CONSTRUCTORA E INMOBILIARIA EL LLANO SpA
Instrumento
- Fecha
- 10 de agosto de 2020
- Notario
- HERNAN FUENTES ACEVEDO
- Oficio
- Tercera Notaria Curicó
- Comuna
- Curicó
Sociedad
- Capital
- $900.000 CLP
- Duración
- Indefinida
Administración
La administración de la sociedad será ejercida por un Gerente Administrador, quien podrá designar a su vez, uno o más representantes de la sociedad, mientras no efectúe otra designación la Junta General de
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalHERNAN FUENTES ACEVEDO, Abogado, Notario Público Titular Tercera Notaria Curicó, con oficio en calle Carmen 498 de esta ciudad, certifica: Por escritura hoy ante mí, don JUAN PABLO RODRIGUEZ BARROS, chileno, casado y separado de bienes, cédula nacional de identidad Nº16.212.311-4, Ingeniero Civil Industrial; don DIEGO JOSÉ RODRIGUEZ BARROS, chileno, cédula nacional de identidad Nº16.939.222-8, casado, Ingeniero Civil; y, don BENJAMÍN RODRIGUEZ BARROS, chileno, soltero, cédula nacional de identidad Nº19.685.957-8, estudiante universitario, todos domiciliados para estos efectos en Fundo El Calabozo, Comuna de Romeral, Provincia Curicó, mayores de edad, constituyen sociedad por acciones, de cuyos estatutos se extracta lo siguiente: Nombre: “CONSTRUCTORA E INMOBILIARIA EL LLANO SpA”, pudiendo usar el nombre de fantasía “EL LLANO SpA”.- Domicilio Legal: Comuna de Romeral, Provincia de Curicó, sin perjuicio de los domicilios especiales, oficinas, agencias o sucursales que se establezcan en el país o en el extranjero. Duración: INDEFINIDO a partir de la fecha de constitución social, salvo que alguno de los socios manifestase su voluntad de poner término a la sociedad mediante escritura pública de la que deberá tomarse nota al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio. Objeto El objeto de la sociedad será: a) El estudio y ejecución de todo tipo de obras y de proyecto de arquitectura, ingeniería y construcción por cuenta propia o ajena, la realización de trabajos de edificación, de obra civiles, tales como, casas, edificios, caminos, puentes, túneles.- El diseño y elaboración de proyectos y la construcción y/o ejecución de obras civiles relacionadas con infraestructura de alcantarillado, agua potable, instalaciones sanitarias, represas, centrales hidroeléctricas y obras civiles afines; el desarrollo de proyectos inmobiliarios, la compra, venta, enajenación y arriendo de bienes raíces o muebles, la realización de loteos y obras de urbanización. La asesoría y consultoría profesional en áreas de arquitectura, diseño y construcción, sea por cuenta propia o ajena, de todo tipo de negocios y proyectos, la prestación de servicios en dichas áreas, pudiendo para el cumplimiento del objeto social participar en licitaciones públicas y/o privadas, asociarse con terceros, sean personas naturales y /o jurídicas. Para el desarrollo del objeto la empresa podrá arrendar todo tipo de maquinaria pesada; efectuar movimiento de tierra, de áridos, y escombros, como también la realización de trabajos de demolición y nivelaciones en general y toda otra actividad que los socios acuerden; y, b) Compra, venta y arrendamiento todo tipo bienes muebles o inmuebles, corporales e incorporales, explotarlos, administrarlos por cuenta propia o ajena para desarrollo actividad descrita y celebración todo tipo convenios y actos; desarrollo actividades y prestación servicios cualquiera sus formas y todas las demás actividades, operaciones y negocios que socios acuerden y que se relacionen directa o indirectamente con objetos mencionados.- Para el cumplimiento del objeto, la sociedad podrá ejecutar y celebrar toda clase de actos y contratos e incluso formar sociedades o ingresar en ellas.- Capital: $900.000.- (Novecientos mil pesos).- dividido en 90 acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, que se suscriben y pagan en la forma que se señala en las disposiciones transitorias. Administración: La administración de la sociedad será ejercida por un Gerente Administrador, quien podrá designar a su vez, uno o más representantes de la sociedad, mientras no efectúe otra designación la Junta General de Accionistas.- Demás estipulaciones constan en escritura extractada. - Curicó, 10 de Agosto de 2020.-