Instrumento
- Fecha
- 21 de julio de 2020
- Notario
- ENRIQUE PEDRO ORTIZ SCHINDLER
- Domicilio
- con oficio 1 Sur N. 898
Sociedad
- Capital
- $10.000.000 CLP
- Domicilio
- Talca
- Duración
- Indefinida
Objeto social
El objeto de la sociedad será: a) Servicios de limpieza, sanitización y desinfección de establecimientos, vehículos, maquinarias, equipos industriales; b) Compraventa y arriendos de equipos limpieza, sanitización y desinfección; y c) servicio técnico de maquinarias y equipos
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| MARCELO ANDRÉS ROJAS ARGELERY | socio | 10037218-5 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalENRIQUE PEDRO ORTIZ SCHINDLER, Notario Público Titular, con oficio 1 Sur N. 898, Talca, certifico: Por escritura pública, hoy ante mí: comparece: MARCELO ANDRÉS ROJAS ARGELERY, CNI N° 10.037.218-5, empresario, domiciliado calle 11 Oriente N° 1845 B, Talca; viene en constituir una sociedad por acciones: Razón social: “OZONE SAFETY SpA”.- Duración: Indefinida.- Objeto: El objeto de la sociedad será: a) Servicios de limpieza, sanitización y desinfección de establecimientos, vehículos, maquinarias, equipos industriales; b) Compraventa y arriendos de equipos limpieza, sanitización y desinfección; y c) servicio técnico de maquinarias y equipos.- Domicilio: Talca.- Capital: $10.000.000.-, dividido en 10.000.000 de acciones preferidas, nominativas, sin valor nominal, de igual valor, y divididas en 2 series de acciones: 3.000.000 de acciones Serie A, y 7.000.000 de acciones Serie B, que se suscriben y pagan de la siguiente forma: el constituyente MARCELO ANDRÉS ROJAS ARGELERY, suscribe 3.000.000 de acciones Serie A y 7.000.000 de acciones Serie B, las que equivalen a la suma total de $10.000.000.-, que paga en este acto, al contado y en dinero en efectivo, ingresándolo en consecuencia al fondo social.- Administrador: En todo caso la administración la ejercerá un administrador MARCELO ANDRÉS ROJAS ARGELERY, quien representará judicial y extrajudicialmente a la sociedad, y estará investido de todas las facultades de administración y disposición que la Ley o el artículo 15º que los Estatutos le otorgan.- Demás estipulaciones en escritura extractada.- Talca, a 21 de julio de 2020.-