CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

Inmobiliaria La Grulla SpA

CVE 1797338
Capital
$20.000.000 CLP
Fecha instrumento
3 de agosto de 2020
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
3 de agosto de 2020
Repertorio
14509-2020
Notario
ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO
Oficio
36° Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$20.000.000 CLP

Objeto social

La Sociedad tendrá por

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Notario Público Titular de la 36° Notaría de Santiago, La Concepción N° 65, piso 2, comuna de Providencia, certifica: Por escritura pública de fecha 3 de agosto de 2020, ante mí, repertorio N° 14.509-2020, don Alejandro Andrés Reyes Miguel, doña Viviana Inés Van Rysselberghe Tapia, doña Rosario Reyes Van Rysselberghe, doña Antonia Ignacia Reyes Van Rysselberghe, doña Javiera Reyes Van Rysselberghe y don Alejandro Andrés Reyes Van Rysselberghe, vinieron en constituir sociedad por acciones de cuyo texto extracto lo siguiente: Razón Social: “INMOBILIARIA LA GRULLA SpA”. Objeto: La Sociedad tendrá por objeto: Uno) La inversión en todo tipo de bienes, ya sean raíces o muebles, corporales o incorporales, valores mobiliarios, acciones o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean civiles o comerciales, comunidades o asociaciones, con la finalidad exclusiva de obtener las rentas que esas inversiones produzcan, ya sea por cuenta propia o por cuenta ajena; Dos) La compra, venta, permuta, arrendamiento, adquisición o enajenación, a cualquier título, de bienes corporales o incorporales, raíces o muebles, como asimismo la construcción, explotación y administración de éstos, ya sean propios o ajenos, por cuenta propia o ajena; Tres) La importación, exportación, fabricación, construcción, mantención, reparación, instalación, transporte, distribución y comercialización, por cuenta propia o ajena, toda clase o categoría de productos y mercaderías; y, Cuatro) La ejecución de todos los actos y celebrar todos los contratos necesarios a los fines indicados, al desarrollo de sus negocios o comercio o a la inversión de los fondos disponibles de la Sociedad, en especial, podrá participar en toda clase de sociedades, civiles o comerciales, cualquiera sea su objeto, ya sean colectivas, anónimas, de responsabilidad limitada o en comandita, pudiendo concurrir como socia comanditaria o gestora en éstas últimas. Capital: El capital de la Sociedad, asciende a la suma de $20.000.000, dividido en 20.000 acciones nominativas, todas de una misma serie y de igual valor, sin valor nominal ni privilegios, que los accionistas suscriben, pagan y pagarán de la siguiente forma: Uno) Don Alejandro Andrés Reyes Miguel, suscribe la cantidad de 4.000 acciones, las cuales se pagan y pagarán de la siguiente forma: a) Con la suma de $1.000.000, equivalente a 1.000 acciones, que se pagan en este acto, al contado y en dinero en efectivo; y, b) Con la suma de $3.000.000, equivalentes a 3.000 acciones, que se pagarán en el plazo de cinco años contados desde la fecha del presente instrumento; Dos) Doña Viviana Inés Van Rysselberghe Tapia, suscribe la cantidad de 4.000 acciones, las cuales se pagan y pagarán de la siguiente forma: a) Con la suma de $1.000.000, equivalente a 1.000 acciones, que se pagan en este acto, al contado y en dinero en efectivo; y, b) Con la suma de $3.000.000, equivalentes a 3.000 acciones, que se pagarán en el plazo de cinco años contados desde la fecha del presente instrumento; Tres) Doña Rosario Reyes Van Rysselberghe, suscribe la cantidad de 3.000 acciones, las cuales se pagan y pagarán de la siguiente forma: a) Con la suma de $1.000.000, equivalente a 1.000 acciones, que se pagan en este acto, al contado y en dinero en efectivo; y, b) Con la suma de $2.000.000, equivalentes a 2.000 acciones, que se pagarán en el plazo de cinco años contado desde la fecha del presente instrumento; Cuatro) Doña Antonia Ignacia Reyes Van Rysselberghe suscribe la cantidad 3.000 acciones, las cuales se pagan y pagarán de la siguiente forma: a) Con la suma de $1.000.000, equivalente a 1.000 acciones, que se pagan en este acto, al contado y en dinero en efectivo; y, b) Con la suma de $2.000.000, equivalentes a 2.000 acciones, que se pagarán en el plazo de cinco años contado desde la fecha del presente instrumento; Cinco) Doña Javiera Reyes Van Rysselberghe, suscribe la cantidad de 3.000 acciones, las cuales se pagan y pagarán de la siguiente forma: a) Con la suma de $1.000.000, equivalente a 1.000 acciones, que se pagan en este acto, al contado y en dinero en efectivo; y, b) Con la suma de $2.000.000 equivalentes a 2.000 acciones, que se pagarán en el plazo de cinco años contado desde la fecha del presente instrumento; y, Seis) Don Alejandro Andrés Reyes Van Rysselberghe, suscribe la cantidad de 3.000 acciones, las cuales se pagan y pagarán de la siguiente forma: a) Con la suma de $1.000.000, equivalente a 1.000 acciones, que se pagan en este acto, al contado y en dinero en efectivo; y, b) Con la suma de $2.000.000, equivalentes a 2.000 acciones, que se pagarán en el plazo de cinco años contado desde la fecha del presente instrumento. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 06 de agosto de 2020.