MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

AGRÍCOLA PARCELAS DEL SUR LIMITADA

RUT 76037397-4 CVE 1798237
Capital
$483.719.775 CLP
Fecha instrumento
31 de julio de 2020

Instrumento

Fecha
31 de julio de 2020
Notario
Marcela Andrea Medina Ricci
Domicilio
San Miguel con asiento en San Ramón y oficio ubicado en Avenida Santa Rosa número 7.955

Sociedad

Capital
$483.719.775 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Marcela Andrea Medina Ricci, Notario Público Titular de San Miguel con asiento en San Ramón y oficio ubicado en Avenida Santa Rosa número 7.955, certifica: Por escritura pública otorgada con fecha 31 de julio de 2020, ante mí, don CARLOS ALBERTO ECHAVARRI DE LA SIERRA, con domicilio para estos efectos en calle Napoleón N°2.943, comuna de Las Condes, de paso en ésta, Región Metropolitana; don RODRIGO JOSÉ ECHAVARRI MORÁN, doña ALEJANDRA MARÍA ECHAVARRI MORÁN, y don JOSÉ IGNACIO ECHAVARRI MORÁN, los tres últimos con domicilio para estos efectos en calle Espoz N°4.707, departamento 112, comuna de Vitacura, de paso en ésta, Región Metropolitana; y la sucesión indivisa de don FÉLIX SUSAETA SAENZ DE SAN PEDRO compuesta por doña THELMA MARGULIS ROSENBLÜT, doña MAITE SUSAETA MARGULIS, doña MARISOL ROSA SUSAETA MARGULIS, don FÉLIX ANDRÉS SUSAETA MARGULIS, y don RODRIGO LEÓN SUSAETA MARGULIS, todos los últimos con domicilio para estos efectos en calle Las Torcazas N°199, departamento 131, comuna de Las Condes, de paso en ésta, Región Metropolitana, otorgaron escritura pública “Modificación de sociedad Agrícola Parcelas del Sur Limitada” sociedad inscrita a fojas 44.132 número 30.386 Reg. Com. Stgo. Año 2008 y acordaron: I.- DEVOLUCIÓN DE CAPITAL. Los comparecientes, actuales y únicos socios de AGRÍCOLA PARCELAS DEL SUR LIMITADA, acordaron la devolución de parte del capital social aportado, la cual será pagada en el plazo máximo de un año desde fecha escritura extractada. En razón de lo anterior, AGRÍCOLA PARCELAS DEL SUR LIMITADA, realiza una devolución de parte del capital social aportado por la suma total de $483.719.775, según el siguiente detalle: a) don RODRIGO JOSÉ ECHAVARRI MORÁN le son devueltos $51.935.380; b) a don JOSÉ IGNACIO ECHAVARRI MORÁN le son devueltos $51.935.380; c) a doña ALEJANDRA MARÍA ECHAVARRI MORÁN le son devueltos $51.935.380; d) a don CARLOS ALBERTO ECHAVARRI DE LA SIERRA le son devueltos $134.425.726; y e) a la sucesión indivisa de don FÉLIX SUSAETA SAENZ DE SAN PEDRO le son devueltos $193.487.909. II.- MODIFICACIONES SOCIALES: Como consecuencia de la devolución parcial de capital, la totalidad de los socios de AGRÍCOLA PARCELAS DEL SUR LIMITADA, acuerdan modificar el artículo Sexto de los estatutos, remplazándolo por el del siguiente tenor extractado: ARTÍCULO SEXTO: El capital social es la suma única y total de $484.203, íntegramente pagado y enterado en arcas sociales y que los socios aportan de la siguiente manera: a) don RODRIGO JOSÉ ECHAVARRI MORÁN, aportó la suma de $51.987; b) don JOSÉ IGNACIO ECHAVARRI MORÁN, aportó la suma de $51.987; c) doña ALEJANDRA MARÍA ECHAVARRI MORÁN, aportó la suma de $51.987; d) don CARLOS ALBERTO ECHAVARRI DE LA SIERRA, aportó la suma de $134.560; y e) la sucesión indivisa de don FÉLIX SUSAETA SAENZ DE SAN PEDRO, aportó la suma de $193.682 Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 05 de agosto de 2020. Marcela Andrea Medina Ricci. Notario Público.