CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

Inversiones Gramagu SpA

CVE 1795931
Capital
$1.000.000 CLP
Notaría
Santiago

Instrumento

Repertorio
11954-2020
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP

Objeto social

La sociedad tendrá por

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Verónica Torrealba Costabal, Notario Suplente del Titular de la 33ª Notaria de Santiago, don Iván Torrealba Acevedo, Huérfanos 979 Oficina 501, Santiago, certifica: que por escritura pública de hoy, Repertorio N° 11.954-2020, ante mí, Matías Correa Aldunate y María del Pilar Cifuentes Ortíz constituyeron una sociedad por acciones, cuyas menciones extractables son: Nombre: Inversiones Gramagu SpA, pudiendo usar dicho nombre y la abreviación Gramagu SpA para fines comerciales y bancarios. Capital: $1.000.000.- dividido en 1.000 acciones ordinarias, nominativas, de igual valor, de una misma serie y sin valor nominal, íntegramente suscrito y pagado por los accionistas fundadores, de contado y en dinero efectivo, según el siguiente detalle: Matías Correa Aldunate suscribe y paga 950 acciones por un monto de $950.000.- y María del Pilar Cifuentes Ortíz suscribe y paga 50 acciones por un monto de $50.000.-. Objeto: La sociedad tendrá por objeto: (i) La inversión por cuenta propia o ajena en bienes muebles e inmuebles de cualquier naturaleza, sean estos corporales o incorporales, tales como bonos, acciones, debentures y otros valores mobiliarios, títulos de crédito y cualquier tipo de negocio en el mercado de capitales, pudiendo comprar, vender dichos bienes, darlos en arrendamiento, usufructo o cualquier forma de cesión de uso y goce, percibir sus frutos o rentas; (ii) La inversión o participación en sociedades de cualquier naturaleza jurídica u objeto, y en general efectuar por si misma y/o a través de terceros cualquier tipo de negocios lícitos que acuerden los socios; (iii) la comercialización de todo tipo de bienes, corporales o incorporales, muebles o inmuebles, pudiendo al efecto importar y exportar, distribuir y publicitar dichos bienes; (iv) la prestación de todo tipo de asesorías y consultorías profesionales en materias financieras, comerciales, económicas, administrativas, marketing y otras afines o complementarias a las señaladas; y (v) cualquier otra actividad permitida por la legislación chilena relacionada a las anteriores que permita el cumplimiento de las mismas. Para el cumplimiento de dichos fines sociales, la sociedad podrá constituir, integrar, modificar y participar en sociedades de cualquier clase u objeto, asociaciones, comunidades, cooperativas, sea que existan actualmente o que se formen en el futuro, disolverlas, liquidarlas, pudiendo servir o actuar como socia gestora de sociedades en comandita de cualquier clase o de socia gestora partícipe en asociaciones o cuentas en participación. Demás estipulaciones constan en escritura pública que se extracta. Santiago, 3 de Agosto del 2020.