CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

Asesorías Lo Contador SpA

CVE 1797771
Capital
$100.000 CLP
Fecha instrumento
30 de julio de 2020
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
30 de julio de 2020
Notario
ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO
Oficio
36º Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$100.000 CLP

Objeto social

La Sociedad tiene por

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Notario Público Titular, 36º Notaría de Santiago, La Concepción Nº 65, piso 2, comuna de Providencia, certifica que por escritura pública otorgada con fecha 30 de julio de 2020, repertorio número 14.271-2020, ante mí, Inversiones Los Ángeles SpA y doña Constanza Sateler Quijano constituyeron sociedad por acciones de conformidad a artículos 424 y siguientes del Código de Comercio, de cuyos estatutos se extracta: Nombre: Asesorías Lo Contador SpA (en adelante la “Sociedad”). Objeto: La Sociedad tiene por objeto: a) la asesoría y gestión en el desarrollo de todo tipo de negocios y proyectos inmobiliarios para terceros, y especialmente aquella asesoría destinada a adquirir, enajenar, negociar y disponer en cualquier forma y a cualquier título de bienes raíces o inmuebles de cualquier naturaleza, urbanos o rurales; b) la asesoría y gestión para la materialización de loteos, urbanizaciones y, en general, construcciones de cualquier naturaleza; c) la asesoría para la obtención de todos los permisos necesarios ante los organismos que fuere necesario, y para administrar y gestionar contratos de construcción a suma alzada, a serie de precios unitarios, por administración delegada y/o por cualquier otra formula aceptada por ley o convenida entre las partes; d) la inversión por cuenta propia o ajena en toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales y en general en toda clase de valores mobiliarios, efectos de comercio, pagarés, acciones, derechos sociales y cuotas de fondos de inversión, cualquiera sea su naturaleza, ya sea para fines de inversión y/o renta, para lo cual la Sociedad podrá adquirir y enajenar, explotar, administrar y percibir sus frutos a cualquier título; e) la inversión, compra, venta, adquisición y enajenación con fines rentísticos sobre toda clase de bienes y derechos inmobiliarios, sean corporales o incorporales, presentes o futuros, tales como contratos de compraventa, promesas de compraventa en verde o blanco, opciones, activos de renta, derechos, permisos, autorizaciones u otros similares; y f) en general, realizar cualesquiera otras actividades conexas o conducentes a los objetivo señalados u otros negocios que digan relación con el giro de la Sociedad. Capital: $100.000 dividido en 1.000 acciones ordinarias, nominativas, de única serie y sin valor nominal, íntegramente suscritas y pagadas. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Se facultó portador extracto para legalización. Santiago, 07 de agosto de 2020.-. ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Notario Público Titular.