MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INVERSIONES JAJIR LIMITADA

RUT 76159566-0 CVE 1797918
Capital
$1.200.000 CLP
Fecha instrumento
30 de julio de 2020
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
30 de julio de 2020
Repertorio
25454-2020
Notario
ALVARO GONZALEZ SALINAS
Oficio
42ª Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.200.000 CLP

Personas y entidades (1)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
INVERSIONES JAJIR LIMITADA socio 76159566-0

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ALVARO GONZALEZ SALINAS, Notario Público Titular de la 42ª Notaría de Santiago, Agustinas 1070, 2° piso, Santiago, certifica: Que por escritura pública de fecha 30 de julio de 2020, bajo el repertorio N° 25.454-2020, ante mí, don Guillermo José Infante Cortés, chileno, casado, C.I. N°12.584.927-K, domiciliado para estos efectos en Avenida El Golf N°40, piso 20, comuna de Las Condes, Santiago, debidamente facultado rectificó escritura pública de modificación y aumento de capital de INVERSIONES JAJIR LIMITADA, RUT N° 76.159.566-0, otorgada con fecha 1 de abril del año 2014, inscrita a fs. 27.819, N°17.333 en el Registro de Comercio de Santiago del año 2014. Por un error involuntario, en dicha escritura se designaron incorrectamente los montos aportados por los socios en virtud del aumento de capital, así como los porcentajes que representaban dichos aportes en el capital social. En virtud de lo anterior, se reemplazó la Cláusula Sexta de los estatutos por la siguiente: “SEXTO: CAPITAL. El capital de la sociedad es la suma de $1.200.000, que los socios aportan de la siguiente manera: a) don Juan Ignacio Augusto Riesco Valenzuela aporta la suma de $588.000, representativos aproximadamente del 49% de los derechos sociales, totalmente pagados; b) doña Javiera Viviana Riesco Valenzuela aporta la suma de $588.000, representativos aproximadamente del 49% de los derechos sociales, totalmente pagados; y, c) doña María Viviana Valenzuela Mateluna aporta la suma de $24.000, representativos aproximadamente del 2% de los derechos sociales, totalmente pagados”. Esta rectificación deja sin efecto la escritura rectificatoria de fecha 11 de septiembre del año 2018. Otras rectificaciones en materias no extractables. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 07 de agosto de 2020.