MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

TRANSPORTES GALLEGUILLOS Y ESCOBAR LIMITADA

RUT 76410127-8 CVE 1794682
Capital
$9.000.000 CLP
Fecha instrumento
3 de agosto de 2020
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
3 de agosto de 2020
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$9.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Clovis Toro Campos, Titular 13 Notaría Santiago, Compañía 1312, certifico: Por escritura pública hoy ante mí; GUSTAVO JESÚS GALLEGUILLOS ALVARADO, C.I. Nº 9.541.974-7, empresario, Cuatro de Septiembre Nº 31, Talagante, Santiago; LUZ ELIANA ESCOBAR INOSTROZA, C.I. Nº 10.288.308-K, empresaria, Avenida Lucas Pacheco Nº 2845, Talagante, Santiago; y CAMILA RENATA GALLEGUILLOS ESCOBAR, C.I. Nº 17.803.000-0, empresaria, Cuatro de Septiembre Nº 31, Talagante, Santiago; modificaron sociedad “SOCIEDAD DE TRANSPORTES GALLEGUILLOS Y ESCOBAR LIMITADA”, del giro de su denominación, RUT. Nº 76.410.127-8, inscrita fs. 175 Nro. 118, Registro de Comercio año 2014, del C.B.R. de Talagante, en la referida sociedad el capital social fue de $9.000.000.- Modificación consiste en que CAMILA RENATA GALLEGUILLOS ESCOBAR, vende, cede y transfiere el 15% de los haberes y derechos sociales a LUZ ELIANA ESCOBAR INOSTROZA, en la suma de $1.350.000.-, de contado, en dinero efectivo; en consecuencia la sociedad “SOCIEDAD DE TRANSPORTES GALLEGUILLOS Y ESCOBAR LIMITADA”, conformada por los socios GUSTAVO JESÚS GALLEGUILLOS ALVARADO, con el 70% haberes y derechos sociales y LUZ ELIANA ESCOBAR INOSTROZA, con el 30% de los haberes y derechos sociales.- Los actuales socios acuerdan modificar la cláusula Cuarto de los estatutos sociales, respecto de la administración, el uso de la razón social y sus facultades; y para ello acuerdan modificar y/o reemplazar en su parte pertinente el artículo CUARTO de los estatutos de la sociedad, en el sentido que la administración y el uso de la razón social corresponderá al socio Gustavo Jesús Galleguillos Alvarado, quien actuando por la sociedad y anteponiendo a su firma la razón social, representará a la sociedad con las más amplias facultades.- En lo no modificado continúan vigente pacto primitivo. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 03 de Agosto de 2020.-