MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

TECNOLOGÍA AÉREA PROFESIONAL SpA

RUT 77035794-2 CVE 1796807
Capital
$80.000.000 CLP
Fecha instrumento
4 de junio de 2019
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
4 de junio de 2019
Notario
GINO PAOLO BENEVENTI ALFARO
Oficio
45° Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$80.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

GINO PAOLO BENEVENTI ALFARO, abogado, Notario Público Interino de la 45° Notaría de Santiago, calle Paseo Huérfanos N°979, 7° piso, comuna de Santiago, Región Metropolitana: Certifica: Por escritura pública de hoy, ante mí, doña MONICA CLAUDIA VARETTO ARMSTRONG, C.I. N°11.125.085-5, y don CRISTIÁN ROBERTO SILVA COURT, C.I. N°8.688.694-4, ambos domiciliados en Fundo La Isla sin número, comuna de María Pinto, Región Metropolitana, de paso en ésta; exponen: Por escritura pública de fecha 4 de junio de 2019, otorgada en la Notaría de Santiago de doña Valeria Ronchera Flores, constituyó una Sociedad por Acciones, cuya razón social es "TECNOLOGÍA AÉREA PROFESIONAL SpA", su extracto se inscribió en el Registro de Comercio de Santiago, a fojas 51.253, Nº 25.390 del año 2019 y se publicó en el Diario Oficial de fecha 22 de junio del año 2019. El capital de la sociedad es la suma de $80.000.000.-, dividido en 80.000 acciones ordinarias, nominativas, de una sola serie y sin valor nominal La sociedad no ha tenido modificaciones. MODIFICACION. Los comparecientes, representantes legales y únicos accionistas de la sociedad, en virtud de lo establecido en el artículo 427 del Código de Comercio, vienen por el presente instrumento en modificar el ARTICULO SEPTIMO del pacto social, referente a la administración de la sociedad, en el siguiente sentido: "La administración de la Sociedad le corresponderá a doña MONICA CLAUDIA VARETTO ARMSTRONG, chilena, casada y separada de bienes, ingeniero, C.I. N°11.125.085-5, y a don CRISTIÁN ROBERTO SILVA COURT, chileno, casado y separado totalmente de bienes, empresario, C.I. N°8.688.694-4, quienes podrán actuar de forma conjunta o separada con las más amplias facultades de administración y disposición de bienes, incluso la facultad de autocontratar. En todo lo que no se modifica por este instrumento, seguirán vigentes las estipulaciones del pacto social. Santiago, 29 de julio de 2020.