CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

Doble Par SpA

RUT 7646868-0 CVE 1794848
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
31 de julio de 2020
Notaría
Santiago
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
31 de julio de 2020
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP
Domicilio
El domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago:
Duración
Indefinida

Objeto social

Será la exportación e importación, distribución, comercialización, compraventa con o sin comisión, promoción, por cuenta propia o ajena, de toda clase de productos y mercaderías, distribución de materias primas o manufacturadas, pudiendo representar firmas nacionales o extranjeras. Asimismo, la sociedad podrá adquirir, enajenar y administrar todo tipo de bienes corporales e incorporales, muebles o inmuebles; invertir en acciones, bonos, debentures, y toda clase de valores mobiliarios e inmobiliarios. Para el cumplimiento de su objeto la sociedad podrá realizar todos los actos y celebrar todos los contratos y negociaciones que tiendan al cumplimiento del objeto y en general la realización de cualquier otro negocio que los socios acuerden;

Administración

Se designa como administradores de la Sociedad a don Paul Michael Pollack Jaime y don Roberto Goldminc Telias para que actuando conjunta y)o separadamente e indistintamente pero en nombre de la sociedad la representen con las facultades indicadas en artículo séptimo de estatutos extractados

Personas y entidades (1)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
DXB Consumo Masivo SpA socio 76802080-9

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

EDUARDO DIEZ MORELLO, Titular 34 Notaría Santiago, Luis Thayer Ojeda 359, Comuna Providencia, CERTIFICO: Que por escritura de hoy, ante mí: don Paul Michael Pollack Jaime, chileno, casado, ingeniero comercial, C.I. Nº 7.646.868-0, en representación, según se acreditó al final de la referida escritura, de la sociedad DXB Consumo Masivo SpA, RUT 76.802.080-9, ambos domiciliados Avenida El Salto 4001, piso 6, comuna de Huechuraba, Región Metropolitana, constituyó la Sociedad por Acciones “Doble Par SpA”, la que se regirá por sus estatutos y por el Libro II, Título VII, párrafo VIII del Código de Comercio y, en aquello que no se contraponga a su naturaleza, supletoriamente, por las normas aplicables a las sociedades anónimas cerradas.- NOMBRE: El nombre de la sociedad por acciones será “Doble Par SpA”.- OBJETO: Será la exportación e importación, distribución, comercialización, compraventa con o sin comisión, promoción, por cuenta propia o ajena, de toda clase de productos y mercaderías, distribución de materias primas o manufacturadas, pudiendo representar firmas nacionales o extranjeras. Asimismo, la sociedad podrá adquirir, enajenar y administrar todo tipo de bienes corporales e incorporales, muebles o inmuebles; invertir en acciones, bonos, debentures, y toda clase de valores mobiliarios e inmobiliarios. Para el cumplimiento de su objeto la sociedad podrá realizar todos los actos y celebrar todos los contratos y negociaciones que tiendan al cumplimiento del objeto y en general la realización de cualquier otro negocio que los socios acuerden; CAPITAL: El capital de la sociedad es la suma de $1.000.000.-, divididos en 1000 ACCIONES nominativas, de una sola serie y sin valor nominal que se aportan y enteran de la siguiente forma: Uno) La sociedad DXB Consumo Masivo SpA, debidamente representada, suscribe y paga 1000 ACCIONES de una serie, nominativas y sin valor nominal con la suma de $1.000.000.-, que se pagan en este acto al contado y en dinero efectivo y que ingresan a caja social, con lo que el capital se encuentra totalmente suscrito y pagado; DURACION: La sociedad tendrá duración indefinida, a contar de la fecha de la presente escritura. DOMICILIO. El domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago: ADMINISTRACIÓN: Se designa como administradores de la Sociedad a don Paul Michael Pollack Jaime y don Roberto Goldminc Telias para que actuando conjunta y/o separadamente e indistintamente pero en nombre de la sociedad la representen con las facultades indicadas en artículo séptimo de estatutos extractados. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 31 Julio 2020.