INMOBILIARIA SAN IGNACIO SpA
Instrumento
- Fecha
- 12 de junio de 2020
- Repertorio
- 8306-2020
- Notario
- María Patricia Donoso Gomien
- Oficio
- 27° Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Duración
- Por último, sanearon la escritura de saneamiento de fecha 12 de junio de 2020, repertorio 6334-2020, otorgada ante mí, cuyo vicio consiste en la inscripción tardía de su extracto en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Temuco
- Ley aplicable
- ley 19.499
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMaría Patricia Donoso Gomien, abogado, Notario Público Titular de la 27° Notaría de Santiago, con oficio en calle Orrego Luco 0153, Providencia, certifica: Por escritura pública de fecha treinta de Julio de 2020, repertorio 8306-2020, ante mí FRANCISCO FERRADA CULACIATI, abogado, en representación de GONZALO IGNACIO VENEGAS REVECO y de AGRÍCOLA SANTA MARÍA LIMITADA, en su calidad de únicos accionistas de la sociedad INMOBILIARIA SAN IGNACIO SpA,, sanearon, en conformidad a lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 428 del Código de Comercio y en la ley 19.499, los vicios cometidos en la transformación de la sociedad COMPAÑÍA INMOBILIARIA SAN IGNACIO SOCIEDAD CIVIL en INMOBILIARIA SAN IGNACIO SpA, que consta en escritura pública de fecha once de febrero de dos mil veinte, otorgada en la Notaría de Temuco de Carlos Fernando Alarcón Ramírez, Repertorio 880-2020, consistentes en la falta de inscripción dentro de plazo en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Temuco del extracto de la escritura pública de transformación. Asimismo, rectificaron la escritura de saneamiento de fecha 12 de junio de 2020, repertorio 6334-2020, otorgada ante mí, en el sentido de indicar que el extracto de la escritura de transformación sí fue publicado a tiempo en el Diario oficial, más no inscrito dentro de plazo. Por último, sanearon la escritura de saneamiento de fecha 12 de junio de 2020, repertorio 6334-2020, otorgada ante mí, cuyo vicio consiste en la inscripción tardía de su extracto en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Temuco. Demás estipulaciones constan de escritura extractada. Santiago, 04 de Agosto de 2020.