MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Inversiones e Inmobiliaria BMA Limitada

RUT 76275694-3 CVE 1796449
Capital
$4.000.000 CLP
Fecha instrumento
20 de julio de 2020
Notaría
Santiago
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
20 de julio de 2020
Notario
Luis Ignacio Manquehual Mery
Oficio
8va Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$4.000.000 CLP
Domicilio
El domicilio de la sociedad es la ciudad de Santiago
Duración
Indefinida

Objeto social

El objeto de la sociedad será la adquisición y enajenación de bienes raíces, su explotación directa o indirecta y de cualquier forma; inversión en bienes muebles de cualquier naturaleza, corporales o incorporales, tales como acciones, bonos , debentures, y en general en cualquier clase de valores mobiliarios y efectos de comercio, ya sea de emisión pública o privada; prestar asesoría de todo tipo y administrar inversiones de terceros realizando todas las actividades conexas o conducentes a los objetivos señalados u otros negocios que digan relación directa con los giros de la sociedad. Para el cumplimiento de estos objetos, la sociedad podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos e incluso formar sociedades o ingresar a ellas

Administración

La Sociedad será representada legalmente por un Director Ejecutivo designado por acuerdo de la Junta de Accionistas, del que se dejará constancia en un acta que deberá ser protocolizada o reducida a escritura pública, y ante imposibilidad o impedimento suyo, circunstancia que no será necesario acreditar a terceros, por uno o más Directores Provisionales designados de la misma forma. De acuerdo a lo establecido en el Artículo Segundo Transitorio de los Estatutos Sociales se nombró Director Ejecutivo a doña Paula Andrea Csendes González y como Directores Provisionales a don Claudio Andrés Panza Vega y a don Benjamín Andrés Panza Csendes

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Luis Ignacio Manquehual Mery, Notario Público Titular de la 8va Notaría de Santiago, domiciliado en Huérfanos N° 941, oficina 302, Santiago, certifica: que por escritura pública de fecha 20 de julio de 2020, ante mí, don Claudio Andrés Panza Vega, doña Paula Andrea Csendes González y don Benjamín Andrés Panza Csendes, todos domiciliados para estos efectos en calle Luis Thayer Ojeda N° 0191, oficina 306, comuna de Providencia, ciudad de Santiago; quienes transformaron y modificaron la sociedad de responsabilidad limitada “INVERSIONES E INMOBILIARIA BMA LIMITADA”, inscrita a Fs. 46.959, N° 31.312 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2013. Transformación: don Claudio Andrés Panza Vega y doña Paula Andrea Csendes González, siendo titulares del 100% de los derechos sociales, transformaron la sociedad “Inversiones e Inmobiliaria BMA Limitada”, en una sociedad por acciones, la que se regirá por sus propios estatutos y en lo no previsto en ellos por las disposiciones del párrafo octavo del Código de Comercio y demás normas supletorias aplicables. Razón Social: El nombre o razón social de la sociedad por acciones es “INVERSIONES E INMOBILIARIA BMA SpA” la que también y para todos los efectos legales, tributarios y bancarios, además de los comerciales propios de su giro, podrá emplear el nombre de fantasía de “BMA SpA”. Objeto: El objeto de la sociedad será la adquisición y enajenación de bienes raíces, su explotación directa o indirecta y de cualquier forma; inversión en bienes muebles de cualquier naturaleza, corporales o incorporales, tales como acciones, bonos , debentures, y en general en cualquier clase de valores mobiliarios y efectos de comercio, ya sea de emisión pública o privada; prestar asesoría de todo tipo y administrar inversiones de terceros realizando todas las actividades conexas o conducentes a los objetivos señalados u otros negocios que digan relación directa con los giros de la sociedad. Para el cumplimiento de estos objetos, la sociedad podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos e incluso formar sociedades o ingresar a ellas. Administración: La Sociedad será representada legalmente por un Director Ejecutivo designado por acuerdo de la Junta de Accionistas, del que se dejará constancia en un acta que deberá ser protocolizada o reducida a escritura pública, y ante imposibilidad o impedimento suyo, circunstancia que no será necesario acreditar a terceros, por uno o más Directores Provisionales designados de la misma forma. De acuerdo a lo establecido en el Artículo Segundo Transitorio de los Estatutos Sociales se nombró Director Ejecutivo a doña Paula Andrea Csendes González y como Directores Provisionales a don Claudio Andrés Panza Vega y a don Benjamín Andrés Panza Csendes. Capital: El capital de la sociedad es la cantidad de $4.000.000, dividido en 400.000 acciones ordinarias, nominativas y sin valor nominal, el cual se encuentra suscrito y pagado de acuerdo a lo establecido en el artículo primero transitorio de los estatutos sociales. Duración: La duración de la sociedad es indefinida. Domicilio: El domicilio de la sociedad es la ciudad de Santiago, sin perjuicio de las sucursales, agencias u oficinas que establezca en el resto del país o en el extranjero. Modificación: Por otro lado, don Claudio Andrés Panza Vega y doña Paula Andrea Csendes González, siendo titulares del 100% de las acciones de la sociedad, acordaron modificar el capital social, aumentándolo de $4.000.000 dividido en 400.000 acciones, a la suma de $30.0000.000, dividido en 3.000.000 de acciones nominativas, de una serie y sin valor nominal, considerando un aumento efectivo de $26.000.000 mediante la emisión de 2.600.000 nuevas acciones de pago, de igual valor cada una y sin valor nominal, de características y serie iguales a las ya existentes, representativas de la suma total a la que asciende el aumento de capital. Como consecuencia del aumento de capital acordado, se acordó reemplazar el Artículo Quinto del Pacto Social por el siguiente nuevo texto: “ARTÍCULO QUINTO: Capital. El capital de la Sociedad es la cantidad de $30.000.000, dividido en 3.000.000 acciones ordinarias, nominativas y sin valor nominal. El capital de la Sociedad ha sido suscrito y pagado de acuerdo a lo establecido en el artículo primero transitorio de estos estatutos”; asimismo, se acordó modificar también el artículo primero transitorio, el cual es reemplazado por el siguiente nuevo texto: “ARTÍCULO TERCERO TRANSITORIO: El capital de la Sociedad es la cantidad de $30.000.000, dividido en 3.000.000 acciones ordinarias, nominativas y sin valor nominal, el cual se encuentra suscrito y pagado de la siguiente manera: a) don Claudio Andrés Panza Vega, suscribe cuatrocientas cincuenta mil acciones por un valor total de cuatro millones quinientos mil pesos, los cuales ya se encuentran enterados en caja social; b) doña Paula Andrea Csendes González, suscribe trescientas sesenta mil acciones, por la suma total de tres millones seiscientos mil pesos, los cuales ya se encuentran enterados en caja social; c) don Benjamín Andrés Panza Csendes, suscribe setecientos cincuenta mil acciones por un valor total de siete millones quinientos mil pesos, de los cuales entera en caja social con esta fecha quinientos mil pesos, obligándose a pagar los restantes siete millones de pesos en el plazo de un año a contar de la fecha de la presente escritura; la cantidad de un millón cuatrocientas cuarenta mil acciones quedarán pendientes de suscripción y pago, por el plazo de un año contados desde la fecha de la presente escritura”. Luis Ignacio Manquehual Mery, Notario Público Titular, Santiago, 20 de julio de 2020.