FONDO PROYECCIÓN I SpA
Instrumento
- Fecha
- 15 de julio de 2020
- Notario
- VERONICA TORREALBA COSTABAL
- Oficio
- Titular de la 33 Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $674.696 CLP
- Ley aplicable
- ley 19.499
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalVERONICA TORREALBA COSTABAL, Notario Público Suplente del Titular de la 33 Notaría de Santiago, Huérfanos 979 of. 501, Santiago, certifica: Que por escritura pública, ante mi, con fecha 15 de julio del año 2020, ARTURO EMILIO READY SALAME, cédula de identidad N° 7.623.193-K, en representación de “ADMINISTRADORA ARS INVEST SpA”, sociedad comercial, Rut 76.470.349-9, ambos domiciliados en Avenida José Alcalde Délano 10545, oficina 310, Lo Barnechea, Región Metropolitana, otorgó escritura de saneamiento de “FONDO PROYECCIÓN I SpA”. Que por escritura pública de fecha 11 de enero de 2018, en esta misma notaría, cuyo extracto fue debidamente inscrito a fojas 10.757 N°6042 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago año 2018 y fue publicado en el suscribió efectivamente la suma de $674.710.000 dividido en 67.471 acciones nominativas y sin valor nominal, cuando lo correcto era señalar que se suscribió efectivamente la suma de $674.696.201; quedando reducido el capital a esta última suma. En consecuencia, las partes comparecientes vienen en sanear la escritura pública de fecha 11 de enero de 2018, señalando: “Cláusula Cuarta: Disminución de Capital y modificación de estatuto. Por el presente instrumento, la ADMINISTRADORA ARS INVEST SpA, en su calidad de única accionista con derecho a voto de la sociedad Fondo Proyección I SpA, viene a reformar los estatutos a fin de disminuir el capital social de dicha sociedad en lo siguiente. Uno.- Se reemplaza la cláusula Quinta que queda como sigue: ARTÍCULO QUINTO: Capital y Acciones. El capital de la sociedad es la cantidad de 674.696.201; dividido en 67.471 acciones nominativas, y sin valor nominal, dividido en 67.471 acciones divididas de la siguiente manera: (i) 31.066 acciones nominativas, sin valor nominal, que integrarán la serie A; (ii) 7.463 acciones nominativas, sin valor nominal que integrarán la serie B; y (iii) 28.942 acciones nominativas, sin valor nominal, que integran la serie C. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 437 del Código de Comercio, las acciones de la Serie A y C tendrán derecho a voto limitado, el que se ejercerá sólo respecto de las materias que se indican expresamente en el artículo Vigésimo. Las acciones de la Serie B tendrán pleno derecho a voto y además una preferencia, que se establece en la Cláusula Vigésimo Quinta. Cada accionista dispondrá de un voto por cada acción que posea o represente siempre que a la acción, le corresponda derecho a voto. El capital social se encuentra totalmente suscrito y pagado con anterioridad a esta fecha. La escritura de saneamiento antes indicada, se otorgó de conformidad a la ley 19.499, a objeto de sanear el vicio antes indicado. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 28 de Julio de 2020.-