SERVICIOS MÉDICOS AMBULATORIOS LETTER-AVERCLARO SpA
Instrumento
- Fecha
- 3 de julio de 2020
- Notario
- ALEJANDRO AMERICO ALVAREZ BARRERA
- Oficio
- Cuadragésima Primera Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $2.000.000 CLP
- Domicilio
- comuna de San Miguel
Objeto social
Para tales efectos, la sociedad podrá realizar cualquier otra actividad que acuerden los accionistas, ligada al objeto social, sin necesidad de modificar el estatuto social, pudiendo incluso desarrollar sus actividades directamente o constituyendo otras sociedades al efecto, en las que podrá ser socia gestora y tener la administración de ellas; otorgar por cuenta propia o asociado con terceros o por cuenta de estos, todo tipo de servicios de prestación de salud, procedimientos y servicios médicos, oftalmológicos y de medicina en general, diagnósticos y tratamientos de enfermedades, cirugías ambulatorias o de internación; la instalación, y explotación comercial de todo tipo de centros médicos, clínicos y relacionados a servicios del área de la salud; la obtención de rentas inmobiliarias mediante la venta, arriendo, subarriendo, concesión, usufructo o cualquier otra forma de cesión del uso de bienes raíces, propios o ajenos, la explotación de éstos en cualquier forma y cualquier otro objeto relacionado con lo anterior que acuerden a futuro los accionistas; la sociedad podrá desarrollar total o parcialmente su giro, por cuenta propia o ajena, o por medio de otras sociedades en las que participe o forme al efecto, pudiendo tener en ellas inclusive la calidad de socia gestora; la inversión para la obtención de rentas civiles, en toda clase de bienes, corporales e incorporales, muebles e inmuebles, sin limitación alguna, tales como bienes raíces, urbanos y agrícolas, depósitos a plazo, cuotas de fondos mutuos, y de inversión, acciones, bonos, letras y mutuos hipotecarios, incluso formar parte o tomar participación en otras sociedades, cualquiera sea su naturaleza, existentes o que se constituyen en lo futuro; y en general cualquier actividad que acuerden los
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalALEJANDRO AMERICO ALVAREZ BARRERA, Notario Público de la Cuadragésima Primera Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos número mil ciento sesenta, subsuelo, suplente del Titular don FELIX JARA CADOT, según Decreto Judicial número trescientos veintiuno guión dos mil veinte, de fecha quince de junio del año en curso, de la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Santiago, certifico: Por escritura hoy ante mi, don MIGUEL RÍO DEL AMO, cédula de identidad 14.707.972-9, y don CÉSAR RODRIGO ROJAS VIZCARRA, cédula de identidad 8.5520.806-3, ambos en representación legal de SOCIEDAD OFTALMOLÓGICA AVERCLARO SpA, Rut 76.382.973-1, todos Avenida Gran Avenida 4.564, San Miguel, y don MATÍAS NICOLÁS LETTER SANHUEZA, cédula de identidad 12.108.428-7, Avenida Gran Avenida 4.564, comuna de San Miguel. Constituyen sociedad por acciones. Nombre de la sociedad o razón social: “SERVICIOS MÉDICOS AMBULATORIOS LETTER-AVERCLARO SpA”, nombre de fantasía “SERVIMED AMBULATORIOS SPA”. Domicilio: comuna de San Miguel, sin perjuicio de poder establecer agencias y sucursales en otros lugares del país o del extranjero. La duración de la sociedad será indefinida. El objeto de la Sociedad será la prestación de servicios profesionales, personales o educacionales en las diversas ramas de la medicina, y cirugía oftalmológica en general, conjuntamente con la realización de cualquier otra actividad profesional conexa o derivada de la principal, en todas sus formas; Asimismo prestar los servicios antes señalados en forma directa o a través de convenios, sea a particulares, beneficiarios del Fondo Nacional de Salud - FONASA - o Instituciones de Salud Previsionales - ISAPRES -, Servicios de Bienestar o de Organismos del Sector Público, Municipal o privado; Desarrollar actividades de los profesionales paramédicos, enfermería y médicos en general; Celebrar y/o ejecutar, por cuenta propia o ajena, con medios propios o ajenos, toda clase de operaciones, actos, contratos, civiles o comerciales, necesarios o conducentes para el desarrollo del objeto social. Para tales efectos, la sociedad podrá realizar cualquier otra actividad que acuerden los accionistas, ligada al objeto social, sin necesidad de modificar el estatuto social, pudiendo incluso desarrollar sus actividades directamente o constituyendo otras sociedades al efecto, en las que podrá ser socia gestora y tener la administración de ellas; otorgar por cuenta propia o asociado con terceros o por cuenta de estos, todo tipo de servicios de prestación de salud, procedimientos y servicios médicos, oftalmológicos y de medicina en general, diagnósticos y tratamientos de enfermedades, cirugías ambulatorias o de internación; la instalación, y explotación comercial de todo tipo de centros médicos, clínicos y relacionados a servicios del área de la salud; la obtención de rentas inmobiliarias mediante la venta, arriendo, subarriendo, concesión, usufructo o cualquier otra forma de cesión del uso de bienes raíces, propios o ajenos, la explotación de éstos en cualquier forma y cualquier otro objeto relacionado con lo anterior que acuerden a futuro los accionistas; la sociedad podrá desarrollar total o parcialmente su giro, por cuenta propia o ajena, o por medio de otras sociedades en las que participe o forme al efecto, pudiendo tener en ellas inclusive la calidad de socia gestora; la inversión para la obtención de rentas civiles, en toda clase de bienes, corporales e incorporales, muebles e inmuebles, sin limitación alguna, tales como bienes raíces, urbanos y agrícolas, depósitos a plazo, cuotas de fondos mutuos, y de inversión, acciones, bonos, letras y mutuos hipotecarios, incluso formar parte o tomar participación en otras sociedades, cualquiera sea su naturaleza, existentes o que se constituyen en lo futuro; y en general cualquier actividad que acuerden los accionistas. El Capital de la sociedad es de cuatro millones de pesos, dividido en cuatro mil acciones nominativas, de una misma serie, sin valor nominal, el capital social fue enterado y pagado de la siguiente forma: a) La SOCIEDAD OFTALMOLÓGICA AVERCLARO SpA., enteró y pagó en efectivo $2.000.000, que ingresó a la caja social y que corresponde a 2.000 acciones suscritas y completamente pagadas; b) MATÍAS NICOLÁS LETTER SANHUEZA enteró y pagó en efectivo $2.000.000, que ingresó a la caja social y que corresponde a 2.000 acciones suscritas y completamente pagadas. Los accionistas limitan su responsabilidad hasta el monto de sus aportes. La Administración y uso de la razón social corresponde a los Administradores conjuntos de la sociedad MIGUEL RÍO DEL AMO, cédula de identidad y don MATÍAS NICOLÁS LETTER SANHUEZA, amplias facultades. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago 03 de julio de 2020. Rep. Número 12.777.-2020.