INMOBILIARIA ANBRAMAR LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 21 de julio de 2020
- Notario
- ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO
- Oficio
- Trigésima Sexta Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $10.000.000 CLP
- Domicilio
- Ciudad de Santiago, Región Metropolitana
- Duración
- 5 años a contar fecha escritura, renovables a su vencimiento en forma automática, tácita y sucesiva, y por períodos iguales si ninguno de los socios manifestare voluntad de ponerle término al final del período que estuviere en curso, mediante declaración efectuada por escritura pública, que se anotará al margen de la inscripción social, con una anticipación de a lo menos 6 meses al final del período respectivo
Objeto social
a) La adquisición, enajenación, compra, venta, construcción, explotación, desarrollo, arriendo, administración, loteamiento, y urbanización, en cualquier forma, de toda clase de bienes inmuebles, ya sea de carácter civil, comercial o industrial, por cuenta propia y)o ajena, y, en general, la ejecución de proyectos inmobiliarios; b) La administración, arrendamiento, explotación, y)o entrega bajo cualquier otro título de mera tenencia, de toda clase de inmuebles, en especial viviendas, edificios, galpones, bodegas, almacenes, centros de distribución y)o despacho de todo tipo de bienes, y oficinas con o sin instalaciones y)o equipamientos; c) La construcción, en general, de toda clase de obras civiles e industriales, por cuenta propia o de terceros; d) La planificación, elaboración y desarrollo de toda clase de proyectos inmobiliarios e industriales, por cuenta propia o de terceros, y la asesoría en la organización, evaluación y análisis de proyectos e inversiones mobiliarias, inmobiliarias, y comerciales; e) La prestación de servicios de logística, bodegaje, almacenamiento, custodia, distribución, despacho, administración, y manejo de toda clase de mercaderías, archivos y documentos; f) La prestación de asesorías en materias financieras, administrativas, de gestión, financieras, de inversiones, o de cualquier otra clase; g) La inversión, con fines rentísticos, en toda clase de bienes corporales e incorporales, muebles e inmuebles, tales como efectos de comercio, acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en fondos mutuos o de inversión, y en toda clase de títulos de crédito o valores mobiliarios, ya sea en Chile o en el extranjero, la administración de tales inversiones y la percepción de sus frutos o rentas; h) La participación en toda clase de sociedades, chilenas o extranjeras, civiles o comerciales, y cualquiera sea su objeto, para desarrollar los negocios a que se dedican estas sociedades o en las que ellas participan, y en todo tipo de comunidades o asociaciones; e i) En general, las demás actividades, negocios, actos o contratos, permitidos por la legislación chilena, sean o no complementarios con los anteriormente indicados, que los socios pudieran acordar en el futuro
Administración
La administración y representación de la sociedad, y uso de la razón social, corresponderá separada e indistintamente a Francisco Javier Andrighetti Cifuentes y a Jorge Andrés Andrighetti Cifuentes, con las más amplias facultades señaladas en escritura extractada
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Abogado, Notario Público, Titular de la Trigésima Sexta Notaría de Santiago, con oficio en La Concepción N° 65, Piso 2, comuna de Providencia, CERTIFICO: Por escritura pública de fecha 21 de Julio de 2020, REP. N°13.532-2020, otorgada ante mí, INVERSIONES BRANCO LIMITADA, domiciliada en Parcela N° 34, Península del León, Paine, e INVERSIONES ANDRIMARQ LIMITADA, domiciliada en Camino Turístico N° 11.340, Lo Barnechea, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada: Razón Social: "INMOBILIARIA ANBRAMAR LIMITADA”, pudiendo usar para todos los efectos legales, bancarios, publicitarios, ante el fisco y, en general, en cualquier gestión ante terceros, la abreviación "ANBRAMAR LTDA.". Objeto: a) La adquisición, enajenación, compra, venta, construcción, explotación, desarrollo, arriendo, administración, loteamiento, y urbanización, en cualquier forma, de toda clase de bienes inmuebles, ya sea de carácter civil, comercial o industrial, por cuenta propia y/o ajena, y, en general, la ejecución de proyectos inmobiliarios; b) La administración, arrendamiento, explotación, y/o entrega bajo cualquier otro título de mera tenencia, de toda clase de inmuebles, en especial viviendas, edificios, galpones, bodegas, almacenes, centros de distribución y/o despacho de todo tipo de bienes, y oficinas con o sin instalaciones y/o equipamientos; c) La construcción, en general, de toda clase de obras civiles e industriales, por cuenta propia o de terceros; d) La planificación, elaboración y desarrollo de toda clase de proyectos inmobiliarios e industriales, por cuenta propia o de terceros, y la asesoría en la organización, evaluación y análisis de proyectos e inversiones mobiliarias, inmobiliarias, y comerciales; e) La prestación de servicios de logística, bodegaje, almacenamiento, custodia, distribución, despacho, administración, y manejo de toda clase de mercaderías, archivos y documentos; f) La prestación de asesorías en materias financieras, administrativas, de gestión, financieras, de inversiones, o de cualquier otra clase; g) La inversión, con fines rentísticos, en toda clase de bienes corporales e incorporales, muebles e inmuebles, tales como efectos de comercio, acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en fondos mutuos o de inversión, y en toda clase de títulos de crédito o valores mobiliarios, ya sea en Chile o en el extranjero, la administración de tales inversiones y la percepción de sus frutos o rentas; h) La participación en toda clase de sociedades, chilenas o extranjeras, civiles o comerciales, y cualquiera sea su objeto, para desarrollar los negocios a que se dedican estas sociedades o en las que ellas participan, y en todo tipo de comunidades o asociaciones; e i) En general, las demás actividades, negocios, actos o contratos, permitidos por la legislación chilena, sean o no complementarios con los anteriormente indicados, que los socios pudieran acordar en el futuro. Capital: $10.000.000, que socios aportan en siguiente forma y proporción: 1) Inversiones Branco Limitada aporta $5.000.000, equivalentes a un 50% de los derechos y capital social, que entera al contado y en dinero efectivo, y que ingresan a la caja social; y 2) Inversiones Andrimarq Limitada aporta $5.000.000, equivalentes a un 50% de los derechos y capital social, que entera al contado y en dinero efectivo, y que ingresan a la caja social. Socios limitan responsabilidad al monto de sus aportes. Administración: La administración y representación de la sociedad, y uso de la razón social, corresponderá separada e indistintamente a Francisco Javier Andrighetti Cifuentes y a Jorge Andrés Andrighetti Cifuentes, con las más amplias facultades señaladas en escritura extractada. Duración: 5 años a contar fecha escritura, renovables a su vencimiento en forma automática, tácita y sucesiva, y por períodos iguales si ninguno de los socios manifestare voluntad de ponerle término al final del período que estuviere en curso, mediante declaración efectuada por escritura pública, que se anotará al margen de la inscripción social, con una anticipación de a lo menos 6 meses al final del período respectivo. Domicilio: Ciudad de Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio de sucursales o agencias que sus administradores puedan abrir o iniciar. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 06 de Agosto de 2020.