SOCIEDAD TRANSPORTES Y COMERCIALIZADORA MUÑOZ Y COMPAÑIA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 28 de julio de 2020
- Notario
- JUAN MAURICIO ARANEDA MEDINA
- Oficio
- Cuarta Notaria de Los Ángeles
- Comuna
- Los Ángeles
Sociedad
- Capital
- $20.000.000 CLP
- Domicilio
- - Será la comuna de Los Ángeles, Región del Bio-Bìo
Objeto social
- Será: a) Transporte de carga por carretera; b) Venta al por mayor de frutas y verduras; c) Venta al por mayor de productos del mar (pescados, mariscos y algas); y d) Cualquier otra que los socios acordaren y que esté directa o indirectamente relacionada con el giro principal.- TERCERO: Del
Administración
Corresponderá a los socios don RAÚL ANTONIO SAN MARTÍN CRUCES y don LORENZO ELÍAS MUÑOZ CHÁVEZ, indistintamente, quién actuando en forma separada y anteponiendo la razón social a su firma, obligará y representará a la sociedad con ciertas facultades.- Pero la administración y uso de la razón social corresponderá en conjunto a los socios, quienes actuando por la sociedad y anteponiendo la razón social a su respectiva firma, la obligarán y representarán con las más amplias facultades de administración, pudiendo intervenir en todo acto o contrato en que sea parte o tenga interés la sociedad y convenir en las cláusulas de la esencia, de la naturaleza o meramente accidentales a dichos actos.- QUINTO: Del
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJUAN MAURICIO ARANEDA MEDINA, abogado, Notario Público Titular de la Cuarta Notaria de Los Ángeles, Caupolicán N° 355, de esta ciudad, certifico: Por escritura pública, Rep. 2664-2020, hoy, ante mí, don RAÚL ANTONIO SAN MARTÍN CRUCES, chileno, cédula de identidad número 17.870.096-0, ingeniero agrónomo, soltero, con domicilio en avenida Los Carrera, pasaje María Novoa número trece, de la comuna de Los Ángeles y don LORENZO ELÍAS MUÑOZ CHÁVEZ, chileno, cédula de identidad número 14.351.689-K, técnico operador de plantas industriales, casado, con domicilio en calle Las Siervas de Jesús número 117, Villa Galilea, de la comuna de Los Ángeles; Los comparecientes, mayores de edad, quienes acreditan su identidad con las cédulas anotadas, y exponen: PRIMERO: Del nombre y razón social.- Será “SOCIEDAD TRANSPORTES Y COMERCIALIZADORA MUÑOZ Y COMPAÑIA LIMITADA”. Sin embargo la sociedad y/o los socios podrá funcionar ante todo organismo o autoridad e incluso ante los Bancos y con capacidad para obligarla, bajo el nombre de Fantasía de “TRANSPORTES Y COMERCIALIZADORA MUSAN LTDA.”.- SEGUNDO: Del objeto social.- Será: a) Transporte de carga por carretera; b) Venta al por mayor de frutas y verduras; c) Venta al por mayor de productos del mar (pescados, mariscos y algas); y d) Cualquier otra que los socios acordaren y que esté directa o indirectamente relacionada con el giro principal.- TERCERO: Del domicilio social.- Será la comuna de Los Ángeles, Región del Bio-Bìo, sin perjuicio de abrir sucursales en cualquier lugar del país o en el extranjero.-CUARTO: De la Administración y uso de la razón social: Corresponderá a los socios don RAÚL ANTONIO SAN MARTÍN CRUCES y don LORENZO ELÍAS MUÑOZ CHÁVEZ, indistintamente, quién actuando en forma separada y anteponiendo la razón social a su firma, obligará y representará a la sociedad con ciertas facultades.- Pero la administración y uso de la razón social corresponderá en conjunto a los socios, quienes actuando por la sociedad y anteponiendo la razón social a su respectiva firma, la obligarán y representarán con las más amplias facultades de administración, pudiendo intervenir en todo acto o contrato en que sea parte o tenga interés la sociedad y convenir en las cláusulas de la esencia, de la naturaleza o meramente accidentales a dichos actos.- QUINTO: Del capital.- El Capital social asciende a la suma de $20.000.000, que se aporta y paga por los socios de la siguiente forma: UNO) El socio don RAÚL ANTONIO SAN MARTÍN CRUCES, con la suma de diez millones de pesos, que se entera y paga del modo siguiente: a) con la suma de cinco millones de pesos, que entera en este acto en dinero efectivo, valores que han ingresado a la caja social; y b) con la suma de cinco millones de pesos, que se ingresarán a la caja social a la medida que las necesidades sociales lo requieran dentro del plazo de cinco años a contar de la fecha de suscripción de la presente escritura pública; DOS) El socio don LORENZO ELÍAS MUÑOZ CHÁVEZ, con la suma de diez millones de pesos, que se entera y paga del modo siguiente: a) con la suma de cinco millones de pesos, que entera en este acto en dinero efectivo, valores que han ingresado a la caja social; y b) con la suma de cinco millones de pesos, que se ingresarán a la caja social a la medida que las necesidades sociales lo requieran dentro del plazo de cinco años a contar de la fecha de suscripción de la presente escritura pública. El socio podrá cumplir su obligación de enterar el aporte a que se ha comprometido, mediante el pago de dinero o aporte en domino o usufructo de toda clase de bienes muebles o raíces corporales o incorporales como también capitalizando utilidades que le correspondan en la sociedad.- SEXTO: De las utilidades y pérdidas.- Se repartirán entre los socios en proporción a sus respectivos aportes.- SÉPTIMO: Del plazo y renovación automática.- La sociedad se pacta por un plazo de cinco años contados desde la fecha de la presente escritura, plazo que se entenderá prorrogado en forma tácita, automática y sucesiva por períodos iguales de diez años, si ninguno de los socios manifiesta su intención de poner término a la sociedad por escritura pública anotada al margen de la Inscripción social, con una anticipación a lo menos de un año al vencimiento del período respectivo o de la prórroga que estuviera vigente.- OCTAVO: De la responsabilidad.- Los socios declaran que su responsabilidad personal en las deudas sociales quedan limitada al monto de sus respectivos aportes.- Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Los Angeles, 28 de Julio de 2020.-