INMOBILIARIA TRES RIOS SpA
Instrumento
- Fecha
- 24 de julio de 2020
- Notario
- MARIA LIDIA DIAZ DIAZ
- Domicilio
- Río Bueno
Sociedad
- Capital
- $160.000.000 CLP
- Duración
- El plazo de duración de la sociedad será de cinco años a contar fecha escritura social, plazo que se prorrogará automáticamente por períodos iguales y sucesivos de tres años
Objeto social
Desarrollar, directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, las siguientes actividades: A) Actividades Inmobiliarias realizadas con bienes propios o arrendados, B) arrendamiento, compra y venta y, en general, la adquisición y enajenación a cualquier título de bienes raíces, su explotación, administración y percepción de sus frutos, como también el desarrollo de cualquier tipo de proyectos inmobiliarios; además, podrá, invertir en bienes muebles corporales de toda clase, como acciones, bonos, derechos, títulos de crédito, debentures y, en general, en cualquier clase de valores mobiliarios, efectos públicos o de comercio, derechos en sociedades y demás bienes incorporales, pudiendo adquirir y enajenar a cualquier título los señalados bienes y valores, administrarlos y percibir sus frutos. C) Prestación de servicios a terceros de cualquier tipo, tales como arriendo de instalaciones de oficinas y laboratorios, de servicio de personal administrativo y secretaría, y de servicios de aseo y de transporte. Podrá realizar toda clase de negocios y actividades relacionados directa o indirectamente con el giro antes mencionado y que el o los socios determinen de común acuerdo. D) La compraventa, arrendamiento, subarrendamiento, representación, importación y exportación de todo tipo de productos e insumos necesarios para el desarrollo de la empresa y, en general, todo acto, contrato, operación, adquisición e implementación que se resuelva realizar y que se relacione directamente con el objetivo social. Constituir y participar de toda clase de sociedades y todo acto que acuerden los
Administración
La administración, representación y el uso de la razón social será ejercida por los accionistas constituyentes de la siguiente manera: A) VICENTE PAULINO BARRIENTOS GALLARDO, de manera conjunta o indistintamente con los demás administradores, quien, anteponiendo la razón social a su firma, podrá representar y obligar a la sociedad con las más amplias facultades y atribuciones en toda clase de actos, contratos, asuntos y negocios. Podrá realizar todo lo que se enuncia en el Artículo Segundo Transitorio; y B) CESAR ARTURO BARRIENTOS SOTO, y XIMENA SOLEDAD BARRIENTOS SOTO ya individualizados, sólo de manera conjunta, quienes, anteponiendo la razón social a su firma, podrán representar y obligar a la sociedad con las más amplias facultades y atribuciones en toda clase de actos, contratos, asuntos y negocios. Podrán realizar todo lo que se enuncia en el Artículo Segundo Transitorio. Todo esto sin perjuicio de la delegación que hagan a un tercero para el cumplimiento de sus funciones. Distribución de utilidades: La sociedad deberá distribuir anualmente como dividendos en dinero a sus accionistas a prorrata de sus acciones, a lo menos, el treinta por ciento de las utilidades líquidas de cada ejercicio, salvo acuerdo diferente adoptado en la Junta respectiva. Se facultó para inscribir
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| CESAR ARTURO BARRIENTOS SOTO | socio | 11427483-6 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARIA LIDIA DIAZ DIAZ, abogado, Notario Público Titular Río Bueno, E. Libertador 1059, certifico: Por Escritura Pública otorgada ante mí el 24 JULIO 2020, VICENTE PAULINO BARRIENTOS GALLARDO, chileno, comerciante, casado y separado totalmente de bienes, C.N.I.N° 5.251.870-9, domiciliado calle Carlos Condell 2109, Comuna y Ciudad de Rio Bueno, CESAR ARTURO BARRIENTOS SOTO, chileno, comerciante, divorciado, C.N.I.N° 11.427.483-6, domiciliado calle Carlos Condell 2109, Comuna y Ciudad de Rio Bueno, y XIMENA SOLEDAD BARRIENTOS SOTO, chilena, Magister en Educación, casada y separada totalmente de bienes, C.N.I.N° 9.296.410-8, domiciliada calle Los Melíes 211, Ciudad de Osorno, constituyeron sociedad por acciones, de cuyos estatutos extracto: Nombre: El nombre o razón social de la sociedad será: “INMOBILIARIA TRES RIOS SpA” y podrá usar para efectos bancarios, comerciales y de publicidad la expresión “TRES RIOS SpA” con la que se obligará a la sociedad de la misma manera que si actuara con su razón social íntegra.