CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Rapa Nui Heli Tours Limitada

CVE 1795065
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
31 de julio de 2020
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
31 de julio de 2020
Repertorio
14115/2020
Notario
ALEJANDRO AMERICO ALVAREZ BARRERA
Oficio
Cuadragésima Primera Notaria de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP
Domicilio
El domicilio de la Sociedad es la comuna de Santiago, ciudad de Santiago, Región Metropolitana
Duración
5 años contados esta fecha, prorrogable tácita y automáticamente períodos iguales, continuos y sucesivos 5 años cada uno

Objeto social

La Sociedad tendrá por

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ALEJANDRO AMERICO ALVAREZ BARRERA, Notario Público, de la Cuadragésima Primera Notaria de Santiago, con domicilio en Huérfanos mil ciento sesenta, subterráneo, Santiago, Suplente del Titular don FELIX JARA CADOT, certifico: Por escritura pública de hoy, Repertorio Nº 14.115/2020, ante mí, ELIANA CAROLINA PRIETO LUCERO, chilena, casada y separada totalmente de bienes, quien actúa en el ámbito de su patrimonio reservado de conformidad a los artículos ciento cincuenta y ciento sesenta y seis Código Civil, empleada particular, cédula nacional de identidad número quince millones trescientos cincuenta y ocho mil cuatrocientos guión uno, domiciliada en Santa Lucía número mil quinientos treinta y seis, comuna de Huechuraba, y MARCELO ENRIQUE VALDÉS ÁVILA, chileno, casado, empresario hotelero, cédula nacional de identidad número siete millones cuatrocientos once mil quinientos once guión K, con domicilio en Atamu Tekena sin número, comuna de Isla de Pascua, V Región de Valparaíso y de paso en esta; constituyeron sociedad responsabilidad limitada. RAZON SOCIAL: Rapa Nui Heli Tours Limitada”. La Sociedad podrá actuar, además, indistintamente, con el nombre de fantasía “RAPA NUI HELI TOURS LTDA.”. DOMICILIO: El domicilio de la Sociedad es la comuna de Santiago, ciudad de Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio de que pueda establecer agencias, sucursales o establecimientos en el resto del país -territorio continental, antártico o insular- o en el extranjero. OBJETO: La Sociedad tendrá por objeto: a) el transporte aéreo nacional e internacional, urbano o rural de pasajeros y turistas, por cuenta propia o ajena, en vehículos motorizados aéreos propios o de terceros, tales como aviones, avionetas y helicópteros, cualquiera sea su denominación; la administración y explotación, a cualquier título, de vehículos de transporte aéreo de pasajeros y la representación de personas naturales o jurídicas que presten estos servicios y, en general, la realización de todas las actividades relacionadas con los fines sociales; b) Asesoramiento y consultoría empresarial en todos sus aspectos; adiestramiento de personal, capacitación y desarrollo ocupacional a ejecutivos, mandos medios, personal especializado y/o calificado y, además, preparación y entretenimiento de aprendices; edición y comercialización de folletos, revistas, libros técnicos y material didáctico; servicios de fotocopiado y reproducciones gráficas; producción y comercialización de material audiovisual, formularios y material de apoyo; mantención y atención de los lugares o establecimientos destinados a la capacitación y servicios de alimentación y hospedaje, en su caso, a los participantes cuando corresponda; proporcionar recursos humanos y técnicos con similares propósitos a los anteriormente indicados; arrendamiento, compra y venta de bienes raíces y, en general, ejecutar todo tipo de negocios, actos y contratos relacionados con el objeto social descrito en el literal a) precedente o de cualesquiera otros ramos que la sociedad acuerde para su mejor cometido; c) En general, la realización de cualquier otro acto, actividad u operación y servicios, que diga relación o sea complementaria – directa o indirectamente – con los objetos mencionados, y d) cualquier otra actividad que acuerden los socios. CAPITAL: $1.000.000.-, socios aportan: ELIANA CAROLINA PRIETO LUCERO se obliga a enterar el equivalente al ochenta por ciento del capital social, mediante el aporte de ochocientos mil pesos, que enterará y pagará a la caja social en dinero en efectivo, a más tardar dentro del plazo de dos años, contados desde la fecha de esta escritura y en la medida que lo requieran las necesidades sociales, y MARCELO ENRIQUE VALDÉS ÁVILA se obliga a enterar el equivalente al veinte por ciento del capital social, mediante el aporte de doscientos mil pesos, que enterará y pagará a la caja social en dinero en efectivo, a más tardar dentro del plazo de dos años, contados desde la fecha de esta escritura y en la medida que lo requieran las necesidades sociales. Responsabilidad socios limitada monto respectivos aportes. ADMINISTRACION Y USO RAZON SOCIAL: La administración, representación y uso de la razón social corresponderá exclusivamente a ELIANA CAROLINA PRIETO LUCERO, amplias facultades. DURACION: 5 años contados esta fecha, prorrogable tácita y automáticamente períodos iguales, continuos y sucesivos 5 años cada uno. Demás estipulaciones constan escritura extractada. Santiago, 31 JULIO 2020.-