CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

TRANSPORTE Y LOGISTICA VECTOR SpA

CVE 1797974
Fecha instrumento
7 de agosto de 2020

Instrumento

Fecha
7 de agosto de 2020
Repertorio
608-2020

Objeto social

a) el transporte de mercaderías y toda clase de bienes muebles, en vehículos propios, tomados en arrendamiento o en leasing o encomendado a terceros; b) la representación de empresas extranjeras o nacionales de transporte y embalaje; c) la compraventa de móviles nuevos o usados, repuestos, motores, accesorios y demás; d) todo lo relacionado, de cualquiera forma, en la actualidad o en el futuro, con el flete, traslado y transporte de bienes de toda clase y su embalaje, incluyendo las gestiones portuarias y aduaneras, en su caso; y e) cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente y afines que los socios acuerden, sin que para ello se requiera modificación alguna de estos estatutos. En cumplimiento de los objetos señalados la sociedad podrá constituir otras sociedades o participar en las que estén constituidas en calidad de socio o accionista o como lo estatutos de ella lo determinen

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

GERARDO ANDRÉS CARVALLO CASTILLO, Notario de Rancagua, con oficio en la comuna de Machalí, Las Rosas número 6, local 6, certifico: Por escritura pública repertorio N° 608-2020. Hoy ante mí, PAULA XIMENA NATALIA ORELLANA VALDERRAMA y JOSÉ EDUARDO DE JESUS ORELLANA VALDERRAMA, constituyeron una sociedad por acciones, con domicilio en la comuna de Rancagua. Nombre: TRANSPORTE Y LOGISTICA VECTOR SpA. con nombre de fantasía VECTOR SpA. Objeto: a) el transporte de mercaderías y toda clase de bienes muebles, en vehículos propios, tomados en arrendamiento o en leasing o encomendado a terceros; b) la representación de empresas extranjeras o nacionales de transporte y embalaje; c) la compraventa de móviles nuevos o usados, repuestos, motores, accesorios y demás; d) todo lo relacionado, de cualquiera forma, en la actualidad o en el futuro, con el flete, traslado y transporte de bienes de toda clase y su embalaje, incluyendo las gestiones portuarias y aduaneras, en su caso; y e) cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente y afines que los socios acuerden, sin que para ello se requiera modificación alguna de estos estatutos. En cumplimiento de los objetos señalados la sociedad podrá constituir otras sociedades o participar en las que estén constituidas en calidad de socio o accionista o como lo estatutos de ella lo determinen. Capital: un millón de pesos que se dividirá en mil de acciones ordinarias y nominativas de un valor nominal de mil pesos cada una. El capital inicial de la sociedad y sus aumentos deberán quedar totalmente suscritos y pagados en un plazo no superior a cinco años contados desde esta fecha. Otras estipulaciones en escritura extractada. Machalí, 7 de agosto de 2020.