- Objeto: Desarrollar, directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, las siguientes actividades: A) Actividades Inmobiliarias realizadas con bienes propios o arrendados, B) arrendamiento, compra y venta y, en general, la adquisición y enajenación a cualquier título de bienes raíces, su explotación, administración y percepción de sus frutos, como también el desarrollo de cualquier tipo de proyectos inmobiliarios; además, podrá, invertir en bienes muebles corporales de toda clase, como acciones, bonos, derechos, títulos de crédito, debentures y, en general, en cualquier clase de valores mobiliarios, efectos públicos o de comercio, derechos en sociedades y demás bienes incorporales, pudiendo adquirir y enajenar a cualquier título los señalados bienes y valores, administrarlos y percibir sus frutos. C) Prestación de servicios a terceros de cualquier tipo, tales como arriendo de instalaciones de oficinas y laboratorios, de servicio de personal administrativo y secretaría, y de servicios de aseo y de transporte. Podrá realizar toda clase de negocios y actividades relacionados directa o indirectamente con el giro antes mencionado y que el o los socios determinen de común acuerdo. D) La compraventa, arrendamiento, subarrendamiento, representación, importación y exportación de todo tipo de productos e insumos necesarios para el desarrollo de la empresa y, en general, todo acto, contrato, operación, adquisición e implementación que se resuelva realizar y que se relacione directamente con el objetivo social. Constituir y participar de toda clase de sociedades y todo acto que acuerden los accionistas. E) Diseñar y ejecutar proyectos de arquitectura e ingeniería, proyectos de loteo, urbanización, sanitarios, eléctricos y todo lo necesario para la obtención de los permisos de edificación y su postulación a los distintos programas de vivienda. F) Contratar las obras, realizar evaluación, selección y adjudicar las obras. G) Realizar y contratar la inspección técnica de las obras. H) Realizar todos los negocios y operaciones relacionadas con las anteriores incluidas en la normativa regulada por el Ministerio de Vivienda y Urbanismo y que constituyan una prolongación o complemento de los fines de la sociedad y cualquiera otra que acordaren los socios, e I) Otros giros o actividades que la Junta de Accionistas determine.- Duración: El plazo de duración de la sociedad será de cinco años a contar fecha escritura social, plazo que se prorrogará automáticamente por períodos iguales y sucesivos de tres años.- Capital: El capital de la sociedad es la suma de $160.000.000, dividido y representado en 1.600 acciones, de $100.000 cada una, las que se suscriben, enteran y pagan en la forma establecida en el Artículo primero transitorio de los Estatutos.- Administración: La administración, representación y el uso de la razón social será ejercida por los accionistas constituyentes de la siguiente manera: A) VICENTE PAULINO BARRIENTOS GALLARDO, de manera conjunta o indistintamente con los demás administradores, quien, anteponiendo la razón social a su firma, podrá representar y obligar a la sociedad con las más amplias facultades y atribuciones en toda clase de actos, contratos, asuntos y negocios. Podrá realizar todo lo que se enuncia en el Artículo Segundo Transitorio; y B) CESAR ARTURO BARRIENTOS SOTO, y XIMENA SOLEDAD BARRIENTOS SOTO ya individualizados, sólo de manera conjunta, quienes, anteponiendo la razón social a su firma, podrán representar y obligar a la sociedad con las más amplias facultades y atribuciones en toda clase de actos, contratos, asuntos y negocios. Podrán realizar todo lo que se enuncia en el Artículo Segundo Transitorio. Todo esto sin perjuicio de la delegación que hagan a un tercero para el cumplimiento de sus funciones. Distribución de utilidades: La sociedad deberá distribuir anualmente como dividendos en dinero a sus accionistas a prorrata de sus acciones, a lo menos, el treinta por ciento de las utilidades líquidas de cada ejercicio, salvo acuerdo diferente adoptado en la Junta respectiva. Se facultó para inscribir. Demás estipulaciones escritura extractada. Río Bueno, 31 de julio de 2020.