Instrumento
- Fecha
- 6 de agosto de 2020
- Repertorio
- 12177
- Notario
- VERÓNICA TORREALBA COSTABAL
- Oficio
- Titular de la 33° Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
Objeto social
directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, dentro del territorio de la República de Chile o en el extranjero: /a) la inversión de capitales, en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesas u opciones de acciones, bonos y debentures, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios; /b) la adquisición, enajenación y explotación de toda clase de bienes inmuebles, en especial bienes raíces rurales o urbanos, y su loteo y urbanización, por cuenta propia o ajena; explotarlos, directamente o por terceros, en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones y obtener rentas; la construcción de obras de cualquier especie, en estos y otros bienes, por cuenta propia o ajena; c) la intermediación o corretaje de bienes raíces, búsqueda y gestión de financiamiento para proyectos inmobiliarios; d) el ejercicio de cualquiera otra actividad análoga complementaria o conexa a las anteriormente señaladas; y /e) participar en fondos de inversión u otro tipo de sociedad. En adición, la Sociedad podrá realizar inversiones en toda clase de bienes, muebles o inmuebles, corporales o incorporales, tales como, y sin que la siguiente enumeración implique limitación de acciones, derechos sociales, participaciones en cualquier tipo de sociedad o corporación, bonos, papeles comerciales, instrumentos negociables o cualquier otro tipo de valores, ya sea en Chile o en el extranjero, así como la administración, transferencia, uso de los mismos y la percepción de dividendos y utilidades fruto de ellos; y el otorgamiento de financiamiento a terceras personas por medio de operaciones de crédito o a través de otros actos o contratos que tengan el mismo propósito. Para el mejor y más adecuado cumplimiento de su objeto, la Sociedad podrá constituir, adquirir o participar como socio, accionista o en otra calidad, directa o indirectamente, en sociedades o instituciones de cualquier naturaleza, tanto en Chile como en el extranjero.;
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalVERÓNICA TORREALBA COSTABAL, Notario Público Suplente del Titular de la 33° Notaría de Santiago, Sr. IVÁN TORREALBA ACEVEDO, con oficio en calle Huérfanos N° 979, oficina 501, de la comuna de Santiago, certifico: que con fecha 6 de agosto de 2020, ante mí, Fernando Andrés Téllez Fernández y Bárbara Rengifo Swett constituyeron, mediante escritura pública de repertorio N° 12.177, una sociedad por acciones, de cuyos estatutos se extracta lo siguiente: Nombre: INVERSIONES TÉLLEZ RENGIFO SpA y podrá usar el nombre de fantasía INVERTER SpA; Objeto: directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, dentro del territorio de la República de Chile o en el extranjero: /a/ la inversión de capitales, en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesas u opciones de acciones, bonos y debentures, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios; /b/ la adquisición, enajenación y explotación de toda clase de bienes inmuebles, en especial bienes raíces rurales o urbanos, y su loteo y urbanización, por cuenta propia o ajena; explotarlos, directamente o por terceros, en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones y obtener rentas; la construcción de obras de cualquier especie, en estos y otros bienes, por cuenta propia o ajena; c) la intermediación o corretaje de bienes raíces, búsqueda y gestión de financiamiento para proyectos inmobiliarios; d) el ejercicio de cualquiera otra actividad análoga complementaria o conexa a las anteriormente señaladas; y /e/ participar en fondos de inversión u otro tipo de sociedad. En adición, la Sociedad podrá realizar inversiones en toda clase de bienes, muebles o inmuebles, corporales o incorporales, tales como, y sin que la siguiente enumeración implique limitación de acciones, derechos sociales, participaciones en cualquier tipo de sociedad o corporación, bonos, papeles comerciales, instrumentos negociables o cualquier otro tipo de valores, ya sea en Chile o en el extranjero, así como la administración, transferencia, uso de los mismos y la percepción de dividendos y utilidades fruto de ellos; y el otorgamiento de financiamiento a terceras personas por medio de operaciones de crédito o a través de otros actos o contratos que tengan el mismo propósito. Para el mejor y más adecuado cumplimiento de su objeto, la Sociedad podrá constituir, adquirir o participar como socio, accionista o en otra calidad, directa o indirectamente, en sociedades o instituciones de cualquier naturaleza, tanto en Chile como en el extranjero.; Capital: es la suma de $1.000.000, dividido en 100 acciones nominativas, sin valor nominal, de una única serie de acciones comunes, el cual fue íntegramente suscrito y se pagará en un plazo de 5 años contados desde la fecha de suscripción de la escritura pública de constitución por Bárbara Rengifo Swett y Fernando Téllez Fernández. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Se facultó al portador de este extracto para su legalización. Santiago, 6 de agosto de 2020.