MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

GLOBAL SERVICIOS NETWORK LIMITADA

RUT 77890860-3 CVE 1798665
Capital
$2.000.000 CLP
Fecha instrumento
27 de julio de 2020
Notaría
Santiago
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
27 de julio de 2020
Notario
VERÓNICA TORREALBA COSTABAL
Oficio
Titular de la 33ª Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$2.000.000 CLP
Domicilio
Santiago
Duración
Indefinida

Objeto social

El objeto de la sociedad será: a) La inversión de toda clase de bienes muebles e inmuebles, valores mobiliarios, bienes corporales e incorporales; b) La compra, venta, permuta, administración, enajenación, dar y tomar en arriendo, o efectuar toda clase de actos, operaciones, contratos con bienes raíces, muebles e inmuebles, derechos, acciones, efectos de comercio y otros valores similares; c) La realización de todo tipo de actividades industriales, negocios fabriles, exportaciones, importaciones, comercio y distribución en general; d) Ejecutar todo tipo de actos o contratos relacionados con el objeto social, sea directamente o participando en otras empresas, sociedades, sea como gestora, socia o accionista; e) La prestación de servicios de seguridad privada en las áreas de recursos humanos y asesorías de seguridad, dentro del territorio nacional, tanto para personas naturales como jurídicas; f) Proveer presencia en internet, proveer acceso a internet, diseño de páginas web, programación, soporte para servicios de internet, mantención de sitios web en servidores locales y en internet; y, g) Asesorías en materia de redes computacionales locales y amplias en internet, soporte e implementación de redes locales y área amplia, control, monitoreo y seguridad de sitios web y servidores para internet, servidores de aplicaciones y servidores locales y servicio de procesamiento de datos, pudiendo extender sus actividades a rubros relacionados con los anteriores y que los socios acuerden

Administración

La administración de la sociedad y el uso de la razón social será ejercida por JUAN PATRICIO ARRIAGADA TORRES, quien estará investido de todas las facultades de administración y disposición que la Ley o los Estatutos no establezcan como privativas de una Junta General de Accionistas, sin que sea necesario otorgarle poder especial alguno

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

VERÓNICA TORREALBA COSTABAL, Notario Público Suplente del Titular de la 33ª Notaría de Santiago, don Iván Torrealba Acevedo, con oficio en calle Huérfanos 979 oficina 501, Santiago, certifica: Que por escritura pública de 27 de julio de 2020, otorgada ante mí, doña EDITH SILVA SAAVEDRA GÓMEZ, chilena, casada bajo el régimen de separación total de bienes, pedagoga en educación general básica, cédula de identidad número dos millones novecientos siete mil setecientos setenta y seis guion dos, con domicilio en calle Maule número mil dieciséis, casa cinco, comuna de Santiago, Región Metropolitana; y, doña JULIA MARGARITA ARREDONDO CAÑAS, chilena, casada bajo el régimen de separación total de bienes, pedagoga en educación general básica, cédula de identidad número cinco millones cuatrocientos setenta y un mil quinientos once guion cero, con domicilio en calle Las Rejas Norte número seiscientos nueve, comuna de Quinta Normal, Región Metropolitana; transformaron la sociedad GLOBAL SERVICIOS NETWORK LIMITADA, constituida por escritura pública de fecha 19 de abril del año 2002 otorgada en la Notaría de don Iván Torrealba Acevedo, cuyo extracto se inscribió con fecha treinta de abril de dos mil dos a fojas 10.831 número 8.960 noventa del Registro de Comercio del año 2002 del Conservador de Bienes Raíces de la ciudad de Santiago, en una sociedad por acciones. Sociedad transformada: Nombre: GLOBAL SOLUTIONS NETWORK SpA pudiendo usar también el nombre de fantasía “Atis Global Solutions SpA”. Objeto: El objeto de la sociedad será: a) La inversión de toda clase de bienes muebles e inmuebles, valores mobiliarios, bienes corporales e incorporales; b) La compra, venta, permuta, administración, enajenación, dar y tomar en arriendo, o efectuar toda clase de actos, operaciones, contratos con bienes raíces, muebles e inmuebles, derechos, acciones, efectos de comercio y otros valores similares; c) La realización de todo tipo de actividades industriales, negocios fabriles, exportaciones, importaciones, comercio y distribución en general; d) Ejecutar todo tipo de actos o contratos relacionados con el objeto social, sea directamente o participando en otras empresas, sociedades, sea como gestora, socia o accionista; e) La prestación de servicios de seguridad privada en las áreas de recursos humanos y asesorías de seguridad, dentro del territorio nacional, tanto para personas naturales como jurídicas; f) Proveer presencia en internet, proveer acceso a internet, diseño de páginas web, programación, soporte para servicios de internet, mantención de sitios web en servidores locales y en internet; y, g) Asesorías en materia de redes computacionales locales y amplias en internet, soporte e implementación de redes locales y área amplia, control, monitoreo y seguridad de sitios web y servidores para internet, servidores de aplicaciones y servidores locales y servicio de procesamiento de datos, pudiendo extender sus actividades a rubros relacionados con los anteriores y que los socios acuerden. Capital: $2.000.000.- dividido en 1.000 acciones nominativas, ordinarias, de una sola serie, sin valor nominal, el cual se encuentra íntegramente suscrito y pagado en dinero efectivo. Duración: La duración de la sociedad es indefinida. Administración: La administración de la sociedad y el uso de la razón social será ejercida por JUAN PATRICIO ARRIAGADA TORRES, quien estará investido de todas las facultades de administración y disposición que la Ley o los Estatutos no establezcan como privativas de una Junta General de Accionistas, sin que sea necesario otorgarle poder especial alguno. Domicilio: Santiago, sin perjuicio de las sucursales, agencias o representaciones que se establezcan en otras ciudades del país y/o en el extranjero, previa autorización de los organismos competentes. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago 27 de Julio de 2020.