REM SpA
Instrumento
- Fecha
- 24 de julio de 2020
- Notario
- EDUARDO JAVIER DIEZ MORELLO
- Oficio
- Trigésima Cuarta Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Domicilio
- La Sociedad tendrá domicilio en la ciudad de Santiago, Región Metropolitana
- Duración
- La duración de la Sociedad será de 20 años a contar de esta fecha, plazo que se prorrogará automática, tácita y sucesivamente por períodos iguales de 10 años cada uno si ninguno de los socios expresa su voluntad de ponerle término mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio respectivo con al menos 6 meses de anticipación al vencimiento del período respectivo
Objeto social
El objeto de la sociedad será: /a) Comprar, administrar y vender toda clase de bienes raíces y muebles, explotarlos, remodelarlos, constituir gravámenes y derechos sobre ellos, ampliarlos, mejorarlos, decorarlos y modificarlos o alterarlos de cualquier otra forma en su estructura o estado; /b) Inversión de capitales, en toda clase de bienes corporales o incorporales, sean estos muebles o inmuebles; Inversión nacional o extranjera; c) Constituir sociedades de cualquier clase, naturaleza, objeto o nacionalidad, comunidades, administradoras de fondos y otros vehículos de inversión y asociaciones en general, ingresar a las ya constituidas y concurrir a la modificación, disolución y liquidación de aquellas de que forme parte; d) Comprar, vender y comercializar derechos en sociedades, acciones, efectos de comercio, valores negociables y todo tipo de instrumentos financieros, monedas, divisas e invertir en otras operaciones de crédito de dinero, así como en instrumentos derivados que no tuvieren el anterior carácter; /e) Dar en cesión temporal a cualquier título los bienes muebles o raíces que posea; /f) Prestar toda clase de asesorías financieras, comerciales, jurídicas, contables, de inversión y de todo tipo de servicios profesionales relativos al ámbito financiero y legal, pudiendo efectuar todas las actividades que estén relacionadas, directa o indirectamente, en la actualidad o en el futuro, con esta actividad; /g) Administrar los fondos de la operación del giro y de las inversiones y asesorías realizadas y distribuir los frutos obtenidos con tal que sea necesario para el perfeccionamiento de los objetivos precedentemente indicados; /h) Percibir las rentas y frutos naturales y civiles de esas inversiones y su administración, así como la promoción, organización, construcción, desarrollo y participación de todo tipo de negocios inmobiliarios; y i) En general, ejecutar toda clase de actos y celebrar todos los contratos que sean necesarios para el cumplimiento del objeto de la Sociedad sin limitaciones de especie alguna;
Administración
La administración de la Sociedad y el uso de la razón social corresponderá a don RODRIGO JOSÉ ECHAVARRI MORAN en adelante el “Administrador”, quien actuará para estos efectos por sí o por medio de uno o más delegados cuya designación y remoción se hará por escritura pública;
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalEDUARDO JAVIER DIEZ MORELLO, Notario Público Titular de la Trigésima Cuarta Notaría de Santiago, calle Luis Thayer Ojeda N°359, comuna de Providencia, certifica: Por escritura pública de fecha 24 de Julio de 2020, ante mí: se redujo a escritura pública, la Tercera Junta Extraordinaria de Accionistas de “REM SpA”, celebrada el 09/07/2020, en la cual: Rodrigo José Echavarri Morán y don Pablo Andrés Diez Torres, ambos domiciliados para estos efectos en Avenida La Dehesa número 1939, oficina número 505, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana; transformaron la sociedad en una sociedad de responsabilidad limitada bajo, los siguientes términos: Transformación de la Sociedad. NOMBRE O RAZÓN SOCIAL. La Sociedad tendrá por nombre “ASESORÍAS E INVERSIONES REM LIMITADA”; ADMINISTRACIÓN. La administración de la Sociedad y el uso de la razón social corresponderá a don RODRIGO JOSÉ ECHAVARRI MORAN en adelante el “Administrador”, quien actuará para estos efectos por sí o por medio de uno o más delegados cuya designación y remoción se hará por escritura pública; CAPITAL. El capital de la Sociedad asciende a la suma de quinientos setenta y tres millones novecientos cincuenta y cinco mil ochocientos pesos, enteramente suscrito y pagado con anterioridad a esta fecha que los socios han aportado de la siguiente forma: (i) Don Pablo Andrés Diez Torres ha aportado doscientos ochenta y seis pesos, equivalentes al 0,00005% del capital de la Sociedad; y (ii) Don Rodrigo José Echavarri Morán ha aportado quinientos setenta y tres millones novecientos cincuenta mil ochocientos pesos, equivalentes al 99,99995% del capital de la Sociedad; OBJETO. El objeto de la sociedad será: /a/ Comprar, administrar y vender toda clase de bienes raíces y muebles, explotarlos, remodelarlos, constituir gravámenes y derechos sobre ellos, ampliarlos, mejorarlos, decorarlos y modificarlos o alterarlos de cualquier otra forma en su estructura o estado; /b/ Inversión de capitales, en toda clase de bienes corporales o incorporales, sean estos muebles o inmuebles; Inversión nacional o extranjera; c) Constituir sociedades de cualquier clase, naturaleza, objeto o nacionalidad, comunidades, administradoras de fondos y otros vehículos de inversión y asociaciones en general, ingresar a las ya constituidas y concurrir a la modificación, disolución y liquidación de aquellas de que forme parte; d) Comprar, vender y comercializar derechos en sociedades, acciones, efectos de comercio, valores negociables y todo tipo de instrumentos financieros, monedas, divisas e invertir en otras operaciones de crédito de dinero, así como en instrumentos derivados que no tuvieren el anterior carácter; /e/ Dar en cesión temporal a cualquier título los bienes muebles o raíces que posea; /f/ Prestar toda clase de asesorías financieras, comerciales, jurídicas, contables, de inversión y de todo tipo de servicios profesionales relativos al ámbito financiero y legal, pudiendo efectuar todas las actividades que estén relacionadas, directa o indirectamente, en la actualidad o en el futuro, con esta actividad; /g/ Administrar los fondos de la operación del giro y de las inversiones y asesorías realizadas y distribuir los frutos obtenidos con tal que sea necesario para el perfeccionamiento de los objetivos precedentemente indicados; /h/ Percibir las rentas y frutos naturales y civiles de esas inversiones y su administración, así como la promoción, organización, construcción, desarrollo y participación de todo tipo de negocios inmobiliarios; y i) En general, ejecutar toda clase de actos y celebrar todos los contratos que sean necesarios para el cumplimiento del objeto de la Sociedad sin limitaciones de especie alguna; DURACIÓN. La duración de la Sociedad será de 20 años a contar de esta fecha, plazo que se prorrogará automática, tácita y sucesivamente por períodos iguales de 10 años cada uno si ninguno de los socios expresa su voluntad de ponerle término mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio respectivo con al menos 6 meses de anticipación al vencimiento del período respectivo. DOMICILIO. La Sociedad tendrá domicilio en la ciudad de Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio de las agencias o sucursales que pueda establecer en otros puntos del país o el extranjero. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, a 29 de julio 2020.