CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

Constructora, Inmobiliaria, Comercializadora e Inversiones Terra Sur SpA

CVE 1797483
Capital
$10.000.000 CLP
Fecha instrumento
21 de julio de 2020
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
21 de julio de 2020
Notario
RICARDO SALGADO SEPULVEDA
Domicilio
Talcahuano

Sociedad

N. fantasía
"Terra Sur SpA"
Capital
$10.000.000 CLP
Domicilio
Concepción
Duración
Indefinida

Objeto social

El objeto y giro de la Sociedad será a) El estudio y ejecución de todo tipo de obras y de proyectos de Ingeniería y Construcción, por cuenta propia o ajena; la realización de trabajos de edificación de obras civiles, tales como casas, edificios, caminos, puentes, represas, túneles, puertos aéreos o marítimos, ferrocarriles y otros; el desarrollo de proyectos inmobiliarios; la compra, venta, enajenación y arriendo de bienes raíces o muebles; la realización de loteos y obras de urbanización; la construcción, promoción y venta de centros comerciales, locales, oficinas, estacionamientos, edificios y viviendas, acogidas o no a sistemas de franquicias tributarias especiales o de subsidios habitacionales; y la implementación y realización, en general, de todo tipo de proyectos y de obras de Ingeniería y Construcción. b) La compraventa, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, corretaje u otra forma de explotación, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces, urbanos o rurales, por cuenta propia o ajena; la adquisición y enajenación de efectos de comercio y valores mobiliarios; la formación y la participación en sociedades, comunidades y asociaciones, cualquiera que sea su naturaleza o giro; y cualquier actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro, con la actividad inmobiliaria. Podrá, además invertir en bienes muebles, corporales o incorporales de toda clase, como ser: acciones, bonos, debentures; y, en general, invertir en cualquiera clase de valores mobiliarios, efectos públicos o de comercio, derechos en sociedades y demás bienes incorporales muebles, pudiendo adquirir y enajenar, a cualquier título, los señalados bienes y valores, administrarlos y percibir sus frutos. Para el cumplimiento de los objetos señalados, la sociedad podrá actuar por cuenta propia, ajena y)o asociada o en co-participación con terceros; c) La inversión de capitales, en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios; y d) La dedicación por cuenta propia o ajena al transporte, producción, comercialización y distribución al por mayor o menor de hormigones pre mezclados, áridos, arenas, ripios, fierros y todo otros materiales o armados de y para la construcción ya sean de inmuebles, caminos, obras menores, autopistas, puentes y que requieran las personas privadas, o instituciones fiscales, semifiscales, municipales y todas otras personas jurídicas, mediante vehículos propios, arrendados, dado en comodato, dedicándose incluso al arriendo de equipos de todo tipos, y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden. Capital $10.000.000, divididos en 10.000 acciones nominativas, de igual valor, sin valor nominal, las que serán emitidas sin imprimir láminas físicas de dichos títulos, y que se pagan de la siguiente forma: a) don VICTOR HUGO VALENZUELA MANOSALVA, suscribiendo en este acto SIETE MIL ACCIONES, por un valor de SIETE MILLONES DE PESOS y que entera en este acto en dinero efectivo a caja social; b) don FRANCISCO JAVIER AGUIRRE SAAVEDRA, suscribiendo en este acto TRES MIL ACCIONES, por un valor de TRES MILLONES DE PESOS y que entera en este acto en dinero efectivo a caja social

Administración

don VICTOR HUGO VALENZUELA MANOSALVA, y don FRANCISCO JAVIER AGUIRRE SAAVEDRA, en forma conjunta

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

RICARDO SALGADO SEPULVEDA, Abogado, Notario Público Titular de Talcahuano, con oficio en Hualpén, Autopista nueve mil, local veintidós, certifico: Por escritura pública de fecha 21 de julio de 2020, ante mí, VICTOR HUGO VALENZUELA MANOSALVA, domiciliado en Hernando de Santillán 162, departamento 305, Lomas de San Andrés, Concepción, y don FRANCISCO JAVIER AGUIRRE SAAVEDRA, domiciliado en Tucapel quinientos sesenta y cuatro, oficina treinta y cuatro, Concepción, constituyen una Sociedad por Acciones, Razón Social: "Constructora, Inmobiliaria, Comercializadora e Inversiones Terra Sur SpA", Nombre de Fantasía: "Terra Sur SpA". Domicilio: Concepción, sin perjuicio agencias o sucursales fuera o dentro del país. Administración: don VICTOR HUGO VALENZUELA MANOSALVA, y don FRANCISCO JAVIER AGUIRRE SAAVEDRA, en forma conjunta. Objeto: El objeto y giro de la Sociedad será a) El estudio y ejecución de todo tipo de obras y de proyectos de Ingeniería y Construcción, por cuenta propia o ajena; la realización de trabajos de edificación de obras civiles, tales como casas, edificios, caminos, puentes, represas, túneles, puertos aéreos o marítimos, ferrocarriles y otros; el desarrollo de proyectos inmobiliarios; la compra, venta, enajenación y arriendo de bienes raíces o muebles; la realización de loteos y obras de urbanización; la construcción, promoción y venta de centros comerciales, locales, oficinas, estacionamientos, edificios y viviendas, acogidas o no a sistemas de franquicias tributarias especiales o de subsidios habitacionales; y la implementación y realización, en general, de todo tipo de proyectos y de obras de Ingeniería y Construcción. b) La compraventa, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, corretaje u otra forma de explotación, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces, urbanos o rurales, por cuenta propia o ajena; la adquisición y enajenación de efectos de comercio y valores mobiliarios; la formación y la participación en sociedades, comunidades y asociaciones, cualquiera que sea su naturaleza o giro; y cualquier actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro, con la actividad inmobiliaria. Podrá, además invertir en bienes muebles, corporales o incorporales de toda clase, como ser: acciones, bonos, debentures; y, en general, invertir en cualquiera clase de valores mobiliarios, efectos públicos o de comercio, derechos en sociedades y demás bienes incorporales muebles, pudiendo adquirir y enajenar, a cualquier título, los señalados bienes y valores, administrarlos y percibir sus frutos. Para el cumplimiento de los objetos señalados, la sociedad podrá actuar por cuenta propia, ajena y/o asociada o en co-participación con terceros; c) La inversión de capitales, en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios; y d) La dedicación por cuenta propia o ajena al transporte, producción, comercialización y distribución al por mayor o menor de hormigones pre mezclados, áridos, arenas, ripios, fierros y todo otros materiales o armados de y para la construcción ya sean de inmuebles, caminos, obras menores, autopistas, puentes y que requieran las personas privadas, o instituciones fiscales, semifiscales, municipales y todas otras personas jurídicas, mediante vehículos propios, arrendados, dado en comodato, dedicándose incluso al arriendo de equipos de todo tipos, y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden. Capital $10.000.000, divididos en 10.000 acciones nominativas, de igual valor, sin valor nominal, las que serán emitidas sin imprimir láminas físicas de dichos títulos, y que se pagan de la siguiente forma: a) don VICTOR HUGO VALENZUELA MANOSALVA, suscribiendo en este acto SIETE MIL ACCIONES, por un valor de SIETE MILLONES DE PESOS y que entera en este acto en dinero efectivo a caja social; b) don FRANCISCO JAVIER AGUIRRE SAAVEDRA, suscribiendo en este acto TRES MIL ACCIONES, por un valor de TRES MILLONES DE PESOS y que entera en este acto en dinero efectivo a caja social. Duración: Indefinida. Demás cláusulas constan en escritura extractada. Hualpén, 05 de agosto de 2020.-