Instrumento
- Fecha
- 10 de agosto de 2020
- Notario
- ALBERTO ORTEGA JIRON
- Oficio
- Primera Notaría San Fernando
- Comuna
- San Fernando
Sociedad
- Capital
- $20.000 CLP
- Domicilio
- San Fernando
- Duración
- Indefinida
Objeto social
a) a la realización de toda clase de negocios e inversiones ya sea en bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, valores mobiliarios, acciones, bonos y debentures; y en general toda clase de valores y efectos de comercio; constituir sociedades o participar en ellas en cualquier forma y adquirir derechos, acciones o haberes; administrar estas inversiones y percibir sus frutos. Dentro de su objeto podrá efectuar negocios inmobiliarios, para lo cual podrá adquirir y enajenar bienes raíces urbanos o rurales, urbanizarlos, lotearlos, construir en ellos por cuenta propia o ajena, enajenar las construcciones, explotar bienes raíces directamente o por terceros de cualquier forma; dar y recibir en arrendamiento, subarrendar, dar y ceder a terceros, a cualquier título el uso y goce de bienes raíces; administrar estas inversiones y percibir sus frutos. Podrá actuar como agente, representante y distribuidor de empresas comerciales o industriales; aportar, reunir o suscribir el capital necesario para promover o desarrollar empresas o negocios; b) La explotación de todo tipo de predios agrícolas, por cuenta propia o ajena; la producción, explotación agrícola, hortofrutícola, ganadera y forestal de los predios de la sociedad y de aquellos que adquiera, arriende, administre o posea en usufructo; la compra, venta, distribución, exportación de toda clase de productos agrícolas, hortofrutícolas, ganaderos o forestales, la compra venta y arrendamiento de vehículos y maquinarias agrícolas, la comercialización, procesamiento, elaboración, distribución, importación y exportación de productos agrícolas, frutícolas, ganaderos, avícolas, industriales y artesanales; c) el transporte de mercaderías y toda clase de bienes muebles, en vehículos propios, tomados en arrendamiento o en leasing o encomendado a terceros; la representación de empresas extranjeras o nacionales de transporte y embalaje; todo los relacionados, de cualquiera forma, en la actualidad o en el futuro, con el flete, traslado y transporte de bienes de toda clase y su embalaje, incluyendo las gestiones portuarias y aduaneras en su caso; el transporte de carga propia o ajena y de pasajeros, por medio de camiones, camionetas y demás vehículos de transporte automotriz; d) Dentro del objeto de la sociedad se comprenderá la prestación de servicios profesionales, asesorías y elaboración de proyectos y, en general, la realización de toda y cualquier otra actividad directa o indirectamente relacionada con las anteriores señaladas y que se acuerden en la Junta de accionistas”. Capital $20.000.000 dividido en 20.000 acciones sin valor nominal, íntegramente suscrito y pagado. Responsabilidad limitada hasta monto de
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalALBERTO ORTEGA JIRON, abogado, Notario Público Primera Notaría San Fernando, Chillán N° 620, certifico: Por escritura hoy ante mí, JULIO ANTONIO CAMPILLO MUÑOZ, Camino La Sierra Parcela 6-A, San Fernando y CARLOS JOSE ROBLES DELGADO, Los Boldos de Santa María, Camino La Cantera S/N, Chimbarongo constituyeron Sociedad por acciones denominada AGRICOLA E INVERSIONES ROCA SpA.. Objeto: a) a la realización de toda clase de negocios e inversiones ya sea en bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, valores mobiliarios, acciones, bonos y debentures; y en general toda clase de valores y efectos de comercio; constituir sociedades o participar en ellas en cualquier forma y adquirir derechos, acciones o haberes; administrar estas inversiones y percibir sus frutos. Dentro de su objeto podrá efectuar negocios inmobiliarios, para lo cual podrá adquirir y enajenar bienes raíces urbanos o rurales, urbanizarlos, lotearlos, construir en ellos por cuenta propia o ajena, enajenar las construcciones, explotar bienes raíces directamente o por terceros de cualquier forma; dar y recibir en arrendamiento, subarrendar, dar y ceder a terceros, a cualquier título el uso y goce de bienes raíces; administrar estas inversiones y percibir sus frutos. Podrá actuar como agente, representante y distribuidor de empresas comerciales o industriales; aportar, reunir o suscribir el capital necesario para promover o desarrollar empresas o negocios; b) La explotación de todo tipo de predios agrícolas, por cuenta propia o ajena; la producción, explotación agrícola, hortofrutícola, ganadera y forestal de los predios de la sociedad y de aquellos que adquiera, arriende, administre o posea en usufructo; la compra, venta, distribución, exportación de toda clase de productos agrícolas, hortofrutícolas, ganaderos o forestales, la compra venta y arrendamiento de vehículos y maquinarias agrícolas, la comercialización, procesamiento, elaboración, distribución, importación y exportación de productos agrícolas, frutícolas, ganaderos, avícolas, industriales y artesanales; c) el transporte de mercaderías y toda clase de bienes muebles, en vehículos propios, tomados en arrendamiento o en leasing o encomendado a terceros; la representación de empresas extranjeras o nacionales de transporte y embalaje; todo los relacionados, de cualquiera forma, en la actualidad o en el futuro, con el flete, traslado y transporte de bienes de toda clase y su embalaje, incluyendo las gestiones portuarias y aduaneras en su caso; el transporte de carga propia o ajena y de pasajeros, por medio de camiones, camionetas y demás vehículos de transporte automotriz; d) Dentro del objeto de la sociedad se comprenderá la prestación de servicios profesionales, asesorías y elaboración de proyectos y, en general, la realización de toda y cualquier otra actividad directa o indirectamente relacionada con las anteriores señaladas y que se acuerden en la Junta de accionistas”. Capital $20.000.000 dividido en 20.000 acciones sin valor nominal, íntegramente suscrito y pagado. Responsabilidad limitada hasta monto de aportes. Duración: indefinida. Domicilio: San Fernando. Demás estipulaciones escritura que extracto. San Fernando, 10 de Agosto de 2020.