INMOBILIARIA E INVERSIONES LILA CECILIA MORALES JOFRÉ, E.I.R.L.
Instrumento
- Fecha
- 11 de agosto de 2020
- Notario
- JORGE ELIAS TADRES HALES
- Domicilio
- Temuco
Sociedad
- Capital
- $62.000.000 CLP
- Domicilio
- tendrá como domicilio la ciudad de Temuco
- Duración
- tendrá una duración de cinco años
Objeto social
será la realización de actividades inmobiliarias que se realicen con bienes propios o arrendados. a) La adquisición, enajenación, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento y toda otra forma de explotación de bienes raíces, urbanos o rústicos; b) La inversión, adquisición, enajenación y explotación a cualquier título de toda clase de bienes inmuebles, rústicos o urbanos, su explotación directa o a través de terceros, en cualquier forma; plantarlos y sembrarlos, percibir y consumir sus frutos naturales y civiles y, en general, administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones; c) En el área inmobiliaria podrá adquirir bienes inmuebles urbanos o rurales, urbanizarlos, lotearlos, construir en ellos, enajenar las construcciones o explotarlas bajo la forma de arrendamiento; y d) En general, podrá ejecutar toda otra actividad que en forma directa o indirecta se encuentre relacionada con los objetos antes enunciados
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJORGE ELIAS TADRES HALES, Notario Público Temuco, oficio en esta ciudad A. Varas Nº 976, certifico: por escritura pública de fecha seis de Agosto de dos mil veinte, ante mí, Doña LILA CECILIA MORALES JOFRÉ, de nacionalidad chilena, casada bajo el régimen patrimonial de separación total de bienes, comerciante, sesenta y dos años de edad, cédula nacional de identidad número ocho millones trescientos veinticuatro mil cuatrocientos dos guión K, con domicilio en calle Manuel Bulnes número seiscientos treinta y cinco, departamento número setecientos dos, de la ciudad de Temuco. Constituyó Empresa Individual De Responsabilidad Limitada. NOMBRE EMPRESA: “INMOBILIARIA E INVERSIONES LILA CECILIA MORALES JOFRÉ, E.I.R.L.” pudiendo también actuar, incluso ante Bancos e Instituciones Financieras, Servicio de Impuestos Internos y Tesorería General de la República, Municipalidades y demás servicios y empresas públicas o de administración Fiscal, Semifiscal, Municipal o de Administración Autónoma, bajo el nombre de fantasía de “INVERSIONES RÍO BLANCO, E.I.R.L.”ADMINISTRACION Y USO DEL NOMBRE: corresponderá a doña LILA CECILIA MORALES JOFRÉ. Facultades en escritura extractada. CAPITAL: es la suma de $62.000.000.-, que se enteran, pagan e ingresan a la caja empresarial, en la siguiente forma: a) Con la suma de UN MILLÓN DE PESOS, los que son enterados, pagados e ingresados a la caja empresarial, en dinero en efectivo; y b) Con el aporte en dominio, por la suma de SESENTA Y UN MILLONES DE PESOS, de un inmueble urbano ubicado en la ciudad de Temuco, consistente en la unidad o casa de dominio exclusivo número cinco del Condominio b uno guión Alto del Maipo Cuatro. El dominio a favor de la constituyente corre inscrito a fojas siete mil seiscientos cincuenta y nueve vuelta, número cuatro mil cuatrocientos noventa y nueve del Registro de Propiedad del Primer Conservador de Bienes Raíces de Temuco, correspondiente al año dos mil dieciocho. Para los efectos del pago de impuesto territorial, el inmueble se encuentra enrolado bajo el número cuatro mil seiscientos nueve guión cinco, de la comuna de Temuco. OBJETO: será la realización de actividades inmobiliarias que se realicen con bienes propios o arrendados. a) La adquisición, enajenación, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento y toda otra forma de explotación de bienes raíces, urbanos o rústicos; b) La inversión, adquisición, enajenación y explotación a cualquier título de toda clase de bienes inmuebles, rústicos o urbanos, su explotación directa o a través de terceros, en cualquier forma; plantarlos y sembrarlos, percibir y consumir sus frutos naturales y civiles y, en general, administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones; c) En el área inmobiliaria podrá adquirir bienes inmuebles urbanos o rurales, urbanizarlos, lotearlos, construir en ellos, enajenar las construcciones o explotarlas bajo la forma de arrendamiento; y d) En general, podrá ejecutar toda otra actividad que en forma directa o indirecta se encuentre relacionada con los objetos antes enunciados.- DURACION: tendrá una duración de cinco años. DOMICILIO: tendrá como domicilio la ciudad de Temuco, sin perjuicio de las sucursales, representaciones o agencias que se establezcan en ésta u otras ciudades del país. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Temuco, 11 de Agosto 2020.-