INMOBILIARIA E INVERSIONES STRATO S.A.
Instrumento
- Fecha
- 29 de julio de 2020
- Notario
- LUIS IGNACIO MANQUEHUAL MERY
- Oficio
- Octava Notaria de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $52.490.455 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalLUIS IGNACIO MANQUEHUAL MERY, Notario Público Titular Octava Notaria de Santiago, con oficio en calle Huérfanos N°941, Lc 302, comuna y ciudad de Santiago, certifica que hoy ante mi, MANUEL RAFAEL PEÑA MAUREIRA, chileno, casado, ingeniero, C.I. N°10.256.302-6, domiciliado en Av. Las Condes N°12.255, Of. 41, comuna de Las Condes, redujo a escritura pública el acta de la Junta Extraordinaria de Accionistas con mi asistencia, de la sociedad INMOBILIARIA, CONSTRUCTORA E INVERSIONES STRATO S.A., Rut. N°76.150.562-9, donde por la unanimidad de los accionistas se acordó rebajar el capital social ascendente a $52.490.455.- en la suma de $42.490.455.- quedando dicho capital en la suma de $10.000.000.- divido en 10.000.000.- de acciones de una sola serie, nominativas y sin valor nominal, suscritas y pagadas. Asimismo, modifican razón social eliminando la palabra “Constructora” para lo cual modifican los artículos Primero y Quinto, y el artículo tercero transitorio, quedando como sigue: ““Artículo Primero: Se constituye una sociedad anónima cerrada con el nombre de “Inmobiliaria e Inversiones Strato S.A.”, pudiendo usar el nombre de fantasía “Strato S.A.”, cuyo uso obligará a la sociedad ante Bancos, instituciones públicas y privadas, personas naturales o jurídicas, y en general ante cualquier entidad que contrate con ella, incluso el fisco.” “Artículo Quinto: El capital de la sociedad es de diez millones de pesos, dividido en diez millones de acciones sin valor nominal, que se suscribe y paga en la forma en que se señala el artículo tercero transitorio de estos estatutos.-”; “Artículo Tercero Transitorio: El capital social, según se establece en el artículo quinto del presente estatuto, es de diez millones de pesos, dividido en diez millones de acciones sin valor nominal.”. En lo no modificado, permanecen plenamente vigentes los estatutos sociales. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 29 de Julio de 2020.