COMERCIAL ARAUCARIA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 19 de junio de 2020
- Notario
- HERNAN FUENTES ACEVEDO
- Oficio
- Tercera Notaria de Curicó
- Comuna
- Curicó
Sociedad
- Capital
- $10.000.000 CLP
- Domicilio
- Será en Las Araucarias Dos Nº 612 de la Comuna de Romeral
- Duración
- CINCO AÑOS contados desde la fecha del presente instrumento, término que se entenderá prorrogado tácita y automáticamente por periodos iguales y sucesivos de cinco años, a menos que uno de los socios manifieste su voluntad expresa de ponerle término a la expiración del plazo original o de alguna de sus prórrogas, mediante declaración hecha por escritura pública de la cual deberá tomarse nota al margen de la inscripción social del Registro de Comercio correspondiente, con al menos noventa días de anticipación a la fecha prevista para su expiración
Objeto social
La actividad económica de la Empresa será: a) La comercialización, compraventa y distribución al por mayor y menor de materiales construcción, maderas, casas prefabricadas, excedentes industriales, máquinas, herramientas, artefactos para industria y domésticos, motores, instrumentos, repuestos y accesorios, fierros, plásticos, pinturas y otros materiales de ferretería y toda otra actividad relacionada directa o indirectamente con el ramo o rubro de Ferretería y que los socios acuerden; b) El transporte terrestre de carga y de todo tipo de mercaderías y bienes muebles, por cuenta propia o ajena, dentro o fuera del territorio nacional, mediante vehículos motorizados propios o ajenos, tomados en arrendamiento o en leasing o encomendado a terceros y en general todo lo relacionado con el flete, traslado y transporte por carreteras de toda clase de bienes; la representación de personas naturales o jurídicas que presten estos servicios; c) la explotación de locales comerciales destinados a prestar servicio de lubricentro, tanto en lo relativo a cambio de aceites, engrases, lavado de automóviles, venta y compra de aceites, filtros, repuestos, herramientas, neumáticos y accesorios automotrices; y, d) La distribución y comercialización al por menor o al por mayor de toda clase de o tipo de artículos de perfumería, paquetería, bazar, librería, juguetería, menaje de casa y textil, prendas de vestir, telas y accesorios, así como la importación y exportación de los mismos y cualquiera otra actividad, operación o negocio relacionado con lo anterior y que los socios acuerden
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalHERNAN FUENTES ACEVEDO, abogado, Notario Público Titular Tercera Notaria de Curicó, con oficio en calle Carmen 498 de Curicó, certifica: por escritura ante Notario suplente de mi don Roberto Preller Araya, de fecha diecinueve de Junio de dos mil veinte, Repertorio número 1.239-2020, don LUIS RODRIGO GOMEZ ARAYA, chileno, cédula de identidad N° 14.567.055-1, Contratista, casado y separado de bienes, con domicilio en Avenida Libertad Nº 1958 de la Comuna de Romeral; y, doña CLAUDIA ANDREA ARAYA MUÑOZ, chilena, Administrativa, casada y separada de bienes, cédula de identidad Nº 13.267.200-8, domiciliada en Avenida Libertad Nº 1958 de la Comuna de Romeral; mayores de edad, constituyeron sociedad responsabilidad limitada “COMERCIAL ARAUCARIA LIMITADA”, pudiendo abreviarse la palabra “Limitada” en LTDA.- Sin embargo, usar y actuar también con el nombre de fantasía de “FERRETERIA ARUCARIA”, para actuar en todas sus actividades y ante todos los organismos públicos o privados incluso Bancos, Servicio de Impuestos Internos, Tesorería General de la República y restantes órganos, organismos y personas naturales y jurídicas. Objeto: La actividad económica de la Empresa será: a) La comercialización, compraventa y distribución al por mayor y menor de materiales construcción, maderas, casas prefabricadas, excedentes industriales, máquinas, herramientas, artefactos para industria y domésticos, motores, instrumentos, repuestos y accesorios, fierros, plásticos, pinturas y otros materiales de ferretería y toda otra actividad relacionada directa o indirectamente con el ramo o rubro de Ferretería y que los socios acuerden; b) El transporte terrestre de carga y de todo tipo de mercaderías y bienes muebles, por cuenta propia o ajena, dentro o fuera del territorio nacional, mediante vehículos motorizados propios o ajenos, tomados en arrendamiento o en leasing o encomendado a terceros y en general todo lo relacionado con el flete, traslado y transporte por carreteras de toda clase de bienes; la representación de personas naturales o jurídicas que presten estos servicios; c) la explotación de locales comerciales destinados a prestar servicio de lubricentro, tanto en lo relativo a cambio de aceites, engrases, lavado de automóviles, venta y compra de aceites, filtros, repuestos, herramientas, neumáticos y accesorios automotrices; y, d) La distribución y comercialización al por menor o al por mayor de toda clase de o tipo de artículos de perfumería, paquetería, bazar, librería, juguetería, menaje de casa y textil, prendas de vestir, telas y accesorios, así como la importación y exportación de los mismos y cualquiera otra actividad, operación o negocio relacionado con lo anterior y que los socios acuerden.- Capital: $10.000.000., que los socios aportan y enteran de la siguiente forma: Uno) Don LUIS RODRIGO GOMEZ ARAYA, Aporta, la cantidad de “Un millon de pesos” ($1.000.000.-) equivalentes al 10 por ciento del capital social” (10%), que se entera en dinero efectivo y que ingresa a caja social; y, Dos) Doña CLAUDIA ANDREA ARAYA MUÑOZ, Aporta, la cantidad de “Nueve millones de pesos” ($9.000.000.-) equivalentes al noventa por ciento del capital social” (90%), que se entera en dinero efectivo y que ingresa a caja social.- Administración y uso de razón social: La administración y el uso de la razón social corresponderá a socia CLAUDIA ANDREA ARAYA MUÑOZ, quien anteponiendo la razón social a su firma, la representará con las más amplias facultades de administración y disposición. Duración: CINCO AÑOS contados desde la fecha del presente instrumento, término que se entenderá prorrogado tácita y automáticamente por periodos iguales y sucesivos de cinco años, a menos que uno de los socios manifieste su voluntad expresa de ponerle término a la expiración del plazo original o de alguna de sus prórrogas, mediante declaración hecha por escritura pública de la cual deberá tomarse nota al margen de la inscripción social del Registro de Comercio correspondiente, con al menos noventa días de anticipación a la fecha prevista para su expiración. Domicilio: Será en Las Araucarias Dos Nº 612 de la Comuna de Romeral, sin perjuicio de las agencias, sucursales, locales, predios, negocios y/o dependencias de cualquier índole que establezca en otras ciudades del país o en el extranjero. Otras estipulaciones escritura social extractada. Curicó, 19 de Junio de 2020.-