Instrumento
- Fecha
- 30 de julio de 2020
- Notario
- Eduardo Javier Diez Morello
- Oficio
- Trigésimo Cuarta Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Duración
- Indefinida
Objeto social
El objeto de la sociedad será: a) la realización de inversiones por cuenta propia o ajena en toda clase de bienes muebles e inmuebles, materiales o inmateriales, acciones, valores financieros, tales como depósitos, bonos, pagarés y otros instrumentos afines, tanto en Chile como en el extranjero; b) la administración, intermediación, corretaje, gestoría, construcción, subdivisión, urbanización y en general el desarrollo de todo tipo de actividades de explotación de toda clase bienes inmuebles; c) efectuar toda clase de operaciones de crédito de dinero, con excepción de aquellas reservadas por ley a las empresas bancarias y sociedades financieras. d) La representación en Chile y en el extranjero de todo tipo de compañías, empresas, marcas, franquicias, concesiones, agencias vinculadas o no al objeto social y en sus más amplias acepciones. e) Las asesorías y consultorías en materia de inversión y en gestión comercial, estratégica, digital, tributaria, financiera y legal, a todo tipo de empresas, personas, corporaciones y gobiernos, tanto a nivel nacional como en el extranjero, por medio de profesionales y técnicos. f) La sociedad podrá efectuar todas sus actividades tanto en Chile como en el extranjero y la sociedad podrá asociarse, incorporarse o efectuar inversiones en sociedades de cualquier naturaleza y objeto, sean chilenas o extranjeras, aun cuando su objeto social sea distinto e incluso no complementario con las actividades antes indicadas y, en general, ejecutar todo tipo de inversiones y toda clase de actos y contratos que estén directa o indirectamente relacionados con los objetos anteriormente señalados
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalEduardo Javier Diez Morello, Notario Público Titular de la Trigésimo Cuarta Notaría de Santiago, con oficio en calle Luis Thayer Ojeda número 359, Comuna de Providencia, Santiago, certifica que: Por escritura de fecha 30 de julio de 2020, ante mí, don Juan Carlos Benítez Ramírez, constituyó una Sociedad por Acciones. Nombre: El nombre o razón social será “INBEN SpA”. Duración: La duración de la Sociedad será indefinida. Objeto social: El objeto de la sociedad será: a) la realización de inversiones por cuenta propia o ajena en toda clase de bienes muebles e inmuebles, materiales o inmateriales, acciones, valores financieros, tales como depósitos, bonos, pagarés y otros instrumentos afines, tanto en Chile como en el extranjero; b) la administración, intermediación, corretaje, gestoría, construcción, subdivisión, urbanización y en general el desarrollo de todo tipo de actividades de explotación de toda clase bienes inmuebles; c) efectuar toda clase de operaciones de crédito de dinero, con excepción de aquellas reservadas por ley a las empresas bancarias y sociedades financieras. d) La representación en Chile y en el extranjero de todo tipo de compañías, empresas, marcas, franquicias, concesiones, agencias vinculadas o no al objeto social y en sus más amplias acepciones. e) Las asesorías y consultorías en materia de inversión y en gestión comercial, estratégica, digital, tributaria, financiera y legal, a todo tipo de empresas, personas, corporaciones y gobiernos, tanto a nivel nacional como en el extranjero, por medio de profesionales y técnicos. f) La sociedad podrá efectuar todas sus actividades tanto en Chile como en el extranjero y la sociedad podrá asociarse, incorporarse o efectuar inversiones en sociedades de cualquier naturaleza y objeto, sean chilenas o extranjeras, aun cuando su objeto social sea distinto e incluso no complementario con las actividades antes indicadas y, en general, ejecutar todo tipo de inversiones y toda clase de actos y contratos que estén directa o indirectamente relacionados con los objetos anteriormente señalados. Capital: El capital de la sociedad asciende a la cantidad de un millón de pesos y se divide y representa en cien acciones nominativas y sin valor nominal, íntegramente suscrito y pagado en dinero efectivo. Demás estipulaciones constan en escritura materia de este extracto.- Santiago, 05 de agosto de 2020.- Eduardo Javier Diez Morello. Notario Público.-