COOPERATIVA CAMPESINA CHILLAN VIEJO LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 17 de junio de 2020
- Repertorio
- 2135
- Notario
- JUAN ARMANDO BUSTOS BONNIARD
- Oficio
- Tercería Notaría de Chillán
- Comuna
- Chillán
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJUAN ARMANDO BUSTOS BONNIARD, chileno, Abogado y Notario Público Titular de la Tercería Notaría de Chillán, con oficio en calle Arauco Nº 620, CERTIFICO: que por escritura pública de fecha 17/6/2020, Repertorio Nº 2135, otorgada ante mí: don LINCOYAN DEL CARMEN PONCE ALARCON, chileno, Soltero, Contador Público, C.I Nº 5.119.367-9, con domicilio en Avenida Coihueco Nº 546 comuna Chillán, redujo a escritura Pública lo siguiente: JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA COOPERATIVA CAMPESINA CHILLAN VIEJO LIMITADA. En Chillán Viejo, con fecha 07 de Marzo de 2020, a las 10:45 horas, en calle Barbosa número mil doscientos noventa, se da comienzo a la Asamblea General Extraordinaria de socios, convocada por el Consejo de Administración vigente, con la asistencia de 17 de los 29 socios registrados, todos con derecho a voz y voto. El Consejo de Administración informa a la asamblea que ha sido convocada para tratar las siguientes materias específicas: A) Venta y transferencia del bien raíz, Rol 02200-00033, Comuna de Chillán Viejo y venta de todo activo que pueda existir a favor de la Cooperativa Campesina Chillán Viejo Limitada. B) Distribución de liquidéz de activos entre sus socios. C) Disolución de la cooperativa creada por Decreto Nº 31 del 10 de Enero de 1965 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción. D) Término de Giro, ante el S.I.I. de Chillán. Sometidas dichas materias a consideración de la Asamblea, se acuerda por unanimidad de los socios asistentes, lo siguiente: A) Se aprueba la venta de los activos de la cooperativa, la liquidación y distribución de líquidos entre sus socios, la disolución de la cooperativa y el término de giro en el S. I. I. B) Se designa una comisión para que en representación de la cooperativa ejecute las gestiones aprobadas en el punto A), formada por las siguientes personas: 1.- Manuel Hernán Rivera Figueroa, Rut 4.243.432-9, domiciliado en Barbosa Nº 1290, Chillán Viejo. 2.- Francisco Alberto Parada Solis, Rut 7.134.353-7, domiciliada en Mariano Egaña Nº 965, Chillán Viejo. 3.- José Héctor Vásquez Henríquez, Rut 4.234.247-5, domiciliado en Erasmo Escala Nº 695, Chillán Viejo. C) Se otorga poder especial a la comisión, tan amplio como las gestiones a realizar lo requiera para cumplir a cabalidad su cometido, pudiendo actuar con todas las facultades que las instituciones involucradas les exijan, con sólo estampar sus firmas. Facultándola además expresamente para delegar estas facultadas a un mandatario designado especialmente al efecto. D) Complementa la presente acta en lo relativo a la especificación de las materias tratadas en la letra A) y a las facultades otorgadas a los socios Manuel Hernán Rivera Figueroa, Francisco Alberto Parada Solís y José Héctor Vásquez Henríquez, para que procedan a la venta y transferencia de los activos de la Cooperativa Campesina Chillán Viejo Limitada, según lo establecido en la letra C) de las materias aprobadas por dicha Junta General. 1.- Que específicamente los activos de la Cooperativa Chillán Viejo Limitada, para cuya venta y transferencia se ha facultado a los socios individualizados en el acta que por este acto se complementa, son los siguientes: A) Bien Raíz o Quinta, ubicada en el sector denominado Huambalí, al sur de las Canoas de Chillán Viejo; que tiene una superficie de dos cuadras más o menos; y que deslinda en particular: al Norte, con callejón Huambalí, que es el camino de entrada al fundo Huambalí mismo; al sur, Juan de Dios Lagos, hoy su sucesión; al Oriente de la parte del sur del deslinde con la sucesión de doña Zenobia Cerda, viuda de Bustamante, y en la parte Norte del deslinde oriente con camino de entrada a la propiedad de don Renato Fuentealba, camino que lo separa del fundo Huambalí, y al Poniente, con Juan de Dios Lagos, inscrito a fojas trescientos treinta y nueve, número quinientos cincuenta del Registro de Propiedades del Conservador de Bienes Raíces de Chillán, del año mil novecientos ochenta. Rol de Avalúos número dos mil doscientos raya veintitrés de la comuna de Chillán Viejo, con avalúo vigente de ciento diez millones quinientos setenta y cuatro mil trescientos ochenta y siete pesos. B) Cualquier otro activo que pueda existir o aparecer a favor de la Cooperativa Campesina Chillán Viejo Limitada. 2.- Se amplía el poder especial otorgado a la Comisión designada en el acta, compuesta por los señores: Manuel Hernán Rivera Figueroa, Francisco Alberto Parada Solís y José Héctor Vásquez Henríquez y que consta en la letra C) del acta indicada en los siguientes términos: El poder especial otorgado en la letra C) del acta de fecha 07 de marzo de dos mil veinte lo que es para que la Comisión designada en la letra B) del acta que por este acto se complementa, venda, ceda y transfiera a título oneroso los activos de la Cooperativa individualizados en el número 1) de la presente acta de complementación, en este cometido y mandato quedan expresamente facultados para que actuando siempre en conjunto celebren contratos de promesa de compra venta, fijar cabidas y deslindes, para recibir el precio de la venta, tanto la parte al contado como los saldos de precios e intereses si los hubiere, recibir, cheques, vale vista, depósitos bancarios, pagarés, letras de cambio y cualquier otros títulos de crédito. Cobrar en los bancos librador, cheques, vale vistas, depósitos bancarios, pagarés, letras de cambio y cualquier otro título de crédito girados o endosados a nombre de la Cooperativa Campesina Chillán Viejo Limitada, otorgar recibos y cancelaciones y para requerir judicial o extrajudicialmente el cumplimiento de todas las obligaciones del comprador. Podrá asimismo, ejecutar todos los actos y contratos conducentes al mejor desempeño del presente mandato y pactando las cláusulas accesorias que estime convenientes. La Comisión mandataria podrá, a su vez, autorizar al portador de copia autorizada para requerir y firmar las anotaciones e inscripciones que procedan. Quedando expresamente facultado para percibir. La Comisión mandataria deberá dar cuenta documentada de su gestión al mandante tan pronto como finalice su encargo” 3.- La Asamblea faculta a don Lincoyán Ponce Alarcón, Rut 5.119.367-9, contador de la Cooperativa, para reducir a escritura pública la presente acta. No habiendo otros puntos que tratar, se cierra la sesión a las 12:00 horas. Para constancia firman: Señor Manuel Hernán Rivera Figueroa, presidente. Señorita Blanca Irene Flores Contreras, secretaria, y Señor José Héctor Vásquez Henríquez, tesorero. Y un timbre de la Cooperativa Campesina Chillán Viejo Limitada. Hay firmas y timbre de MANUEL HERNÁN RIVERA FIGUEROA Presidente; BLANCA IRENE FLORES CONTRERAS Secretaria; JOSÉ HÉCTOR VÁSQUEZ HENRÍQUEZ Tesorero. Demás estipulaciones en escritura extractada. Chillán 17 de Junio de 2020.