ESTÉTICA ANCONA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 24 de julio de 2020
- Notario
- RAFAEL PINOCHET CAVIERES
- Domicilio
- Titular Olimpia Schneider Moenne-Loccoz
Sociedad
- Capital
- $2.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalRAFAEL PINOCHET CAVIERES, Notario Público Suplente de la Titular Olimpia Schneider Moenne-Loccoz, a cargo de la 31 Notaría, Huérfanos 1055 local 328, Santiago, CERTIFICA: Por escritura de fecha 24 de Julio de 2020, ante mí, don STEFANO GIANGABRIELE ANZIANI CONTRERAS, domiciliado para estos efectos en Sazie 1952, comuna y ciudad de Santiago, don GIAN PIERO ALESSANDRO ANZIANI CONTRERAS, domiciliado para estos efectos en Sazie 1952, comuna y ciudad de Santiago, y don MICHELANGELO GIUSEPPE ANZIANI CONTRERAS, domiciliado para estos efectos en Sazie 1952, comuna y ciudad de Santiago, por si y en representación de don CESAR GABRIEL ANZIANI RIQUELME, con domicilio en Sazie 1952, comuna y ciudad de Santiago, y doña MARÍA ANGÉLICA CONTRERAS OSSANDON, con domicilio en Sazie 1952, comuna y ciudad de Santiago; modifican “ESTÉTICA ANCONA LIMITADA”, RUT 76.170.660-8, constituida con fecha 26 de Diciembre de 2013, ante el Notario Público titular de Rancagua Don JAIME BERNALES VALENZUELA, cuyo extracto inscrito en el Registro de Comercio de Santiago a fojas 5.235 Nº4.081 año 2004, en sentido que: Don Stefano Giangabriele Anziani Contreras, don Gian Piero Alessandro Anziani Contreras y don Michelangelo Giuseppe Anziani Contreras, ceden y transfiere la totalidad de sus derechos equivalentes al 30% del interés social a don Cesar Gabriel Anziani Contreras y doña María Angélica Contreras Ossandon, quienes los adquieren y aceptan para sí en partes iguales en $600.000, pagados en este acto recibidos a entera satisfacción. Quedan como únicos socios don Cesar Gabriel Anziani Riquelme y doña María Angélica Contreras Ossandon con un 50% de los derechos sociales para cada uno, y acuerdan que la representación legal y uso de la razón social corresponderá exclusivamente a Don César Gabriel Anziani Riquelme y doña María Angélica Contreras Ossandon quienes gozarán de las facultades otorgadas en la cláusula novena de la escritura social.” Capital: $2.000.000.- Demás estipulaciones en escritura que se extracta. Santiago, 04 de Agosto de 2020.