Inmobiliaria Gestora de Desarrollos Integrados SpA
Instrumento
- Fecha
- 5 de agosto de 2020
- Notario
- ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO
- Oficio
- 36º Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000 CLP
Objeto social
La Sociedad tendrá por
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Notario Público Titular, 36º Notaría de Santiago, La Concepción Nº 65, piso 2, comuna de Providencia, certifica que por escritura pública de fecha 5 de agosto de 2020, repertorio número 14.661/2020, ante mí, INVERSIONES KITE SpA, constituyó sociedad por acciones de conformidad a artículos 424 y siguientes del Código de Comercio, de cuyos estatutos se extracta: Nombre: Inmobiliaria Gestora de Desarrollos Integrados SpA (en adelante la “Sociedad”), sin perjuicio que para fines publicitarios y de propaganda podrá usar la expresión “Inmobiliaria GDI SpA”. Objeto: La Sociedad tendrá por objeto: a) la asesoría y gestión en el desarrollo de todo tipo de negocios y proyectos inmobiliarios propios o de terceros, incluyendo aquellos proyectos que se acojan a los subsidios establecidos por el Ministerio de Vivienda y Urbanismo u otra autoridad competente, y especialmente aquella asesoría destinada a adquirir, desarrollar, enajenar, negociar y disponer en cualquier forma y a cualquier título de bienes raíces o inmuebles de cualquier naturaleza, urbanos o rurales; b) la asesoría y gestión para la materialización de conjuntos habitacionales, loteos, urbanizaciones y, en general, construcciones de cualquier naturaleza; c) asesoría para la obtención de todos los permisos necesarios ante los organismos que fuere necesario, y para administrar y gestionar contratos de construcción a suma alzada, a serie de precios unitarios, por administración delegada y/o por cualquier otra formula aceptada por ley o convenida entre las partes; d) la inversión por cuenta propia o ajena en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales y en general en toda clase de valores mobiliarios, efectos de comercio, monedas extranjeras, bonos, debentures, pagarés, acciones y derechos sociales, cualquiera sea su naturaleza, ya sea para fines de inversión y/o renta, para lo cual la Sociedad podrá adquirir y enajenar, explotar, administrar y percibir sus frutos a cualquier título; y e) en general, realizar cualesquiera otras actividades conexas o conducentes a los objetivo señalados u otros negocios que digan relación con el giro de la Sociedad. Capital: $1.000.000 dividido en 1.000 acciones ordinarias, nominativas, de una única serie y sin valor nominal. Se encuentran suscritas y pagadas 200 acciones por el equivalente a $200.000. El saldo del capital social ascendente a $800.000, dividido en 800 acciones, deberá ser suscrito y pagado dentro del plazo de tres años a contar de la fecha de la escritura extractada. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Se facultó portador extracto para legalización. Santiago, 07 de agosto de 2020. ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO