad limitada razón social SOCIEDAD AGRICOLA Y COMERCIAL LAS TINAJAS LIMITADA, nombre de fantasía AGRICOLA LAS TINAJAS LTDA., constituida en Notaría Jorge Carvallo Velasco de Santa Cruz, con fecha 25 de octubre del año 1996 y cuyo extracto fue inscrito a fojas 69 Nro. 53 en el Registro de Comercio del año 1996 del Conservador de Comercio de Santa Cruz y se publicó en el diario oficial de 7 de noviembre del año 1996. La sociedad tiene un capital de $30.000.000 y el rol único tributario 78.918.090-3. MODIFICACIONES:A.-Por fallecimiento socio Octavio Cáceres Pérez, los otros socios y herederos señores NANCY ISABEL,SUSANA ELISA,CARMEN LUISA, MARÍA TERESA y RODRIGO OCTAVIO CÁCERES CASTRO más la cónyuge sobreviviente MARÍA DORALISA CASTRO TOBAR, por su mitad de gananciales y legítima, liquidan comunidad nacida por fallecimiento de socio, adjudicándose los derechos causante que ascendían al 95% del total del capital social, en un 61,075% del total del capital para la cónyuge y un 6,785 para cada uno de los otros socios y hederos. B.- MARÍA DORALISA CASTRO TOBAR vende, cede y transfiere todos su derechos que por mitad de gananciales como cónyuge sobreviviente y en calidad de heredera del causante le corresponde en la sociedad a los otros socios señores NANCY ISABEL, SUSANA ELISA, CARMEN LUISA, MARÍA TERESA y RODRIGO OCTAVIO todos CÁCERES CASTRO, quienes lo compran y adquieren para sí y por partes iguales de 12,215% del capital cada uno en la suma total de $40.000.000 a razón de $8.000.000 por adquirente.- Como consecuencia cesión, quedan como únicos socios NANCY ISABEL CÁCERES CASTRO, SUSANA ELISA CÁCERES CASTRO, CARMEN LUISA CÁCERES CASTRO, MARÍA TERESA CÁCERES CASTRO, y RODRIGO OCTAVIO CÁCERES CASTRO cada uno con un 20% participación social, incluyendo en ese porcentaje, su aporte original de 1% por cada uno, su porcentaje heredado del causante de 6,785% del capital social y porcentaje adquirido a cónyuge sobreviviente de 12,215% del total del capital social.C.- Se modifica administración y uso razón social quedando en don RODRIGO OCTAVIO CÁCERES CASTRO con facultades indicadas en escritura. D.- se establece sistema de suplencia de administración en caso de fallecimiento o incapacidad física y mental del administrador. En lo demás se mantiene plenamente vigente estatuto primitivo. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santa Cruz, 02 de julio de 2020.