IMPORTADORA Y COMERCIALIZADORA ABARCA Y SALINAS LIMITADA
Instrumento
- Notario
- ISABEL MARGARITA CHADWICK VERGARA
- Oficio
- Notaría de San Vicente de Tagua Tagua
- Comuna
- San
Sociedad
- Domicilio
- Comuna y ciudad de San Vicente
- Duración
- Indefinida
Objeto social
El objeto de la Sociedad será: El embarque y desembarque de mercancías nacionales e importadas, la comercialización de mercancías nacionales o importadas, y toda otra actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro, con las anteriores y cualquier otro objeto que los socios acuerden tales como la importación, exportación, distribución, inversión, representación y comercialización por cuenta propia o ajena de toda clase de mercaderías y productos nacionales e importados; la elaboración, fabricación, terminación, armaduría, ensamblaje y cualquier otra actividad de naturaleza comercial, industrial, también realizar importaciones y exportaciones de productos y materias primas, ya sea a o desde regímenes aduaneros generales, especiales, almacenes de depósito o zonas francas; la realización de actividades de comercialización, importación, adquisición y enajenación de toda clase de bienes; y, las demás actividades o negocios relacionados o afines con los anteriores que los socios de común acuerdo determinen
Administración
Corresponderá conjuntamente a ambos
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalISABEL MARGARITA CHADWICK VERGARA, Notario Público de la Notaría de San Vicente de Tagua Tagua, con domicilio en Carmen Gallegos N° 321, San Vicente, CERTIFICA: Por Escritura Pública hoy, ante mí, don FELIPE ANTONIO ABARCA FUENTES, chileno, soltero, Comerciante, cédula nacional de identidad número diecisiete millones ochocientos setenta y cinco mil noventa guión nueve, domiciliado en Avenida España número quinientos ochenta y uno, comuna de San Vicente; y don IGNACIO ANDRES SALINAS SALINAS, chileno, soltero, Comerciante, cédula nacional de identidad número diecisiete millones quinientos veintidós mil cuatrocientos ochenta y siete guión cuatro, domiciliado en Avenida San Juan número trescientos setenta, comuna de Machalí, constituyeron Sociedad de Responsabilidad Limitada: “IMPORTADORA Y COMERCIALIZADORA ABARCA Y SALINAS LIMITADA”, nombre de fantasía “IMPRONYI LTDA.”. Domicilio: Comuna y ciudad de San Vicente, sin perjuicio de poder establecer agencias o sucursales en otros lugares del país o en el extranjero. Duración: Indefinida. Objeto: El objeto de la Sociedad será: El embarque y desembarque de mercancías nacionales e importadas, la comercialización de mercancías nacionales o importadas, y toda otra actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro, con las anteriores y cualquier otro objeto que los socios acuerden tales como la importación, exportación, distribución, inversión, representación y comercialización por cuenta propia o ajena de toda clase de mercaderías y productos nacionales e importados; la elaboración, fabricación, terminación, armaduría, ensamblaje y cualquier otra actividad de naturaleza comercial, industrial, también realizar importaciones y exportaciones de productos y materias primas, ya sea a o desde regímenes aduaneros generales, especiales, almacenes de depósito o zonas francas; la realización de actividades de comercialización, importación, adquisición y enajenación de toda clase de bienes; y, las demás actividades o negocios relacionados o afines con los anteriores que los socios de común acuerdo determinen.- Capital: El capital de la Sociedad será la cantidad de ocho millones de pesos; que los socios se obligan a aportar y pagar en proporciones y de la forma siguiente: A) FELIPE ANTONIO ABARCA FUENTES, se obliga a aportar la suma de cuatro millones de pesos, equivalente al cincuenta por ciento del capital social, mediante el aporte de cuatro millones de pesos que entera en este acto, al contado y en dinero efectivo; B) IGNACIO ANDRES SALINAS SALINAS, se obliga a aportar la suma de cuatro millones de pesos, equivalente al cincuenta por ciento del capital social, mediante el aporte de cuatro millones de pesos, que entera en este acto, al contado y en dinero en efectivo. Se deja constancia que el total del capital aportado a la sociedad ha sido pagado en este acto.-Administración: Corresponderá conjuntamente a ambos socios. Amplias facultades. Limitación de Administración: El socio, FELIPE ANTONIO ABARCA FUENTES, actuará individual y exclusivamente, representando a la sociedad, en todos los actos y contratos que tengan relación con el uso de la marca comercial “Andromeda”, registrada en el Instituto Nacional de Propiedad Intelectual (INAPI) bajo el número uno dos siete nueve nueve dos tres y publicada con fecha veintisiete de Abril del año dos mil dieciocho. Cualquier acto o contrato que la sociedad celebre y que tenga relación con la citada marca comercial, deberá exclusivamente ser suscrito por don Felipe Antonio Abarca Fuentes en representación de la sociedad.- Responsabilidad: La responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes. Utilidades y pérdidas: Las utilidades y pérdidas de la Sociedad se repartirán entre los socios en proporción de un cincuenta por ciento para cada uno de ellos. Otras estipulaciones: escritura extractada.- San Vicente, veintisiete de Julio del año dos mil veinte.- ISABEL CHADWICK VERGARA, NOTARIO PUBLICO TITULAR.