MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

DON SEGUNDO SpA

RUT 76485631-7 CVE 1797448
Fecha instrumento
23 de julio de 2020

Instrumento

Fecha
23 de julio de 2020
Notario
JORGE REYES BESSONE
Domicilio
San Miguel

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JORGE REYES BESSONE, abogado, Notario Público Titular de San Miguel, con domicilio en Gran Avenida José Miguel Carrera número cuatro mil ochocientos ochenta y seis, Comuna de San Miguel, certifico: Por escritura pública otorgada el 23 de julio de 2020, ante mí, Cristian Marcelo Figueroa Salazar, Los Helechos número 914, sector Patria Nueva, comuna de Huechuraba, Región Metropolitana;modificó la sociedad “DON SEGUNDO SpA”, en inscrita a fojas 53.498 número 31.190 en el Registro de Comercio del año 2015 del Conservador de Bienes Raíces de Santiago en siguiente sentido: Uno) Cambió el nombre o razón social por el de “Don Americo SpA”; Dos) Modificó la forma de administración de la Sociedad en sentido de establecer que ésta será ejercida por don Cristian Marcelo Figueroa Salazar; Tres) Reemplazó el texto del artículo primero por el siguiente: “ARTICULO PRIMERO: El nombre de la sociedad será “Don Americo SpA” que se regirá por las estipulaciones de estos estatutos y, en silencio de estos por las disposiciones de los artículos 424 y siguientes del Código de Comercio, de la ley numero dieciocho mil cuarenta y seis sobre Sociedades Anónimas y su respectivo Reglamento y sus modificaciones posteriores, y por las normas del Código Civil. Su domicilio será la ciudad de Santiago, pudiendo establecer agencias o sucursales en otros puntos del país el extranjero.”; y Cuatro) Reemplazó la primera parte del texto del artículo quinto por el siguiente: “ARTICULO QUINTO: La administración y representación de la Sociedad y el uso de la razón social corresponderán exclusivamente a don Cristian Marcelo Figueroa Salazar. El administrador, actuando individualmente y anteponiendo a su firma la razón social, representará a la sociedad judicial y extrajudicialmente y para el cumplimiento del objeto social, estando investido de todas las facultades de administración y disposición de bienes. Por vía ilustrativa y sin que la enumeración que sigue sea limitada o restrictiva, se deja constancia que el administrador estará investido, entre otras, de las siguientes facultades:”. En todo lo no modificado permanecen plenamente vigente el estatuto social. Santiago, 28 de julio de 2020. Jorge Reyes Bessone. Notario Público.