ALMEYDA & HORMAZÁBAL DESARROLLO Y GESTIÓN DE PROYECTOS SpA
Instrumento
- Fecha
- 10 de julio de 2020
- Repertorio
- 5574-20
- Notario
- ESMIRNA VIDAL MORAGA
- Domicilio
- Temuco
Sociedad
- Domicilio
- ciudad de Temuco, región de La Araucanía
- Duración
- Indefinida
Objeto social
El objeto o giro de La Sociedad será, por cuenta propia, de terceros o asociada a terceros, dentro y fuera del territorio de La República de Chile: a)Diseñar, producir, programar, elaborar y manufacturar toda clase de bienes muebles, corporales, incorporales o intangibles; b) Comercializar, vender, arrendar, importar y)o exportar los bienes recién señalados; c) La inversión y explotación de estos bienes, en especial de intangibles como invenciones, signos distintivos, investigaciones y desarrollos, innovaciones, creaciones estéticas e intelectuales de todo tipo, sea que se encuentran protegidas o no como patentes de invención, marcas comerciales, modelos de utilidad, dibujos y)o diseños industriales, derechos de autor, derechos conexos, derechos de imagen o cualesquier otro que proteja el producto del intelecto humano; incluidos la explotación de licencias de títulos de propiedad intelectual y)o industrial; y d)La asesoría técnica y la prestación de todo tipo de servicios científicos y tecnológicos, de laboratorio, de servicios médicos y odontológicos, de investigación básica, investigación aplicada y de desarrollo experimental en todas las áreas de las ciencias, de ingeniería y biotecnología, químicos y farmacéuticos; e) La inversión en todo tipo de bienes muebles e inmuebles, corporales o incorporales
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalESMIRNA VIDAL MORAGA, Notario Público Titular de Temuco, con oficio en calle A. Varas Nº979, certifica: Por escritura pública otorgada ante mí, con fecha 10.07.2020, Repertorio N°5574-20, doña Javiera Alejandra Bolívar Almeyda, estado civil soltera, nacionalidad chilena, profesión Diseñadora, cédula de identidad número diez y ocho millones setecientos diez y nueve mil ochocientos ochenta y tres guion seis, domiciliado en Millahue cero ochocientos sesenta y tres, comuna de Temuco, y doña Mariana Alejandra Hormazábal Mora, estado civil soltera, nacionalidad chilena, profesión Ingeniera civil industrial mención informática, cédula de identidad número diez y ocho millones cuatrocientos ochenta y cinco mil novecientos treinta y nueve guion cuatro, domiciliado en Quetru novecientos cuarenta y uno, comuna de Temuco, constituyeron una sociedad por acciones bajo el nombre de ALMEYDA & HORMAZÁBAL DESARROLLO Y GESTIÓN DE PROYECTOS SpA. Domicilio: ciudad de Temuco, región de La Araucanía. Duración: indefinida. Objeto: El objeto o giro de La Sociedad será, por cuenta propia, de terceros o asociada a terceros, dentro y fuera del territorio de La República de Chile: a)Diseñar, producir, programar, elaborar y manufacturar toda clase de bienes muebles, corporales, incorporales o intangibles; b) Comercializar, vender, arrendar, importar y/o exportar los bienes recién señalados; c) La inversión y explotación de estos bienes, en especial de intangibles como invenciones, signos distintivos, investigaciones y desarrollos, innovaciones, creaciones estéticas e intelectuales de todo tipo, sea que se encuentran protegidas o no como patentes de invención, marcas comerciales, modelos de utilidad, dibujos y/o diseños industriales, derechos de autor, derechos conexos, derechos de imagen o cualesquier otro que proteja el producto del intelecto humano; incluidos la explotación de licencias de títulos de propiedad intelectual y/o industrial; y d)La asesoría técnica y la prestación de todo tipo de servicios científicos y tecnológicos, de laboratorio, de servicios médicos y odontológicos, de investigación básica, investigación aplicada y de desarrollo experimental en todas las áreas de las ciencias, de ingeniería y biotecnología, químicos y farmacéuticos; e) La inversión en todo tipo de bienes muebles e inmuebles, corporales o incorporales. Capital social: DOS MILLONES DE PESOS, cantidad que los socios aportan y enteran en la siguiente proporción: doña Javiera Alejandra Bolívar Almeyda se obliga a enterar el equivalente al ochenta por ciento del capital social, mediante el aporte de un millón seiscientos mil pesos, y doña Mariana Alejandra Hormazábal Mora se obliga a enterar el equivalente al veinte por ciento del capital social, mediante el aporte de cuatrocientos mil pesos; dividido en veinte mil acciones nominativas, todas de una misma serie y de igual valor, sin valor nominal ni privilegios, que los comparecientes pagan en este acto de contado y en dinero efectivo, suma que ingresa en arcas sociales. Demas estipulaciones en escritura extractada. Doy Fe.- Temuco, 06 de Agosto de 2020.